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Deudores de pensiones alimentarias que perdieron su empleo no serían arrestados

Por Alexánder Ramírez | 7 de Nov. 2021 | 8:07 am

Los deudores tendrían que probar la pérdida de ingresos ante el Juzgado de Pensiones Alimentarias. (Archivo/CRH).

(CRHoy.com) -Los deudores de pensiones alimentarias que demuestren haber perdido su empleo o fuente de ingresos durante la pandemia del COVID-19 no serían arrestados, si prospera un proyecto de ley que presentó al Congreso el diputado independiente Erick Rodríguez.

La iniciativa -que se tramita en el expediente legislativo 22.763- indica que quienes demuestren ante el Juzgado de Pensiones Alimentarias haberse quedado sin trabajo o sin ingresos a causa de la crisis económica ocasionada por la pandemia, no se les aplicaría el apremio corporal.

La iniciativa de ley la presentó el diputado independiente Erick Rodríguez. (Archivo/CRH).

Según la propuesta, la medida se aplicaría por una única vez por un plazo improrrogable de 3 meses y se mantendría en vigencia mientras esté la emergencia nacional por la pandemia.

"Resulta necesario contar con una ley que les permita a las personas que puedan probar que han perdido su fuente de ingresos, pero solamente las que puedan probarlo, recibir el beneficio de que durante 3 meses no serán sujetos de apremio corporal como deudores alimentarios", indicó Rodríguez en el texto.

El legislador aclaró que la iniciativa no pretende eximir bajo ninguna circunstancia a las personas del pago de su obligación.

"Pero es claro que durante una emergencia sanitaria de estas dimensiones flaco favor se le hace a la salud pública el incremento de personas privadas de libertad por deuda alimentaria y mucho menos a los menores que necesitan este recurso para su alimentación", agregó.

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