Condenan a Uber a pagar ¢11 millones a conductor de plataforma
En marzo de 2023 empresa enfrentó otra condena y se le obligó al pago de 2 millones a ofendido
El Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José declaró con lugar la demanda laboral interpuesta por un ciudadano de apellido Vargas Sibaja contra la empresa Uber por desconectarlo de la plataforma.
La multinacional deberá de cancelarle a Vargas Sibaja ¢11 millones por concepto de preaviso, cesantía, daños y perjuicios, vacaciones y aguinaldo de toda la relación laboral, intereses, indexación y costas procesales.
Esta es la segunda ocasión en un año que la empresa enfrenta una condena de este tipo. En esa ocasión Uber se le ordenó pagar al ofendido 2 millones de colones (ver nota abajo).
La sentencia
La sentencia contra Uber es la 2024-000826, dictada el pasado viernes 26 de abril.
Según trascendió, Vargas laboró por 3 años como chofer de la plataforma, hasta que la compañía tomó la decisión de desconectarlo de la plataforma como sanción a presuntos incumplimientos de su normativa.
El Juzgado determinó en la sentencia que en los 3 años como chofer de la plataforma "se configuraron todos los elementos propios de una relación laboral".
A su vez, señala que "los demandados -Uber- conforman un grupo de interés económico y fueron patronos".
Se menciona que Uber posee plataformas digitales para la prestación de diferentes servicios a diferentes clientes y que "para cumplir con su giro comercial, los demandados contratan choferes a los cuales les dan ingreso en sus plataformas para encargarles los servicios contratados por los diferentes clientes".
Al declarar con lugar la demanda y tenerse por demostrado la existencia de una relación obrera patronal, se reconoció a Vargas sus derechos en su totalidad, como lo son el preaviso, cesantía, daños y perjuicios, vacaciones y aguinaldo de toda la relación laboral, intereses, indexación y costas procesales.
Uber tiene el derecho de recurrir ante la Sala Segunda de la Corte Suprema de Justicia, mediante el recurso de casación, a fin de que esta revise si la sentencia se encuentra dictada conforme a derecho.
"Somos respetuosos de las autoridades de cada país en el que la app está disponible. Analizaremos la sentencia reciente de esta demanda, aunque debemos aclarar que la misma no cataloga como fraudulento o ilegítimo nuestro modelo de operación, ni aplica para todos las personas que utilizan la app para prestar servicios independientes a los usuarios de la misma.
Esta resolución es de primera instancia y no tiene carácter definitivo. Estaremos presentando un recurso de casación ante el Tribunal correspondiente para que valore la fundamentación legal y motivación de la sentencia. En todo caso, lo que se dicte en este proceso aplicaría solo para el caso particular de esta persona", respondió la compañía tras consulta de este medio.
La sentencia de 2023
En marzo de 2023 el Juzgado Penal de Trabajo sentenció a las empresas Portier Costa Rica, Uber Costa Rica Center Of Excellence (COE) y Club de Colaboración para la Autosatisfacción de Necesidades de Movilidad en Común S. A., conglomerado que representa a la plataforma de transporte Uber, al pago de los extremos laborales de un hombre que trabajó 4 años como conductor.
La resolución también condenó a Uber al pago de los extremos laborales del conductor porque se demostró que hubo una relación laboral con la compañía.
Dentro de las obligaciones que se le ordenó al conglomerado pagar también estaban vacaciones, aguinaldo, seguridad social, IVM, FCL, ROPC y Seguro de Riesgos del Trabajo al ofendido, perjuicio económico que, según trascendió, superaba los ¢2 millones de colones.