Acogen recurso de niño autista que retuvieron por 6 horas en escuela
El PANI autorizó que se entregara al menor a la madre, sin embargo, el centro educativo se opuso aduciendo negligencia.
La Sala Constitucional acogió un recurso hábeas corpus presentado en contra del Ministerio de Educación Pública (MEP), el Ministerio de Seguridad Pública (MSP) y el Patronato Nacional de la Infancia (PANI), por la retención durante seis horas de un menor de once años con trastorno del espectro autista, dentro de la dirección de la escuela San Vicente de Cartago.
Según el recurso, desde las 9:40 a. m. y hasta casi las 4:00 p. m. del 22 de septiembre de 2023, el niño fue ilegalmente retenido a pesar de que su hora de salida era a las 9:40 a.m. cuando la madre acudió a recogerlo, luego de que le avisaran que ocurrió un problema entre su hijo y otros niños, pues al parecer, los había amenazado con un arma punzocortante.
"La madre indicó que las autoridades del centro le dijeron que el menor estaba retenido porque protagonizó un problema con otros compañeros y la escuela estaba aplicando el protocolo respectivo. La madre contactó al recurrente y le indicó que el amparado era autista y que desde hacía días el menor estaba siendo discriminado y acosado por otros compañeros, quienes le pegaban y él "cansado de que le pegaran" y en total desconocimiento de su progenitora, se había llevado un cuchillo a la escuela y aparentemente sin usarlo había amenazado a sus acosadores de que se defendería con él", menciona el documento.
La directora del centro educativo, Alexandra Cruz Navarro, explicó que tras el incidente se le solicitó al niño que entregara el arma punzocortante y posteriormente, realizaron una llamada telefónica al 9-1-1, la cual fue redireccionada al PANI y a la Fuerza Pública, para que abordaran en conjunto la situación. En ese momento, la indicación del PANI fue que se entregara al menor a la madre, sin embargo, el centro educativo se opuso aduciendo negligencia.
Horas después, la madre ingresó al centro educativo, donde fue trasladada a la dirección para que acompañara a su hijo, el mismo día, a las 11:16 a.m., ingresaron dos oficiales de la Fuerza Pública al centro educativo, donde también luego se apersonó una funcionaria de la oficina del PANI en La Unión, quien manifestó que la escuela debía formular una denuncia solicitando la intervención de esa institución.
"El mismo 22 de septiembre de 2023, alrededor de las 2:11 p. m. la oficina local de La Unión, recibió un incidente a través de la línea 9-1-1, en el que la madre solicita apoyo alegando que su hijo permanece retenido en la escuela y que no deja salir al menor del recinto pequeño que esta, ni siquiera a las áreas verdes. A raíz de lo anterior, la funcionaria del PANI se comunica con la progenitora y se le indica que se va intervenir, ya que desconoce las razones de por qué lo tiene retenido en un recinto sin poder salir a otras áreas, además, le informa que se solicitó a dicha escuela un informe donde se denuncie las razones de presunta negligencia, por las que el menor no podía ser entregado a ella como madre", añade.
Tras el análisis de las pruebas, los magistrados declararon con lugar el recurso, únicamente en lo vinculado al centro educativo, por lo que se ordenó a Alexandra Cruz Navarro, en calidad de directora de la Escuela San Vicente, abstenerse de incurrir nuevamente en una conducta igual o similar.
"Se condena al Estado al pago de los daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo. En lo demás, se declara sin lugar el recurso", finaliza el documento.