Central ofrece ayuda en línea para declaración en Registro de Transparencia
(CRHoy.com) -¿Tiene que hacer la declaración en el Registro de Transparencia de Beneficiarios Finales (RTBF) 2023?
El Banco Central de Costa Rica (BCCR) puso a disposición de los usuarios un servicio de ayuda en línea con ejemplos del paso a paso para el apoyo en el proceso de precarga y llenado de la declaración.
El servicio incluye la precarga y el llenado y puede ingresar a los siguientes enlaces.
Precarga:
https://ayudaenlinea.bccr.fi.cr/ucontent/4f342b27c6874fefbbc09789f096fda7_es-ES/course/html/course.htm
Declaración:
https://ayudaenlinea.bccr.fi.cr/ucontent/14cf7d9d3d6e4416960c4fc8e705f0f8_es-ES/course/html/course.htm
Si al momento de realizar la declaración se le presenta un error en el sistema, puede reportarlo al correo atencionalcliente@bccr.fi.cr o crear un caso en la plataforma https://atencionalcliente.bccr.fi.cr/Sitio/ con los siguientes datos:
Casos RTBF-Sociedades:
1. Personería jurídica emitida por el Registro Nacional (la última que tenga disponible).
2. Captura de pantalla completa del error (sin cortar, que se pueda verificar la hora de la computadora, que no obstruya la visibilidad de los campos que está llenando).
3. Nombre y número de cédula del usuario al que se le presenta el error.
4. Número de teléfono de contacto del usuario.
Casos RTBF-Fideicomisos:
1. Nombre y número de cédula jurídica de la fiduciaria.
2. Nombre y número de cédula jurídica del fideicomiso.
3. Captura de pantalla completa del error (sin cortar, que se pueda verificar la hora de la computadora, que no obstruya la visibilidad de los campos que está llenando).
4. Nombre y número de cédula del usuario al que se le está presentando el problema.
5. Número de teléfono de contacto de usuario.
Para consultas sobre el llenado del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales, el Ministerio de Hacienda también tiene un servicio de atención por medio de la plataforma: https://infoyasistencia.hacienda.go.cr/o al número 2539-4000 ext. 1.
La declaración debe presentarse a la Dirección General de Tributación a más tardar el 30 de junio.