Audio de Chaves y Brunner confirma que ambos sabían de financiamiento irregular, dice Fiscalía
Audio enviado por Brunner a Chaves, en marzo de 2022, fue confirmado por ambos jerarcas cuando ya habían asumido cargos en el gobierno

Stephan Brunner, vicepresidente de la República y Rodrigo Chaves, presidente de la República, en un video de agosto de 2022. Captura de pantalla/Casa Presidencial
La Fiscalía General señala que un audio filtrado en WhatsApp, en agosto de 2022, cuya autenticidad fue confirmada por Rodrigo Chaves Robles, presidente de la República, y por Stephan Brunner Neibig, vicepresidente de la República, es una de las principales pruebas que confirman que ambos conocían que el fideicomiso Costa Rica Próspera consistía en una estructura paralela de financiamiento irregular en la campaña electoral de 2022.
El audio, que trascendió públicamente en ese entonces, también fue parte del informe elaborado por el Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos (DFPP) del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) y que fue secuestrado por Carlo Díaz, fiscal general del Ministerio Público, como parte de la investigación en este caso.
Para la Fiscalía General, Chaves y Brunner incurrieron en delitos estipulados en el Código Electoral al conocer la existencia del fideicomiso Costa Rica Próspera y no denunciarlo ante las autoridades competentes.
El fideicomiso Costa Rica Próspera fue fundado y administrado por la firma ATA Trust S.A., vinculada a Arnoldo André Tinoco, financista de campaña de Chaves y actual ministro de Relaciones Exteriores y Culto.
Brunner fungió como tesorero del Comité Ejecutivo Superior del Partido Progreso Social Democrático (PPSD) entre el 18 de noviembre de 2021 y el 2 de mayo de 2022.
Además del audio, la Fiscalía General indicó que el acta de la Asamblea Nacional del PPSD, celebrada el 19 de setiembre de 2021, confirma que Brunner y Chaves estuvieron presentes en el encuentro y que no pueden alegar desconocimiento de los temas tratados. Incluso, a Chaves se le dio la palabra para que se refiriera al fideicomiso. En esa actividad, Chaves anunció las candidaturas a la vicepresidencia de la República (incluida la de Brunner).
La Fiscalía General explicó que el audio en cuestión fue enviado por Brunner a Chaves entre el 16 y el 21 de marzo de 2022. Antes de la visita que realizó el TSE el 22 de marzo de ese año para fiscalizar la contabilidad del PPSD. Para ese entonces, como lo confirman las pruebas expuestas, Brunner fungía como tesorero nacional de la agrupación política.
La acusación contra Chaves y Brunner en el marco del caso denominado “financiamiento jaguar” señala que del análisis del audio se desprenden varios elementos importantes para establecer la responsabilidad de Brunner. En primer término, el hoy vicepresidente expresamente indica que él tuvo conocimiento de la existencia del fideicomiso y lejos de denunciar, en todo momento trató de ocultar TSE la existencia, no solo del fideicomiso, sino además, de los activos que fueron adquiridos mediante este.
Para la Fiscalía General es contundente que, pese a que se desconoce la forma en que el audio fue filtrado a redes sociales, una vez que fue dado a conocer públicamente, los acusados Brunner y Chaves confirmaron, a través de un video divulgado por Casa Presidencial, la veracidad del contenido a través de la declaración pública.
En la publicación, según lo acusado, Chaves reconoció la existencia del fideicomiso y Brunner indicó que cumplió con el deber como tesorero de advertir al entonces candidato (Chaves) lo que estaba pasando.
- Transcripción de parte del audio de 21 minutos:
(…) “Luz Mary (Alpízar, presidenta del PPSD y actual diputada) … y que había hablado con Roger sobre la necesidad de hacer esa lista de activos que venían del fideicomiso y lo que recomendó fue no hacer nada (…) ya yo tengo conocimiento que existió un fideicomiso y que esos bienes los adquirió el fideicomiso y como en el fideicomiso hubo personas jurídicas que metieron plata y no sólo físicas, esos dineros vienen contaminados, así que esos activos están contaminados en el sentido de que ahí hay donaciones de personas jurídicas y el trasladarlo a una persona física eso es meramente el recibir una donación de persona jurídica mediante interpósita persona y que ya yo no puedo alegar que no sabe nada de eso porque ya ha salido mucho en los periódicos, ya el tema ha sido de discusión pública y entonces le recomendó no recibirlos. Ellos no saben que existen esos activos ni tienen por qué enterarse y la visita del martes es meramente para verificar el departamento de contabilidad donde tiene las facturas, donde lleva los contratos, en medios electrónicos, en medios físicos y nada más va a durar entre 3 y 4 horas el martes en la mañana de 9 a 1 y eso es todo y no hay porque ponerse histérico con los activos”.
¿Cuáles son los delitos acusados en este caso?
- Delitos sobre el financiamiento partidario – Artículo 273 del Código Electoral:
Se impondrá pena de prisión de 2 a 4 años a quien recaude fondos para algún partido político sin haber sido autorizado por el tesorero del partido.
La pena de prisión será de 3 a 6 años al contador público que haya certificado con su firma la comprobación de los gastos de la contribución estatal, cuando oculte información, consigne datos falsos en la certificación de gastos del partido o en el informe de control interno de este, o cuando rehúse brindar información requerida por el Tribunal para los efectos de verificar la comprobación de los gastos redimibles por contribución estatal.
- Delitos sobre las contribuciones privadas – Artículo 274 del Código Electoral, inciso e:
Se impondrá pena de prisión de 2 a 4 años:
e) A quien contribuya, done o entregue cualquier otro tipo de aporte, en dinero o en especie, a favor de un partido político por medio de terceras personas, grupos u organizaciones paralelas o mediante la utilización de mecanismos de gestión o recaudación que no estén previamente autorizados por el comité ejecutivo superior del partido.
- Delitos relativos a recepción de contribuciones privadas ilegales – Artículo 275, incisos a y b:
Se impondrá pena de prisión de 2 meses a un 1 al tesorero del comité ejecutivo superior del partido que omita llevar un registro de actividades de recaudación de fondos del partido, incluidas las tendencias y los movimientos.
La pena será de prisión de 2 a 6 años para:
a) El o la miembro del comité ejecutivo superior del partido, que tenga conocimiento de contribuciones, donaciones o aportes contraviniendo las normas establecidas en el Código Electoral, en dinero o en especie, y no lo denuncie ante las autoridades competentes.
b) Los(as) miembros del comité ejecutivo superior del partido, candidatos, precandidatos oficializados por los partidos políticos, responsables de las campañas electorales o cualquier otro personero del partido que reciba contribuciones, donaciones o cualquier otro tipo de aporte valiéndose de una estructura paralela para evadir el control del partido político.
La acusación también incluye al presidente Chaves, a Pilar Cisneros Gallo, diputada y jefa de fracción del PPSD; a Stephan Brunner Neibig, vicepresidente de la República; a Arnoldo André Tinoco, canciller; a Luz Mary Alpízar Loaiza, diputada y presidenta del PPSD y a Julio “Waldo” Agüero Sanabria, diputado del PPSD.
Según la investigación que arrancó en 2022, año en que Chaves asumió como mandatario, entre 2021 y 2022, en el marco de la campaña electoral, se habrían utilizado 2 estructuras paralelas para financiar la campaña electoral del PPSD, en el período electoral 2022-2026.
Dichas estructuras identificadas fueron el fideicomiso Costa Rica Próspera y las cuentas bancarias personales de Sofía Agüero Salazar, hija del diputado Agüero Sanabria y exasistente del presidente Chaves, quien enfrenta un proceso penal independiente en el expediente 22-000210-0276-PE, junto a otros imputados, bajo investigación de la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción (Fapta).
Para la Fiscalía General, ambas vías de financiamiento operaron al margen del control del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) y de la tesorería del PPSD, tal como exige el Código Electoral. “Lo anterior, contraviniendo los principios de legalidad, transparencia y publicidad que rigen el financiamiento político en Costa Rica, afectando la integridad del proceso electoral”, citó la entidad.
El Código Electoral señala que toda contribución a partidos políticos, candidaturas o precandidaturas debe ser realizada por personas físicas nacionales, plenamente identificadas, y canalizadas únicamente a través de los mecanismos oficiales del partido político.