Fiscalía no pudo demostrar actos atribuidos a ExPresidente Rodríguez

En la imagen, el expresidente de la República Miguel Angel Rodríguez, cuando en noviembre anterior se dirigió al Tribunal de Apelaciones. CRH

El Poder Judicial notificó ayer la resolución emitida por el Tribunal de Apelación de Sentencia Penal del Segundo Circuito Judicial de San José, el cual absolvió de manera unánime de toda pena y responsabilidad al Ex Presidente de la República, Miguel Ángel Rodríguez, en el caso conocido como “ICE-Alcatel”.

Tras llamar a Rodríguez para conocer su opinión al respecto, la respuesta fue contundente: “la sentencia habla por sí sola”.

De acuerdo con el documento al cual hace referencia el Ex Presidente, el “Ministerio Público no pudo demostrar que el Dr. Rodríguez Echeverría hubiera realizado la conducta que le atribuyó en la acusación”. Señala también que la sentencia dictada por el tribunal de juicio es insostenible desde “el punto de vista formal y sustancial, por su notoria falta de fundamento y de acción penal.”

El documento indica que la prueba presentada por la Fiscalía, liderada entonces por Francisco Dall’anese, fue obtenida ilegítimamente y que el testimonio de José Antonio Lobo Solera fue “erróneamente analizado y valorado por el tribunal de juicio”. El fallo es claro en señalar que, al anular la prueba y todo lo que de ella derivó, el Tribunal de Juicio únicamente contó con lo dicho por Lobo Solera” a quien el Tribunal de Apelación señala como incapaz de sostener una declaración confiable, pese a la protección que en su momento le brindó Dall’anese bajo el criterio de oportunidad, que también es cuestionado por el fallo notificado ayer:

La sentencia del Tribunal de Apelaciones dice, textualmente,:

Si a Lobo Solera se le concedió el criterio de oportunidad con fines utilitaristas, cabe entonces juzgar esa decisión del Ministerio Público por sus resultados o consecuencias. Desde esta óptica, cabe hacerse las siguientes preguntas sobre el imputado Lobo Solera:

  • ¿Colaboró eficazmente con la investigación del hecho que se le atribuye a él?;
  • ¿Colaboró eficazmente a esclarecer otros delitos relacionados con aquel en cuya causa se le está aplicando el criterio de oportunidad?;
  • ¿Brindó información esencial para evitar que continúe el delito o que se perpetren otros?
  • ¿Ayudó a esclarecer otros hechos conexos?
  • ¿Proporcionó información útil para probar la participación de otros imputados en los hechos investigados?
  • ¿La conducta de Lobo Solera fue menos reprochable que los hechos cuya persecución supuestamente facilitó o cuya continuación evita?

Esta Cámara considera que la respuesta para todas esas preguntas es “No”, pues salta a la vista que Lobo Solera ni siquiera rindió una declaración confiable y que la mayoría del tribunal no la analizó ni valoró críticamente, como lo requería a una deposición tan particular y supuestamente esencial.”

Agrega el fallo que a Lobo Solera se le permitió conservar el dinero obtenido de forma ilícita, “operando así una legitimación de capitales”. A lo anterior se suman los cuestionamientos por lo que el Tribunal considera incoherencias e inconsistencias en los testimonios brindados por el testigo de la corona de la Fiscalía, quien reconoció además haber cambiado la versión de su declaración, algo que nunca hizo bajo juramento.

Consultado al respecto, el actual Fiscal General Jorge Chavarría señala que, todavía, Lobo está sometido al criterio de oportunidad por el caso ICE-Alcatel pero que, si en algún otro caso hay información concreta (no dichos ni supuestos) de que Lobo recibió dinero de dádivas, él mismo ordenaría una investigación.

Intentamos conversar con Dall’anese, quien ahora reside en Guatemala, pero no ha sido posible localizarlo.

Escrito por Agencia/Redacción | [email protected] | Ver todas mis noticias


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Anónimo dice:

al fin se hizo justicia, pero el daño al honor de un Presidente cómo se recupera?

Joe dice:

Las conclusiones del Tribunal de Apelaciones, son obvias y objetivas, y no tienen nada de extraordinario, eso cualquiera con un conocimiento básico legal y un sana crítica, lo concluía por adelantado con facilidad. La pregunta obvia, es porque el MP y sus miembros no fueron capaces de llegar a la misma conclusión y/o aceptar lo obvio. Lo más grave es, que consecuencia va a tener esto esta pésima actuación, sobre estos funcionarios judiciales (fiscales y jueces)….= “ninguna”….como siempre y luego se preguntaran xq no funciona bien el poder judicial.