Así fue como el MEIC le dio la espalda a sus propias resoluciones para no liberar precios del arroz
Hubo hasta una resolución del Tribunal Contencioso contra la fijación de precios, que nunca se ejecutó

(CRHoy.com) La historia del Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC) con el mercado del arroz, se ha venido cocinando a fuego muy lento y con evidentes cambios en la receta.
No solo se trata de una historia de constantes incumplimientos a criterios técnicos y resoluciones emitidas por la Comisión para Promover la Competencia (Coprocom) que pujan por una apertura del mercado y de lo cual CRHoy reseñó en este artículo: "Apertura olvidada".
Se trata también de una historia en donde el MEIC le ha dado la espalda a sus propias órdenes y decretos, sazonada en el camino con un cambio ideológico que llevó a esa entidad de promover y hasta ponerle fecha a la desregulación de precios, a apostar ahora por una "seguridad alimentaria" en estrecha alianza con los productores arroceros.
En 2013, un estudio solicitado por el MEIC al Instituto de Investigaciones en Ciencias Económicas (IICE) de la UCR determinó que la fijación de precios que se estaba aplicando hasta ese entonces no estaba dando resultados, pues la productividad del sector no estaba mejorando y los consumidores no se estaban viendo beneficiados.
Eso motivó un decreto publicado en mayo de 2013, donde por primera vez se estableció una fecha como plazo para aplicar la desregulación tarifaria.
El MEIC estaba convencido de que era necesario liberar los precios, pero en ese mismo decreto terminó por establecer regulación sobre todas las calidades de arroz que se vendían en el país. Así, si bien estableció una fecha para desregular, terminó regulando a todo el mercado.
La fecha para destapar la liberalización de precios era marzo de 2014, pero meses antes – en diciembre de 2013- el MEIC recibió comunicaciones de Conarroz en el sentido de que esta organización había avanzado muy poco en crear un mecanismo alternativo de precios.
Este incumplimiento terminó siendo pagado por los consumidores pues la fecha de entrada de desregulación sufrió un atraso: se estableció entonces setiembre de 2014.
Sin embargo, el lobby arrocero se comenzó a sentir con más fuerza. Hubo una reunión en Casa Presidencial que generó un nuevo decreto en enero de 2014, donde de nuevo se trasladó la fecha, esta vez para marzo de 2015. Cuando el día se acercaba, un informe emitido por Conarroz le pidió al gobierno seguir manteniendo la regulación, a lo cual el Ejecutivo cedió.
Esta vez, el decreto por primera vez dejó de hablar de fechas para la entrada en vigencia de la desregulación.
Cambio ideológico en la receta
Con la llegada de la administración Solís Rivera vino también un evidente cambio ideológico en la receta de las relaciones con los arroceros.
El gobierno comenzó a darle importancia a su Plan de Desarrollo en el cual se estipuló la seguridad alimentaria como uno de sus pilares. Implicaba, en resumidas cuentas, un fortalecimiento del sector productivo y del área de siembras para garantizar que los costarricenses pudieran depender menos de las importaciones.
El cambio fue evidente en el informe DIEM-INF-130-16 emitido por la Dirección de Investigaciones Económicas y de Mercados del MEIC, en el cual, a pesar de las recomendaciones planteadas tres años antes por el IICE de promover la apertura, más bien se recomendó mantener la regulación "de manera temporal", pero sin definir plazos.
Esta política de seguridad alimentaria y falta de plazos fue uno de los cuestionamientos emitidos por la Coprocom a este informe de 2016 y el decreto que le otorgó validez, en su reciente resolución del pasado 8 de setiembre:
No se estableció un calendario, ni se mencionaron las medidas adicionales que permitirían el incremento de la productividad del sector, ni cuál sería el mecanismo para medirla apropiadamente, situación que no garantizaba que el proceso de desregulación llegara a concluir, tal y como no lo hizo en el pasado (…) Las principales justificaciones esbozadas en este decreto, para mantener la regulación de precios, tienen que ver con una Política de Estado de seguridad alimentaria (producción y acceso real de alimentos para toda la población), establecida en el Plan Nacional de Desarrollo 2015-2018, en donde se especifica la necesidad de fortalecer la producción nacional de arroz y otros productos sensibles que forman parte esencial de la canasta básica nutricional de los costarricenses.
Desde entonces, los siguientes decretos publicados por el gobierno hasta la fecha no han incluido plazos ni estrategias para la desregulación.
Condena judicial: la historia paralela
Paralelo a esta larga historia se ha venido cocinando a fuego aún más lento un diferendo judicial que ya significó un primer revés para las autoridades de gobierno.
Molestos con el primer decreto publicado en mayo de 2013, la Asociación Consumidores de Costa Rica y la Asociación de Consumidores Libres acudieron al Tribunal Contencioso Administrativo a reclamar porque la normativa establecía nuevas regulaciones hasta ese momento no existentes.
Erick Ulate, presidente de Consumidores de Costa Rica, explicó que en ese momento el gobierno de entonces "metió las patas" porque lo que existía era una regulación para el grano calidad 80-20 (el de mayor consumo a nivel nacional), pero el decreto más bien amplió la regulación a otras calidades; además de que impuso un piso más elevado que los precios de mercado de entonces.

El Tribunal Contencioso resolvió en favor de los demandantes y ordenó anular la mayoría de artículos del decreto de mayo que establecían una regulación en los precios del arroz.
Únicamente dejó vigente el artículo 5, que establecía el plazo de vigencia de la desregulación. En otras palabras, jurídicamente la regulación de precios resultó ilegal.
El problema fue que la sentencia del Tribunal llegó cuando ya el gobierno había emitido otros decretos, cayéndole encima al primero. Es decir, aunque el Tribunal decidió anular los artículos del decreto original, ya para entonces existían otros vigentes que – básicamente- establecían las mismas regulaciones pero con distintas tarifas.
A pesar de que posteriormente hubo un fallo de la Sala I debido a una apelación, el tema quedó en un limbo jurídico, pues nunca se aclaró si la ilegalidad de esos artículos sentaban jurisprudencia que podía extrapolarse al resto de resoluciones de fijación de precios.
Consumidores de Costa Rica planteó un nuevo proceso contencioso, el cual – más de cuatro años después- ni siquiera tiene una resolución en primera instancia.
¿Sirvió la "seguridad alimentaria"?
El cambio de timón ideológico en el MEIC en pro de la seguridad alimentaria pretendía mejorar la eficiencia del sector productivo, de cara a la desgravación arancelaria que enfrentará el mercado producto del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos en 2026.
En julio de 2016 Conarroz envió un nuevo documento al gobierno solicitando afianzar la regulación de precios dada la incertidumbre con las cosechas por el fenómeno de El Niño. El Ejecutivo no vio inconvenientes y estableció el nuevo decreto de regulación.
Según los registros del Instituto Meteorológico Nacional, el fenómeno de El Niño golpeó con fuerza el país en el periodo entre noviembre de 2014 y mayo de 2016.
El informe anual de labores de Conarroz registra que para el periodo 2015-2016 al 2016-2017 hubo un incremento en la producción, pero a partir de allí y ya sin el fenómeno presente, la producción y el área sembrada han venido en picada.
Así, después de alcanzar el pico en 2016-2017, la producción ha caído un 25%, y el área sembrada un 33% desde 2015, a pesar de ser el fuerte de los años bajo la cobija de la "seguridad alimentaria" promulgada desde la administración Solís Rivera.
En palabras de la Coprocom, aludir a la productividad para establecer la fijación de precios no es adecuado:
La mejora en la productividad resulta una justificación inadecuada para un mecanismo como el decretado, que impacta a toda la agrocadena, llegando al consumidor final, dado que es una variable que se ve impactada por factores tanto endógenos como exógenos. Los factores endógenos, ameritan de una política directa de apoyo al agro, por parte del Ministerio rector en la materia (MAG), y por su parte, los aspectos exógenos como los factores climatológicos, son una constante realidad con la que deben lidiar todos los productores agrícolas del país, independientemente del tipo de cultivo, situación que no resulta "anormal" ni "excepcional" de conformidad con lo estipulado en la Ley Nº 7472 y su Reglamento. De manera que, no resulta válida la justificación de aplicar un mecanismo de regulación que va desde el precio pagado al productor, hasta el monto que enfrenta el consumidor final de arroz, basándonos en una variable que resulta bastante volátil, y que amerita la aplicación de una política pública específica en materia agrícola.
La liberación en los precios del arroz fue una de las recomendaciones recientes realizadas por la OCDE, y a pesar de que el gobierno ha venido aplicando reformas y cambios en otras áreas de la administración aludiendo a este organismo, en el caso del arroz ha preferido mantener la olla cerrada, a la espera de lo que una nueva comisión de trabajo decida.
Sobre este tema se procuró la opinión de la ministra de Economía Victoria Hernández, pero al momento de realizar este artículo se encontraba en Ciudad Neilly reunida con transportistas.