Proyecto busca garantizar asistencia legal gratuita para víctimas de delitos
Congresistas proponen elevar a rango constitucional los derechos de las víctimas en procesos penales
Un nuevo proyecto de ley presentado en la Asamblea Legislativa pretende reconocer expresamente a las víctimas de delitos como sujetas de derecho en el proceso penal. Esto les otorgaría garantías de acceso a la justicia, reparación integral y, en los casos que defina la ley, asistencia legal gratuita.
Para ello, la iniciativa propone una reforma constitucional que añadiría un párrafo al artículo 41 de la Constitución Política, con el fin de reconocer expresamente a las víctimas de delitos como sujetas de derecho en el proceso penal, con garantías de acceso a la justicia, reparación integral y, en los casos que determine la ley, asistencia legal gratuita.
El párrafo que se incorporaría al artículo 41 de la Carta Magna se leería de la siguiente manera:
"Las víctimas de delitos son sujetas de derecho en los procesos penales, con garantía de acceso a la justicia, reparación integral y, en los casos que determine la ley, asistencia legal gratuita en condiciones de igualdad y dignidad".
El proponente principal del proyecto, el liberacionista Danny Vargas Serrano, señaló que el reconocimiento expreso de los derechos de las víctimas del delito resulta esencial, pues los hechos delictivos lesionan el orden social e impactan de manera directa la integridad física, emocional, patrimonial y moral de las personas y sus familias.
"No puede haber justicia plena sin la incorporación efectiva de la víctima como sujeto procesal con derechos. Ello exige una transformación sustantiva del modelo procesal penal, que reconozca su autonomía, su participación y su derecho a ser oída, representada, informada y reparada. Atender sus necesidades no solo es una exigencia ética, sino un deber jurídico del Estado social de derecho. Las víctimas tienen derecho a la verdad, la justicia y la reparación, pilares fundamentales de una sociedad más justa, solidaria y equilibrada", explicó Vargas.
El congresista añadió que el proyecto encuentra respaldo en un amplio conjunto de instrumentos internacionales, como la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Principios Fundamentales de Justicia para las Víctimas de Delitos y del Abuso de Poder, entre otros.
De igual forma, la iniciativa retoma experiencias de países como Colombia, México, Ecuador, Bolivia y República Dominicana, que ya han reconocido de forma expresa en sus constituciones los derechos procesales y sustantivos de las víctimas.
Trámite distinto
El procedimiento para tramitar una reforma constitucional es distinto al de un proyecto de ley ordinario en la Asamblea Legislativa.
Estas iniciativas solo pueden presentarse durante el período de sesiones ordinarias y deben contar con al menos diez firmas de respaldo.
La propuesta debe leerse tres veces en el plenario durante un mismo cuatrienio, tras lo cual se vota su admisión para estudio. Una vez admitida, se requiere de 38 votos para conformar una comisión especial encargada exclusivamente de analizar el proyecto.
Esa comisión emitirá un dictamen al plenario, que deberá discutirlo y votarlo en primer debate de primera legislatura. Si el proyecto se aprueba, debe enviarse en consulta obligatoria a la Sala Constitucional.
Superada la consulta, la propuesta se vota en segundo debate de primera legislatura, sin importar si ambos debates coinciden en la misma legislatura.
Posteriormente, el proyecto se remite a la Presidencia de la República, para que sea incluido en el mensaje sobre el Estado Político de la Nación que se presenta al inicio de cada legislatura.
Finalmente, el texto debe discutirse y aprobarse en tres debates, los cuales pueden realizarse dentro de una misma legislatura.
