Sala IV prohíbe insecticidas con fipronil tras comprobar grave afectación a las abejas

La Sala Constitucional ordenó retirar de circulación nacional todos los insecticidas que contengan fipronil, tras comprobar su impacto negativo en las poblaciones de abejas en Costa Rica.
El Tribunal declaró con lugar un recurso de amparo presentado por apicultores y meliponicultores de Lepanto, Puntarenas, quienes denunciaron graves afectaciones en sus colmenas desde 2024.
Según expusieron, perdieron al menos 24 colonias de abejas nativas y registraron daños severos en más de 300 colmenas, con una reducción poblacional cercana al 70%.
Los magistrados concluyeron que existe una afectación comprobada a las abejas en esa zona, lo que constituye una violación al derecho a un ambiente sano y ecológicamente equilibrado.
La decisión se basó en informes técnicos del Servicio Nacional de Salud Animal (Senasa) y análisis del Laboratorio Nacional de Servicios Veterinarios (Lanaseve), que detectaron la presencia de fipronil y su metabolito en muestras de abejas.
Además, estudios del Instituto Regional de Estudios en Sustancias Tóxicas (IRET) de la Universidad Nacional (UNA) identificaron concentraciones del insecticida superiores a niveles letales. Además, criterios de la Universidad de Costa Rica (UCR) confirmaron su alta toxicidad para abejas y otros polinizadores.
Los denunciantes también señalaron que los daños coincidieron con el aumento en el uso de insecticidas en plantaciones de mango en el sector de La Penca. Indicaron que acudieron a entidades como el Ministerio de Salud, el Senasa y el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG), sin obtener inspecciones oportunas ni atención integral del caso.
Como parte de la resolución, la Sala ordenó a Luis Fernando Vargas , en su condición de ministro a.i. de Agricultura y Ganadería, y a Luis Alberto Matamoros Cortés, director general de Senasa, ejecutar el retiro de estos productos conforme a los parámetros establecidos en el decreto ejecutivo vigente.
La prohibición del fipronil será absoluta una vez se cumplan los plazos definidos.
Además, el Tribunal condenó al Estado al pago de costas, daños y perjuicios.