Aceptan apelación de ANEP relacionada con caso Barrenador y fijan audiencia en el Contencioso
El Tribunal Contencioso Administrativo (TCA) aceptó la apelación presentada por la Asociación Nacional de la Empresa Privada (ANEP) en el marco del caso Barrenador, contrario a declaraciones recientes de la Presidencia de la República, en la cual indicaron que el proceso estaba "muerto".
El tribunal otorgó audiencia para el próximo mes de noviembre, en la cual se realizará la discusión final de la denuncia que solicitaba suspender los contratos.
La organización enfatizó que la información proporcionada desde Casa Presidencial, sobre la supuesta conclusión del caso, o correspondía con la realidad.
"El caso Barrenador está vivito y coleando", aseguraron representantes de la ANEP.
El TCA notificó formalmente a la ANEP sobre la admisión de su denuncia.
El caso
La ANEP presentó, en agosto de 2024, antes de los allanamientos del caso Barrenador, una solicitud de medida cautelar para que se suspendieran las adjudicaciones, lo cual fue rechazado por el juez. Cabe recordar que una medida cautelar es provisional y no resuelve la situación de fondo.
ANEP no aportó las pruebas necesarias para demostrar que existieran sobreprecios, ya que se limitó a presentar, por medio de un dispositivo USB, una serie de noticias relacionadas con la contratación. De acuerdo con el fallo, "no constituyen documentos técnicos ni contienen información de respaldo que permitan verificar por parte de este Tribunal que, en efecto, la contratación se encuentra sobrevalorada".
Lo anterior no significa que no existiera nada irregular, tal y como lo mencionó el Gobierno en múltiples ocasiones, sino que, sencillamente, ANEP no aportó los estudios actuariales que se emitieron dentro de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), los cuales alertaban sobre sobreprecios.
El juez ponderó el interés de ANEP en que se suspendieran los contratos, junto con el impacto que esto tendría en la comunidad. Se determinó que el perjuicio para las personas hubiera sido superior si se acogía la medida cautelar.
"Nos encontramos ante una contratación para la prestación de servicios en una cantidad considerable de Ebáis y Áreas de Salud por parte de las cooperativas y la asociación adjudicatarias, la cual ya se encuentra en ejecución; por lo que, de acceder a lo solicitado, implicaría que la CCSS deba retomar la prestación de los servicios adjudicados por su propia cuenta, lo que conlleva un proceso de transición que sin lugar a dudas generaría una afectación en la continuidad de los servicios de salud adjudicados, lo que sí incidiría directamente en el derecho a la salud y en la atención oportuna de las personas adscritas a las áreas de salud que fueron objeto de esta contratación", indicó el juez José Pablo Rodríguez como justificación para no acoger la medida cautelar.
La decisión tomada por el juez no significó que el caso Barrenador se haya cerrado. Los contratos que la medida cautelar pretendía suspender habían sido suspendidos por la Junta Directiva de la CCSS desde hace aproximadamente cinco meses.