Asamblea aprueba ley para evitar silencio de organizaciones ante delitos sexuales a menores de edad

El Asamblea Legislativa aprobó por unanimidad, en segundo y último, el proyecto de ley contra el silencio de las organizaciones en casos de abuso sexual en perjuicio de personas menores de edad y personas con discapacidad.
Se trata del expediente 23.928, titulado "Ley contra el silencio en delitos sexuales en perjuicio de la niñez y personas con discapacidad. Responsabilidad civil solidaria, deber de denuncia y garantía de cumplimiento de protocolos de investigación", propuesto por el diputado del Frente Amplio, Antonio Ortega.
La iniciativa propone reformar el artículo 206 del Código Procesal Penal (Ley N.° 7594) y adicionar un inciso 6) al artículo 106 del Código Penal (Ley N.° 4573).
El proyecto busca fortalecer la legislación nacional en materia de delitos sexuales cometidos contra personas menores de edad y personas con discapacidad, ampliando la responsabilidad civil solidaria y cerrando los vacíos legales que actualmente generan espacios de impunidad en estos casos.
Ley contra delitos sexuales
Entre sus principales objetivos se incluyen:
a) Extender la responsabilidad civil solidaria y los plazos de prescripción a las organizaciones que encubran delitos sexuales contra menores de edad o personas con discapacidad cognitiva o volitiva.
b) Reforzar el deber de denuncia y eliminar el secretismo dentro de dichas organizaciones.
c) Exigir la certificación del cumplimiento de protocolos de actuación del Patronato Nacional de la Infancia (PANI) y del Ministerio de Educación Pública (MEP) antes de proceder con la desestimación penal de un caso.
Ahora el texto se remite al Poder Ejecutivo para su firma y publicación como Ley de la República.