Cancelan audiencia de apelación por caso Gandoca: ahora será en abril de 2026
Fiscalía Ambiental y Fiscalía Anticorrupción insistirán en imponer medidas cautelares contra empresario y funcionarios estatales investigados por trámite de permisos para cortar árboles
La gestión de uno de los abogados defensores en el caso Gandoca provocó que la audiencia de apelación de medidas cautelares se reprograme hasta para dentro de 9 meses: abril de 2026.
En principio, el trámite judicial estaba previsto para efectuarse entre el 15 y el 18 de julio en el Jugado Penal de Hacienda del II Circuito Judicial de San José.
La Fiscalía Adjunta Agrario Ambiental informó que la audiencia de apelación fue suspendida tras la solicitud de uno de los defensores y que se reprogramó para el 1° de abril de 2026.
Esta nueva audiencia debe efectuarse luego de que en febrero pasado el Tribunal Penal de Hacienda y de la Función Pública anulara la resolución dictada por un juez, en agosto de 2024 y que dejó en libertad sin medidas cautelares a los imputados en el caso, acogiendo así parcialmente la apelación planteada por el Ministerio Público.
La Fiscalía Adjunta Agrario Ambiental y la Fiscalía de Probidad, Transparencia y Anticorrupción (FAPTA) apelaron desde agosto de 2024 el rechazo por parte del Juzgado Penal del I Circuito Judicial de San José de las medidas cautelares que habían sido solicitadas para los imputados en la causa.
"Tras las detenciones, los despachos del MP solicitaron medidas cautelares ante el Juzgado Penal de Hacienda y la Función Pública, sin embargo, ese último órgano rechazó la petición, en otros motivos, señaló ausencia de grado de probabilidad de los hechos atribuidos a los sospechosos", indicó el Ministerio Público, a través de un comunicado de prensa difundido el 20 de febrero pasado.
Las fiscalías impugnaron la resolución alegando motivos de falta de fundamentación, fundamentación contradictoria y fundamentación errónea, en relación con aspectos de la lesión al bien jurídico tutelado (es decir, al ambiente y deber de probidad, entre otros), al grado probable de la comisión de los delitos por parte de los imputados, al de la ubicación de la propiedad y en cuanto a la prueba otorgada por los peritajes.
"El fallo que rechazó la imposición de medidas cautelares resulta ausente de motivación en el grado de probabilidad. Además, que la resolución es inmotivada y violatoria de las reglas de la sana crítica racional (valoración de la prueba), respecto a la atribución del dolo", acotó el reporte oficial de las fiscalías.
La Fiscalía Adjunta Agrario Ambiental investiga a un empresario de apellidos Pacheco Dent y a jefe de la subregión Limón-Talamanca del Área de Conservación La Amistad Caribe (Aclac), de apellidos Campbell Lindo; el coordinador del Programa de Prevención, Control y Protección Aclac-Sinac, de apellidos Salas Rodríguez; la administradora del refugio, de apellidos Cruz Torres, y a la regente ambiental (Camacho Calvo) por presuntos delitos en las autorizaciones brindadas al empresario para talar 29 árboles en 2 propiedades ligadas a Pacheco.
Las propiedades bajo la lupa serían parte del Refugio de Vida Silvestre Gandoca Manzanillo (Regama), ubicado en Talamanca de Limón.
Tras allanamientos y detenciones realizados a mediados de julio de 2024, el Ministerio Público solicitó girar medidas cautelares contra todos los imputados en la causa. No obstante, Félix Castellón Ruiz, juez penal del II Circuito Judicial de San José rechazó la petición alegando que no existían los suficientes elementos probatorios para atender la solicitud.
En la apelación planteada ante el tribunal a principios de agosto, la Fiscalía Ambiental alegó presuntas contradicciones en el actuar de la regente Camacho Calvo, contratada por el empresario para tramitar autorizaciones de aprovechamiento forestal (corta de árboles) en las 2 fincas.
En la resolución dictada el 5 de agosto de 2024, el juez Castellón alegó que el Ministerio Público no aportó pruebas suficientes para argumentar el posible dolo en las actuaciones investigadas en este caso y rechazó las medidas cautelares solicitadas.
Según expuso el fiscal Hernández en el documento de apelación, fechado el 9 de agosto, en cuestión de 3 meses, Camacho emitió informes contradictorios y habría "desaparecido" 7 hectáreas de bosque en una de las propiedades investigadas con tal de propiciar las autorizaciones de aprovechamiento forestal a favor de Pacheco.
El Ministerio Público sostiene que dichas gestiones tendrían como objetivo final un proyecto urbanístico frente al mar.
La Fapta y la Fiscalía Agrario Ambiental investigan presuntas anomalías en el otorgamiento de permisos por parte del Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac) para talar 29 árboles en 16 hectáreas ubicadas en 2 fincas (7-48141-000 y 7-59699, plano catastrado número L-110409-1993) propiedad de Playa Manzanillo S.A., representada por Pacheco, quien tiene relación con Rodrigo Chaves, presidente de la República, y con la Casa Presidencial.
El terreno es parte de un área de 188 hectáreas de zona boscosa que pertenecían al refugio hasta 2014, cuando una ley las desafectó. Sin embargo, desde 2019, la Sala Constitucional ordenó al Sinac demarcarlas nuevamente como parte del refugio, tal como lo habían sido concebidas originalmente. Esto último aún ha sido concretado por el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) y el Instituto Nacional de Desarrollo Rural (Inder).
Según consta en la apelación presentada por el fiscal Hernández, contenida en el expediente 24-000003-1851-PE, Camacho habría actuado dolosamente al -aparentemente- introducir información falsa en documentos públicos y al presuntamente participar en delitos ambientales.
En la causa se investigan posibles delitos de falsedad ideológica, cambio de uso de territorio de bosque, apertura de trocha en terrenos con bosque y drenaje de humedal.
La fiscalía sostiene que existen 3 informes periciales hechos por el Organismo de Investigación Judicial (OIJ) que acreditan que el territorio donde se efectuó la tala era bosque y, por tanto, impedía que esta se realizara.
Para el fiscal Hernández, existen contradicciones entre la información plasmada independientemente por el funcionario del Sinac, Salas Rodríguez, y la regente Camacho, en diferentes documentos preparados por ellos mismos.
En julio de 2024, en la audiencia de solicitud de medidas cautelares, la Fiscalía pidió contra Pacheco Dent depositar el pasaporte e impedir la salida del país. Además, firmar periódicamente ante autoridades judiciales de Pococí.
Contra los funcionarios de Sinac, la Fapta solicitó suspender del cargo a la administradora del Regama de apellidos Cruz Torres; a un biólogo apellidos Campbell Lindo, quien se desempeña como jefe de la Subregión ACLAC y al ingeniero foresral Salas Rodríguez. Funcionario que en mayo aseguró que la tala de árboles en la zona estaba en regla.
Además de la separación por 6 meses, la Fapta urgió que no se acercarán a las oficinas del Sinac-Aclac, ni tener contacto o perturbar a testigos.
En contra de la regente forestal, la fiscalía solicitó inhabilitación del cargo y prohibir la emisión de certificaciones sobre cobertura forestal.
La inhabilitación tendría que ser comunicada ante el Colegio Profesional respectivo y a la dirección ejecutiva del Sinac. Sobre ella, también se requirió: firmar una vez al mes, entregar su pasaporte y no salir del territorio nacional, mientras avanza la investigación.
La Fiscalía Ambiental pidió detener cualquier tipo de actividad en las propiedades del empresario y suspender todo aprovechamiento forestal en las fincas intervenidas, así como el transporte de madera proveniente de estas propiedades. También, se solicitó poner un alto a todo movimiento de tierra y a cualquier obra civil.
La Fiscalía pretendió impedir el movimiento de vehículos y personas a través de las fincas, ya sea en las trochas realizadas o en cualquier sector de la finca donde se hayan talado árboles, o corresponda a humedal. Otra de las restricciones gestionadas procuró retirar a todos los trabajadores, maquinaria pesada y residuos, así como cualquier instrumento que se encuentre en las fincas que permitan el aprovechamiento de productos forestales o construcción de obras civiles, adicional a remover el relleno sobre el humedal utilizado como camino localizado en las fincas.
En la petitoria se solicitó abstenerse a sembrar pastos, plantas ornamentales, vegetación decorativa, árboles frutales, palmeras o cualquier vegetación ajena a la composición del bosque y no realizar la siembra de árboles bajo un patrón de plantación forestal que provoque el cambio del uso del suelo del bosque.
La Sala Constitucional una resolución de medidas cautelares el 12 de marzo pasado, con la cual se suspenden temporalmente los permisos de tala y construcción en zonas de bosque que pertenecen al Regama.
Dichas medidas cautelares dictadas por el tribunal deberán cumplirse "hasta tanto no llegue a la Sala el Informe Final de cumplimiento de la sentencia 2019-12745 (expediente 14-019174-0007-CO) o hasta que la Sala no disponga otra cosa".