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Informáticos molestos con Hacienda por informalidad en modificaciones en facturas electrónicas

Por Erick Murillo | 3 de Jul. 2020 | 7:04 pm

(CRHoy.com).-La Cámara de Tecnologías de Información y Comunicación (Camtic), en representación de un bloque de empresas del sector tecnológico costarricense, se manifestó por los cambios a última hora que hace el Ministerio de Hacienda por la ampliación del plazo para modificación de la forma de cálculo de las exoneraciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

"Luego del comunicado efectuado el 1° de julio por el Ministerio de Hacienda, a apropósito de la ampliación del plazo para la modificación de la forma de cálculo de las exoneraciones del IVA, Camtic, en representación de un bloque de empresas estratégico del sector TIC costarricense, manifiesta su clara disconformidad y preocupación con la arbitrariedad con la que se ha tomado esta decisión, sin previo aviso y con serias lesiones para todos aquellos desarrolladores de aplicaciones de facturación electrónica que de forma responsable dedicaron tiempo y esfuerzo en adecuarse a los ajustes, sobra decir, para nada sencillos, que ha implicado este proceso", manifestaron a través de un comunicado de prensa.

El pasado 30 de junio en la noche, los programadores y desarrolladores de software reaccionaron contra el Ministerio de Hacienda por un cambio a última hora.

La razón de la molestia es que Hacienda informó que establecía una ampliación del plazo para modificar la forma cálculos de las exoneraciones del Impuesto de Valor Agregado (IVA).

"Hasta el 1° de setiembre de 2020 tendrán plazo los desarrolladores y contribuyentes para implementar los cambios requeridos en los comprobantes electrónicos, para modificar la forma de aplicar las exoneraciones y órdenes especiales otorgadas por medio del sistema EXONET en relación con el Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA).

El ajuste a realizar en la forma de cálculo del impuesto exonerado en sus sistemas de comprobantes electrónicos se encuentra disponible en el portal de la Administración Tributaria Virtual (ATV), sección "Comprobante Electrónico", Anexos y Estructura 4.3", publicó la cartera en sus redes sociales.

Posteriormente Hacienda emitió otro comunicado en el que señalaba que la modificación en la forma de cálculo de las exoneraciones del IVA puede aplicarse en sistemas de facturación a partir del 2 de julio.

"A partir de las 12:05 a.m. de este jueves 2 de julio, este Ministerio realizará el cambio a producción en el sistema de validación de comprobantes electrónicos, necesario para cumplir con la en la forma de aplicar las exoneraciones y órdenes especiales otorgadas por medio de Exonet.

Por lo anterior queda sin efecto el comunicado realizado el día 30 de junio del 2020. Los cambios en la forma de calcular el impuesto exonerado se encuentran disponibles en el porta de la Administración Tributaria Virtual (ATV), sección comprobante electrónico", publicó Hacienda en Facebook.

Toda esta serie de cambios y contradicciones de un día para otro provocaron que los desarrolladores de soluciones de facturación electrónica calificaran las modificaciones como una falta de respeto, poca seriedad, improvisación y hasta charlatanería por parte del Ministerio de Hacienda.

Ante la situación, Camtic exige una serie de medidas:

1. Una explicación clara a los contribuyentes de los motivos para "ampliar el plazo" a última hora y luego cancelar la "ampliación de plazo".

2. Con base en la explicación, señalar a los funcionarios responsables y proceder con las medidas disciplinarias que correspondan, incluyendo despidos, si proceden.

3. Definir reglas de implementación de modificaciones a las plataformas de Documentos Electrónicos e IVA que consideren:

a. No realizarlas más los días finales de un mes, iniciales del siguiente, ni en las fechas de presentación de declaraciones de IVA, porque son los momentos en que más trabajo realizan los contribuyentes con dichas plataformas, y significa un trastorno para los procesos de cierre mensual que todo contribuyente realiza.

b. Si se va a ampliar un plazo, que se avise a los contribuyentes con al menos 1 semana de antelación.

c. Cualquier cambio que se vaya a realizar, notificarlo al menos 2 o 3 meses antes. Este cambio se notificó el 1° de junio para entrar en producción el 1° de julio.

"Esperamos atentamente una respuesta a nuestras solicitudes, por la afectación que este comunicado está teniendo para todos nuestros socios, y el resto de la comunidad TIC costarricense", finalizó la Cámara.

GTI, una de las empresas que ofrecen el servicio de facturación electrónica, también explicó la afectación que sufrió producto de las variaciones de último momento que implementó el ente tributario.

Se consultó al Ministerio de Hacienda sobre una posición al respecto, y se está a la espera de una respuesta que se encuentra en trámite.

Cronología de desaciertos

Explicamos a continuación, al público en general y a la comunidad de empresarial, el motivo de central de nuestra preocupación y justa molestia.

I. El día 30-06-2020 a eso de las 7:30 p.m. por correo del servicio Factura TI y 8:30 p.m. por redes sociales, el Ministerio de Hacienda emitió el siguiente comunicado:

II. La modificación indicada entraba en funcionamiento a las 00:00:01 horas del 01-07-2020.

III. Desde 01-07-2019 hasta ahora, para reportar una exoneración donde el contribuyente se le autoriza cobrar una tasa de IVA, menor a la tasa establecida para un bien o servicio, se indica el porcentaje que se rebaja. Es decir, si en vez de 13% se grava con un 4% se hace la regla de 3, 13:100, 4:x, entonces x = 30.76 = 31 por lo que el porcentaje exento es 100-31 = 69.

IV. La modificación planteaba que, en vez de este mecanismo, se especificara simplemente la tasa de IVA con que se grava, en el ejemplo anterior, 4%. Es un cambio que simplifica el proceso, pero es un cambio y requiere de inversión de tiempo y esfuerzo.

V. Comunicar la suspensión de ese cambio a menos de 5 horas de su supuesta entrada en operación significa un perjuicio mayor, tanto para contribuyentes como para desarrolladores de aplicaciones de facturación electrónica:

• A la hora que avisaron (se recibieron correos de Factura TI a las 7:30 p.m. del 30-06-2020, y en el sitio de Facebook de Hacienda lo publicaron a eso de las 8:30 p.m.) muchos contribuyentes ya habían cerrado sus negocios y dejaron implementada la modificación en sus sistemas de facturación para iniciar el 01-07-2020 facturando sin interrupción.
• Muchos otros tenían todo listo para hacer el cambio el 01-07-2020 a primera hora.
• Los desarrolladores de aplicaciones de Facturación Electrónica invirtieron tiempo y recursos tanto en la actualización del código de sus aplicaciones, como en la planificación y ejecución de la implementación con sus clientes. Incluso se han pagado servicios de programación y de soporte. Dicha inversión implicó, en muchos casos, desplazamiento de personal por todo el país a realizar la actualización en establecimientos que utilizan aplicaciones de facturación que no están en servidores web o nube, lo cual, en estos tiempos, significa un alto costo y sobre todo, un altísimo riesgo.

VI. Pero el asunto no terminó ahí, sino que al medio día del 01-07-2020, y después de anunciar la destitución de dos funcionarios, Hacienda envía el siguiente comunicado:

Es decir, cancela la "ampliación de plazo" que hizo apenas 17 horas antes (incluyendo 11 horas de noche y madrugada).

Esto genera, además de estupor, la pérdida del trabajo que muchos desarrolladores realizaron durante la noche del 30 de junio, madrugada y mañana del 1 de julio para restablecer las aplicaciones al estado anterior.

Fuente: Camtic

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