Condenan al Estado por no garantizar sala de lactancia a funcionaria que denunció acoso en SENASA

Sala Constitucional, en San José.
La Sala Constitucional, conocida como Sala IV, ordenó al Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) adoptar medidas inmediatas para proteger los derechos de una funcionaria lactante, así como resolver una denuncia por acoso laboral pendiente desde enero de 2025.
La decisión fue emitida mediante la resolución Nº 15315-2025, en respuesta a un recurso de amparo interpuesto por una trabajadora del Servicio Nacional de Salud Animal (SENASA), adscrita a la oficina de Tilarán, Guanacaste.
Los hechos
Según el recurso, la funcionaria presentó el 27 de enero de 2025 una denuncia por acoso laboral e irregularidades en su centro de trabajo, junto con una solicitud de medida cautelar ante el Departamento de Recursos Humanos del MAG.
Posteriormente, fue trasladada a un espacio de trabajo que no cumplía con las condiciones mínimas para ejercer su derecho a la lactancia, según lo establece el Decreto Ejecutivo Nº 41080-MTSS-S.
La recurrente también señaló que ha sido asignada a la sede de Bagaces, una oficina que —según argumentó— carece de un espacio adecuado para la extracción de leche materna y que esto fue comunicado oportunamente desde su embarazo, sin obtener respuesta formal.
Desde febrero de 2025, afirmó haber enviado múltiples gestiones y correos electrónicos, sin que autoridad alguna del MAG le ofreciera una solución.
Lo resuelto por la Sala
Según la resolución, los magistrados ordenaron lo siguiente:
1. Resolver la denuncia por acoso
"Se ordena a Víctor Julio Carvajal Porras, en su condición de Ministro; a Sonia María Abarca Monge, como Jefa del Departamento de Gestión Institucional de Recursos Humanos; y a Adriana Solís Gamboa, como Jefa de la Unidad de Gestión de Empleo, todos del MAG […] que, dentro del plazo de un mes –contado a partir de la notificación de esta sentencia–, se resuelva de forma definitiva y sin dilaciones indebidas la denuncia presentada por la recurrente el 27 de enero de 2025 y se le notifique a esta lo resuelto".
2. Habilitar sala de lactancia definitiva
En caso de que la funcionaria continúe asignada a la sede de Bagaces, el MAG deberá, dentro de los 15 días posteriores a la resolución de la denuncia, acondicionar una sala exclusiva de lactancia que cumpla con los estándares definidos en el Decreto Ejecutivo N.º 41080-MTSS-S.
3. Habilitar solución provisional inmediata
Además, el MAG deberá, dentro de un plazo de tres días hábiles desde la notificación de la sentencia, ofrecer una solución provisional de lactancia en la sede de Bagaces que garantice condiciones mínimas de higiene, seguridad y privacidad.
Advertencia por incumplimiento
La Sala advirtió que el incumplimiento de estas órdenes podría constituir delito de desobediencia, con base en el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional:
"Se advierte que, de no acatar las órdenes dichas, podrían incurrir en el delito de desobediencia y que, de conformidad con el artículo 71 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional, se le impondrá prisión de tres meses a dos años, o de veinte a sesenta días multa, a quien recibiere una orden que deba cumplir o hacer cumplir, dictada en un recurso de amparo y no la cumpliere o no la hiciere cumplir, siempre que el delito no esté más gravemente penado".
Condena al Estado
Finalmente, la Sala condenó al Estado costarricense al pago de costas, daños y perjuicios, ocasionados por los hechos que fundamentaron el recurso. El monto será determinado mediante un proceso de ejecución de sentencia en sede contencioso-administrativa.