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Diputado de Gobierno propone que el Congreso cubra carga eléctrica de sus vehículos

Oficialista Manuel Morales presentó reforma a la Ley de Remuneración de los Diputados

Por Carlos Mora | 23 de Oct. 2025 | 5:51 am

Un nuevo proyecto de ley ingresado a la corriente legislativa pretende que la Asamblea Legislativa asuma el costo de la recarga eléctrica de los vehículos de los diputados que cuenten con esta tecnología.

Actualmente, el artículo 5 de la Ley de Remuneración de los Diputados otorga a los legisladores una cuota mensual de quinientos litros de combustible para uso discrecional. Sin embargo, para el oficialista Manuel Morales Díaz, esta disposición "ha quedado desfasada frente a la transición energética y tecnológica que vive el mundo y el país", por lo que presentó la propuesta de ley para que a los congresistas con vehículos eléctricos se les pague el servicio de recarga.

La reforma busca permitir que la cuota mensual equivalente al valor de 500 litros de combustible que reciben los diputados pueda usarse, total o parcialmente, para pagar la electricidad utilizada en la recarga de vehículos eléctricos.

Morales defiende que esta legislación no se ha reformado desde 1993 y que es necesario actualizarla, de manera que los diputados que opten por vehículos eléctricos puedan utilizar su asignación mensual de movilidad en igualdad de condiciones con quienes continúan empleando combustibles fósiles.

Mencionó que, a su parecer, mantener un esquema legal que solo reconoce el combustible como medio legítimo de movilidad constituye una desigualdad normativa que vulnera el principio de igualdad ante la ley, consagrado en el artículo 33 de la Constitución Política, y contradice el derecho a un ambiente sano reconocido en su artículo 50.

"En la práctica, esta omisión provoca que quienes deciden adoptar medios de transporte más limpios deban asumir personalmente los costos de energía eléctrica, mientras que sus colegas que usan vehículos de combustión reciben un subsidio estatal equivalente al total de su consumo de combustible. La diferencia de trato carece de justificación objetiva y razonable, dado que ambas personas realizan desplazamientos oficiales, requieren energía para ejercer sus funciones y cumplen idénticas responsabilidades parlamentarias", se indica en la justificación de motivos de la iniciativa de ley.

El pasado 7 de octubre, la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) aprobó una rebaja de 11 colones por minuto en la tarifa de carga rápida para vehículos eléctricos en la red pública instalada por las distribuidoras de electricidad. La tarifa por minuto pasó de ₡137 a ₡126, según confirmó la institución, a lo que se debe sumar el costo por Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Morales aclaró que esta reforma no introduce un nuevo beneficio ni amplía la remuneración de los diputados.

"Se trata de una actualización conceptual que moderniza el beneficio existente, permitiendo que el monto correspondiente al valor de quinientos litros de combustible pueda destinarse, total o parcialmente, al pago de la electricidad utilizada para la recarga de vehículos eléctricos. En consecuencia, la medida es fiscalmente neutra, ambientalmente coherente y jurídicamente necesaria", explicó.

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La propuesta de ley añade que la administración legislativa podrá, mediante reglamento, establecer los mecanismos de equivalencia económica, control y verificación que aseguren una gestión responsable y transparente del recurso.

"La reforma propuesta refleja una coherencia institucional necesaria entre las políticas que aprueba el Parlamento y las prácticas de sus miembros. Resultaría contradictorio que el mismo órgano que aprobó leyes de descarbonización y promoción del transporte eléctrico mantenga un esquema de remuneración que incentiva el consumo de combustibles fósiles. La adecuación que aquí se plantea, lejos de ser un cambio simbólico, constituye una medida de justicia y coherencia normativa, pues alinea el funcionamiento interno del Poder Legislativo con los valores que promueve ante el país", concluyó el diputado.

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