Cosevi en apuros por derrotas legales a raíz de la restricción
Multados buscan paliar repercusiones por medidas surgidas durante pandemia
(CRHoy.com) No se trata de una batalla legal contra la restricción vehicular sanitaria, sino de una encarnizada pugna entre algunos de los conductores sancionados y la burocracia que rige –en muchos casos- la institucionalidad.
En ese ring de la legalidad, armado sobre la Sala Constitucional, los choferes ya mandaron en 2 ocasiones al Consejo de Seguridad Vial (Cosevi) a la lona.
En ambos casos los conductores -multados por violar la restricción vehicular sanitaria- acudieron a los magistrados mediante recursos de amparo. Se quejaron de inconstitucionalidades en servicios ofrecidos por esa entidad pública adscrita al Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT). Tal fue el caso de: las gestiones para el retiro de placas decomisadas y la obligación de impugnar multas exclusivamente por correo electrónico.
Caso #1
En el primero de los asuntos al chofer le retiraron las placas por irrespetar la medida. Eso ocurrió a finales de abril. Pero, para sorpresa del sancionado la cita para recuperar las matrículas metálicas –en la sede regional de Heredia- se la asignaron hasta finales de junio. Es decir, exactamente 2 meses después.
El chofer no tuvo otra opción más que acudir a la Sala Constitucional, pues consideró que el plazo de la cita era inconstitucional y que atentaba contra la posibilidad de usar su vehículo para fines laborales.
Mediante la resolución 2020-008981, los magistrados ordenaron a la Dirección Ejecutiva del Cosevi y a la Unidad de Impugnaciones de Boletas de Citación de esa entidad a realizar todas las actuaciones pertinentes para que en un plazo máximo de 10 días hábiles le entregaran las placas al conductor.
De paso, se condenó al Cosevi al pago de las costas procesales y los daños (o perjuicios) causados a partir de este caso.
Caso #2
El segundo pulso ganado por un conductor ante la Sala IV surgió a raíz de una multa aplicada el 4 de abril de 2020. El implicado, quien no quiso que se conociera su identidad, confirmó a CRHoy.com que irrespetó la restricción ese día –que era sábado- por motivos laborales.
Según el sancionado, los oficiales de tránsito lo multaron pese a contar con una carta que respaldaba su desplazamiento con fines de trabajo.
Su queja ante los magistrados no tuvo nada que ver con eso. De hecho, de inmediato pagó la multa (por 110 mil colones) y procuró ponerse en orden lo más pronto. El reclamo se fundamentó en que la impugnación de la multa solo se podía gestionar a través de correo electrónico, lo cual escapaba a sus posibilidades.
Desde el 23 de marzo, el Cosevi ordenó que todas las impugnaciones de multas se realizaran a través de correo electrónico ante la reducción operativa para enfrentar la pandemia del coronavirus COVID-19.
El pasado 15 de mayo, mediante la resolución 2020-008959, cuya copia posee este medio, los magistrados declararon con lugar el recurso de amparo a favor del conductor y señalaron que la directriz para recibir las impugnaciones únicamente por correo electrónico lesionó los derechos fundamentales del sujeto.
Asimismo, rechazaron el alegato planteado por el Cosevi de que en "una sociedad como la actual, ello (el envío de un correo electrónico) no es un requisito de imposible cumplimiento, pudiendo apoyarse el señor en terceras personas para tal fin e incluso algunos negocios brindan esa facilidad".
"La Administración está llamada a garantizar el derecho a la igualdad, para lo cual debe de ofrecer a los administrados que no tienen acceso, o que no puede hacer uso de los medios electrónicos actuales, continuar relacionándose por medios tradicionales o físicos. Si bien es cierto el país vive una situación de emergencia nacional por el COVID 19, lo cierto es que la resolución e presentación de requerimientos de servicios por parte de usuarios, durante el periodo de emergencia (…) limita la presentación de las impugnaciones únicamente por correo electrónico, resulta lesiva de los derechos fundamentales del recurrente", citó el fallo constitucional.
A este 19 de mayo la Sala Constitucional estudiaba –al menos- 10 recursos de amparo contra el Cosevi por asuntos ligados a sanciones contra choferes que violaron la restricción vehicular sanitaria. Además, otras 12 gestiones fueron rechazadas o declaradas sin lugar por el tribunal.
¿Cosevi desbordado?
En entrevista con CRHoy.com, Edwin Herrera, director de esa entidad, reconoció el pasado jueves 14 de mayo que tuvieron que asumir medidas extraordinarias para acortar los plazos de entrega de las citas para la devolución de las placas ante un incremento en las solicitudes.
Cosevi pasó de gestionar 600 peticiones por semana antes de la crisis sanitaria a duplicar o triplicar esos números. Todo esto ocurre mientras la institución mantiene la operación a un 50% en los servicios presenciales (como los retiros de placas o vehículos decomisados).
En los momentos más críticos las citas en sitios como San José o Heredia se programaron a 2 meses plazo, pero en la actualidad –en esas zonas- la espera ronda entre los 27 y los 25 días.
En zonas como San Carlos, Puntarenas, San Ramón y Liberia el promedio se sitúa entre 1 y 7 días de espera.
La delegación regional a la que debe acudir el conductor dependerá de la zona donde sea sancionado. Por ejemplo, si lo sancionan en Liberia, es ahí donde tendrá que gestionar la cita.
Entre semana, la restricción vehicular sanitaria aplica en todo el país con horario vigente entre 5:00 a.m. y 10:00 p.m. (según el último número de la placa).
En las noches rige de manera total entre las 10:00 p.m. y las 5:00 a.m. Hay excepciones ya conocidas, como el uso de cartas para aquellos que deben desplazarse en horarios no permitidos con fines exclusivamente laborales.
Los fines de semana la restricción será de 5:00 a.m. a 7:00 p.m. Los sábados no circularán placas pares y los domingos no lo podrán hacer las impares.