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¿Dudas sobre la vacuna de fiebre amarilla? Aquí los detalles

Por Ambar Segura | 17 de Oct. 2024 | 6:25 am

Recientemente, el Ministerio de Salud actualizó las directrices con respecto a la vacuna contra la fiebre amarilla. Anteriormente, las zonas de riesgo de transmisión incluían excepciones dentro de ciertos países; sin embargo, ahora se considera todo el territorio del país como zona de riesgo.

En la nueva actualización se establece para América que los países que ahora se consideran de riesgo, y para los cuales se exige la vacunación contra fiebre amarilla, son los siguientes: Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, Guyana, Guyana Francesa, Paraguay, Perú, Surinam, Venezuela y Trinidad y Tobago. Además, se le suman países en África.

Debido a que la vacuna no es parte del esquema de vacunación obligatoria, debe comprarse en farmacias privadas y se aplica una sola vez en la vida.

Después de vacunarse, la persona recibe un documento en la farmacia, que debe presentar en la Dirección de Área Rectora de Salud correspondiente a su lugar de residencia, donde le darán el carné.

Si un pasajero no cuenta con dicho carné, no podrá salir del país. Por otro lado, los extranjeros que lleguen a Costa Rica y no presenten el Certificado Internacional de Vacunación contra la Fiebre Amarilla ante la autoridad migratoria, no podrán ingresar al territorio nacional.

Con respecto a los pasajeros de cruceros, Salud confirmó que se está realizando una revisión a la normativa para definir los requisitos.

Excepciones

La vacunación contra fiebre amarilla es obligatoria para todas las personas, que desean viajar a ciertos países, exceptuando los siguientes casos:

  • Personas menores de 9 meses.
  • Personas que tienen alergia severa al huevo.
  • Inmunosupresión.
  • Personas con enfermedad del timo actual o historia de haberla padecido.

Asimismo, se consideran las siguientes contraindicaciones relativas sujetas a valoración médica:

  • Personas de 60 años o más.
  • Mujeres embarazadas o en lactancia.
  • Hipersensibilidad a la gelatina.
  • Infección asintomática con VIH, con verificación laboratorial de adecuada función del sistema inmune.

También, toda agencia de viajes, grupo turístico o similar, empresa naviera y aerolínea, estará en la obligación de solicitar al viajero que se cumpla con este requisito antes de la compra del pasaje de viaje cuando el pasajero se dirija a un país o zona de riesgo de contagio.

La directriz entrará a regir el 11 de enero de 2025, por lo que este tiempo, según Salud, "las personas podrán continuar viajando a estos destinos y procediendo de los países mencionados sin necesidad de la vacuna, sin embargo, desde el Ministerio de Salud se recomienda aplicarse y prever este requisito"

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