Deudores de pensiones alimentarias que perdieron su empleo no serían arrestados

Los deudores tendrían que probar la pérdida de ingresos ante el Juzgado de Pensiones Alimentarias. (Archivo/CRH).
(CRHoy.com) -Los deudores de pensiones alimentarias que demuestren haber perdido su empleo o fuente de ingresos durante la pandemia del COVID-19 no serían arrestados, si prospera un proyecto de ley que presentó al Congreso el diputado independiente Erick Rodríguez.
La iniciativa -que se tramita en el expediente legislativo 22.763- indica que quienes demuestren ante el Juzgado de Pensiones Alimentarias haberse quedado sin trabajo o sin ingresos a causa de la crisis económica ocasionada por la pandemia, no se les aplicaría el apremio corporal.
Según la propuesta, la medida se aplicaría por una única vez por un plazo improrrogable de 3 meses y se mantendría en vigencia mientras esté la emergencia nacional por la pandemia.
"Resulta necesario contar con una ley que les permita a las personas que puedan probar que han perdido su fuente de ingresos, pero solamente las que puedan probarlo, recibir el beneficio de que durante 3 meses no serán sujetos de apremio corporal como deudores alimentarios", indicó Rodríguez en el texto.
El legislador aclaró que la iniciativa no pretende eximir bajo ninguna circunstancia a las personas del pago de su obligación.
"Pero es claro que durante una emergencia sanitaria de estas dimensiones flaco favor se le hace a la salud pública el incremento de personas privadas de libertad por deuda alimentaria y mucho menos a los menores que necesitan este recurso para su alimentación", agregó.
