Contraloría refuta a Chaves y señala necesidad de aprobar ley para licencias de cuido en el Congreso

La Contraloría General de la República (CGR) refutó la versión del presidente Rodrigo Chaves y afirmó la necesidad de aprobar, en segundo debate en el Congreso, el expediente 25.240 que autoriza el subsidio para cuidadores de pacientes graves y menores con enfermedades graves, al señalar que la legislación vigente impone limitaciones que solo pueden corregirse por esta ley.
Así lo aclaró el ente contralor en respuesta al diputado del Frente Amplio y proponente del proyecto, Jonathan Acuña.
Chaves sin convocar proyecto
El mandatario tiene bloqueado el proyecto al no convocarlo de las sesiones extraordinarias, período en el que maneja la agenda de la Asamblea Legislativa.
Chaves, el pasado lunes, en las afueras de Casa Presidencial, afirmó que el proyecto en cuestión no era necesario, que únicamente los ₡2.700 millones incluidos en el Tercer Presupuesto Extraordinario 2025, ya con aval del Congreso, debían ser aprobados por la junta directiva de la CCSS y luego que era responsabilidad exclusiva del órgano contralor dar el aval al pago o no.
Sin embargo, el propio ministro de Chaves, Luis Romero, jerarca de Trabajo, aseguró en la Comisión de Hacendarios, que se requería una reforma a la ley, planteada en el proyecto, para girar fondos por encima del 0,5% de Fodesaf. Es decir, sin la aprobación del expediente en segundo debate, no se tendría esa reforma jurídica, de fondos por encima del 0,5% de Fodesaf, para saldar el pago de las licencias de cuido.
"La Contraloría General respaldó la urgencia del proyecto 25.240, al señalar que la legislación vigente impone limitaciones que solo pueden corregirse por ley", señaló el Frente Amplio.
Contraloría contradice a mandatario
Esto respondió el ente contralor al diputado:
"En suma, la legislación vigente define un porcentaje para la asignación de recursos presupuestarios para el pago por concepto del subsidio por cuido de personas con enfermedad terminal o de menores con enfermedades graves. Aunado a eso, también existe una disposición legal que garantiza que los recursos del FODESAF, sin destino legal específico, sean destinados a personas en pobreza extrema, pobreza básica o vulnerabilidad económica, esto según lo regulado en el párrafo final del artículo 2 de la Ley 5662. En el trámite del III Presupuesto Extraordinario de la República, la Asamblea Legislativa aprobó la transferencia para el pago de licencias con fundamento en el inciso g) del artículo 3 de la Ley No. 5662 antes comentado, sometiendo el uso de los dineros a las condiciones dispuestas en dicha ley, antes comentadas. Limitante relacionada con el porcentaje y población meta que requiere ser corregida por ley para que los recursos puedan destinarse al pago de tales licencias."
Por segundo día consecutivo, la fracción del Frente Amplio solicitó en el Plenario que Chaves convoque el proyecto para aprobarlo en segundo debate y girar los fondos de manera expedita.
En la misma línea, mujeres cuidadoras se manifiestan por tercer día consecutivo en las afueras de Casa Presidencial.