Decisión del Congreso no provoca archivo de causa contra Chaves: Esto sigue
Asamblea Legislativa no alcanzó los votos necesarios para levantar la inmunidad de Rodrigo Chaves en el caso BCIE-Cariñitos
La Asamblea Legislativa no contabilizó los 38 votos necesarios para levantar el fuero de improcedibilidad penal al mandatario Rodrigo Chaves Robles, acusado por el delito de concusión en el caso denominado BCIE-Cariñitos.
Sin embargo, esto no significa que la causa penal se archiva. Al no existir autorización política para llevar al gobernante a juicio, el proceso quedará detenido hasta que termine la administración de Chaves Robles, cuando perdería esta protección especial conocida como inmunidad.
Así lo explicaron a CR Hoy el constitucionalista Marvin Carvajal y el penalista Joseph Rivera.
"Con la causa no sucede nada. Sigue suspendida -al menos la elevación a juicio- hasta que el presidente deje de tener un fuero que lo proteja. Esto no implica el archivo de la causa, ni implica que se ganó el juicio ni un juicio sobre la inocencia.
Simplemente significa que va a haber que esperar hasta que la persona no tenga su inmunidad para poder continuar el proceso en un juzgado común", detalló Carvajal.
Al término del mandato, en 2026, el caso podría ser asumido por la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción (Fapta) para llevar a Chaves a la justicia.
En ese momento ya no se aplicaría el procedimiento especial que hoy lo protege, sino un proceso penal ordinario con las mismas reglas que rigen para cualquier ciudadano.
"El proceso continúa su curso hasta que él termine el mandato el 8 de mayo de 2026 y una vez que termine, el proceso se traslada de los miembros de Supremos Poderes a la vía ordinaria pura y simple, a una fiscalía normal donde ya lo tendrían que indagar como un ciudadano normal.
Una vez que lo indaguen sobre la pieza acusatoria, el Ministerio Público mandaría el expediente al Juzgado Penal que tendría que señalar una audiencia preliminar para determinar si la acusación cumple con todos los requerimientos legales que habla el Código Procesal Penal.
Una vez que esto suceda, el juez penal tendría que tomar la determinación si la causa se eleva a juicio en un proceso puro y simple como a cualquier ciudadano que haya sido acusado penalmente", explicó Rivera.
El propio fiscal general, Carlo Díaz, confirmó que la investigación continuará en proceso, a pesar de este tropiezo. El jerarca del Ministerio Público dijo respetar la decisión de los diputados y que la decisión era competencia exclusiva de los legisladores.
"Mientras el Presidente ostente su cargo, no puede ser sometido a proceso penal sin dicha autorización.
Esto no significa que la investigación concluya ni que la acción penal se extinga; la causa se mantendrá a la espera de que el señor Presidente no cuente con inmunidad y se pueda reanudar la investigación mediante el trámite ordinario.
La Fiscalía reafirma su compromiso de actuar con objetividad, independencia y respeto al marco legal en esta lucha contra la delincuencia y la corrupción", señaló Díaz de forma escrita.
Proceso especial
La inmunidad que protege a Chaves está regulada en el artículo 121 de la Constitución Política. Es atribución exclusiva de la Asamblea Legislativa "admitir o no las acusaciones que se interpongan contra quien ejerza la Presidencia de la República", mediante el voto favorable de dos terceras partes del total de diputados, si consideran que hay lugar a formación de causa.
Para investigarlo o perseguirlo penalmente, existe un procedimiento especial hacia miembros de los Supremos Poderes, establecido en la Ley Orgánica del Ministerio Público, el Código Procesal Penal y el Reglamento de la Asamblea Legislativa.
Los primeros pasos se cumplieron: el fiscal general, Carlo Díaz, ejecutó la investigación y, al concluirla, remitió el expediente a la Corte Suprema de Justicia. Con el aval de 15 magistrados, se acordó trasladar la causa al Congreso, para que resolviera sobre el levantamiento del fuero.
Posteriormente, una comisión legislativa de tres diputados recomendó levantar la inmunidad al no encontrar razones políticas que desestimaran la acusación. Sin embargo, en la votación de este lunes no se alcanzaron los votos suficientes para proceder.
La tarde de este lunes, el Congreso votó la solicitud del Ministerio Público de levantar el fuero de improcedibilidad penal. Se requería la aprobación con el voto de 38 diputados; sin embargo, solo 34 votaron a favor y 21 en contra.
El bloque oficialista, la fracción de Nueva República y parte de la Unidad Social Cristiana (PUSC) se opusieron a enviar al mandatario a juicio ante la Sala Tercera de Casación Penal y volcaron la balanza en favor del gobernante. Ahora, el Ministerio Público deberá esperar al final de la actual administración para decidir cómo proceder.
Tanto Chaves como su ministro Jorge Rodríguez Vives fueron señalados de ejercer presiones sobre el productor y empresario Christian Bulgarelli, con el fin de favorecer con unos $32.000 a Federico Cruz Saravanja, alias Choreco, exasesor presidencial y amigo íntimo del gobernante.
A ambos se les atribuye haber inducido a Bulgarelli —contratado por Casa Presidencial— a girar esa suma de dinero a Choreco, con fondos provenientes de una donación del Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE), para amarrar la compra de una vivienda.
El contrato, por $400.000, estuvo vigente entre octubre de 2022 y octubre de 2023. Rodríguez, entonces jefe de despacho presidencial, también habría intervenido en el giro de fondos para que Choreco adquiriera una vivienda.