Defensoría pide reducir plazos para que bancos respondan a quejas por fraudes electrónicos
La Defensoría de los Habitantes pidió a la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef) definir un plazo prudencial para que las quejas por posibles fraudes electrónicos sean resueltos por los bancos.
Según mencionaron en la Defensoria y mediante denuncias de personas afectadas, algunas entidades financieras tardan más de 120 días en responder, lo que agrava el perjuicio para las víctimas.
Por ello, la Defensoría solicitó que se defina un plazo prudencial que garantice el respeto de los derechos de los usuarios.
La entidad hizo la recomendación en un informe en el cual expresa una serie de dudas sobre una nueva normativa en materia financiera que entrará a regir en junio.
"A partir del próximo 1° de junio de 2025, entra en vigencia el capítulo III, denominado Aspectos Mínimos de Control para Prevenir y Mitigar la Ocurrencia de Estafas Informáticas en Contra de los Usuarios Financieros, adicionado por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (CONASSIF) al Acuerdo de la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF) 10-07. Ante la importancia que reviste esta nueva normativa, dado el aumento de casos de víctimas en el país, la Defensoría de los Habitantes solicitó a la Sugef referirse a algunos aspectos que, sin duda son de interés los usuarios de los servicios bancarios y financieros", explica la Defensoría de los Habitantes.
Uno de los aspectos consultados es si esta normativa permite a Costa Rica cumplir con las recomendaciones del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea, en cuanto a estándares internacionales en la lucha contra fraudes financieros.
"No queda claro de la normativa, como se aplicará el principio de la responsabilidad objetiva, un derecho de los consumidores financieros, derivado de la aplicación de la Ley N° 7472, y que ha sido reconocido por jurisprudencia de tribunales de justicia", añadieron.
El principio de responsabilidad objetiva establece que una entidad debe responder por los daños causados, independientemente de que haya habido culpa o negligencia por su parte.
"Finalmente, siendo que no es un tema que se mencione en la disposición normativa aprobada por la Conassif, se consultó si se cuenta con una posición con relación a la obligatoriedad del uso de "seguros" para los casos de estafas, fraudes electrónicos y transacciones electrónicas no autorizadas y cuál es la posición de la Sugef sobre este tema", concluyeron.