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Nueva causal de divorcio: un año sin aportar alimentos bastaría para disolver el matrimonio

Por Carlos Mora | 2 de Dic. 2025 | 2:27 am

 

Un nuevo proyecto de ley busca reformar el Código de Familia para incorporar una nueva causal de divorcio: el incumplimiento del deber alimentario.

La iniciativa, impulsada por la socialcristiana María Marta Carballo, abarca situaciones en las que uno de los cónyuges se desvincula por completo de la vida familiar y deja de aportar para el sustento del hogar y de los hijos.

El texto plantea que el ordenamiento vigente reconoce al matrimonio como base de la vida en común y de la cooperación mutua, según lo establece el artículo 11 del Código de Familia. No obstante, señala que estos fines se ven quebrantados cuando uno de los contrayentes evade sus responsabilidades y resulta imposible localizarlo durante largos periodos.

En esos casos —expone la propuesta— el vínculo conyugal deja de responder al espíritu de la norma, especialmente cuando existen personas menores de edad involucradas.

Para ello, el proyecto propone agregar un inciso 9 al artículo 48 del Código de Familia, de manera que el incumplimiento alimentario entre cónyuges, o del padre o madre respecto de sus hijos menores de edad o con discapacidad, por un plazo no menor a un año, se convierta en causal de divorcio.

Además, plantea introducir un inciso 4 al artículo 87 del Código Procesal de Familia. Este permitiría efectuar la notificación por edicto, una sola vez en un medio de comunicación nacional, cuando la persona demandante haya intentado sin éxito localizar al cónyuge durante al menos un año y no existan bienes gananciales en disputa. Transcurrido un mes desde la publicación del edicto, el juez podría declarar disuelto el matrimonio.

En la exposición de motivos, Carballo afirmó que la reforma pretende ofrecer una salida legal a quienes permanecen "atados" a un vínculo matrimonial inviable debido a la ausencia prolongada del otro contrayente.

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