Abogado experto en tributos: Obligaron a clientes de UBER Eats a pagar doble IVA
Experto afirma que Hacienda ha estado cobrando IVA a usuarios de plataforma de delivery sobre una base inflada
(CRHoy.com).- El abogado experto en tributos, Felipe Guevara, del bufete Consortium Legal, afirma que la Dirección General de Tributación (DGT) del Ministerio de Hacienda, debe pagar intereses a aquellos usuarios de la plataforma de entrega de comidas, UBER Eats, a la hora de devolverles montos cobrados en exceso por el impuesto al valor agregado (IVA).
Guevara se basa en lo dispuesto en el artículo 43 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, sobre pagos en exceso y prescripción de la acción de repetición.
El inciso 1 de ese numeral establece que "los contribuyentes y responsables tienen acción para reclamar la restitución de lo pagado indebidamente por concepto de tributos, sanciones e intereses".
Y puntualiza que solo se reconocerá el pago de intereses "si el pago fue inducido o forzado por la Administración Tributaria", y que dichos intereses empezarán a correr a partir del día natural siguiente a la fecha del pago efectuado por el contribuyente.
Según el artículo 58 del mismo Código, los intereses a pagar por parte de la Administración Tributaria se calcularán con fundamento en la tasa de interés resultante de obtener el promedio simple de las tasas activas de los bancos comerciales del Estado para créditos al sector comercial.
"Dicha tasa no podrá exceder en ningún caso en más de diez puntos la tasa básica pasiva fijada por el Banco Central de Costa Rica", establece el artículo.
Guevara explicó que en Costa Rica, para cobrar el IVA a los servicios digitales transfronterizos, como las empresas que los brindan están fuera del país y la ley no permite que la DGT las obligue a pagar impuestos acá, estableció la posibilidad de que el cobro se haga a través de los bancos en el momento en que procesen pagos a estas empresas vía tarjeta de crédito o de débido.
Las empresas de servicios digitales transfronterizos también pueden inscribirse ante la DGT para cobrar ellas mismas el impuesto, de acuerdo con Hacienda.
El abogado recordó que UBER Eats ya aclaró que es una empresa domiciliada en Costa Rica, por lo que es un contribuyente costarricense que cobra el IVA. Esto empeora la situación con el doblo cobro del impuesto al consumidor final, quien es el que paga.
"Tributación no tiene bien parametrizado el tema y al momento en que uno pide por UBER Eats algo, ellos, el restaurante y todo el mundo cobra el IVA correspondiente, y el banco, al momento de procesar el pago, donde ve la palabra ‘UBER' vuelve a sumar el 13% del impuesto. Esto provoca que a mí no solo me cobren doble, sino que me cobren IVA sobre IVA porque la transacción que está procesando el banco ya lleva el impuesto, de UBER Eats y del restaurante", explicó.
Guevara agregó que, entonces, que la DGT está gravando al contribuyente sobre una base muchísimo mayor durante el procesamiento del impuesto, con el grave perjuicio económico que esto implica para los usuarios de la plataforma de entrega de comidas.
"Este es un tema muy particular porque me están obligando a pagar un impuesto que no corresponde por un problema de Hacienda misma y sus disposiciones. Eso en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios se llama un ‘pago indebido' y el pago indebido genera intereses a favor del contribuyente desde el momento en que se hizo. Entonces, no solo deberían de devolverle a las personas el cobro de más del IVA que le hicieron, sino que también deberían de devolverles los intereses", afirmó el experto.
Este miércoles, después de muchas críticas, la DGT dispuso parar el cobro duplicado del IVA a los usuarios de UBER Eats. Los usuarios de otras plataformas de entrega de comidas no han tenido el mismo problema.
Un terreno aún desconocido
La reforma fiscal que entró en vigor hace dos años incluyó la tributación de los servicios digitales transfronterizos, como algunos de los que brinda la plataforma UBER, una empresa localizada totalmente fuera de Costa Rica, pero que tiene participación en la economía del país.
Como se mencionó, la normativa tributaria costarricense no permite cobrarles impuestos directamente a ese tipo de empresas al no estar domiciliadas en Costa Rica, por lo que los entes recaudadores son los emisores de tarjetas de crédito y débido, los cuales no pueden determinar si el usuario está adquiriendo un servicio o comprando un bien, pues algunas de esas empresas ofrecen ambas plataformas en línea.
El cobro de tributos a este tipo de plataformas ha implicado retos para las administraciones tributarias de todo el mundo.
Según Felipe Guevara, el tema ha generado tales complicaciones que incluso la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) analiza en este momento la forma correcta de sujetar al pago de impuestos a la economía digital.
La idea sobre el cual trabaja la Organización, a la que Costa Rica accederá pronto como socio pleno tiene dos pilares, según Guevara.
El primero de ellos es establecer la tributación de estas empresas donde generan una participación significativa en la renta y un segundo pilar que es fijar una contribución mínima en cada país donde operan.
Solo durante el primer mes del cobro del 13% del IVA a los servicios digitales transfronterizos Hacienda recaudó más de ¢1.000 millones según comunicó la propia cartera en noviembre.
