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Entidades deben reportar a Sugef conforme a nuevos estándares de capital regulatorio

Reglas buscan fortalecer la estructura patrimonial

Por Alexánder Ramírez | 8 de May. 2025 | 2:52 pm

Hazel Valverde, superintendente general de entidades financieras. (CRH).

A partir del 25 de enero de 2025, entraron en vigor nuevas disposiciones sobre el capital mínimo regulatorio para todas las entidades supervisadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef).

La Superintendencia informó este jueves que se trata de ajustes normativos cuyo objetivo es fortalecer la estructura patrimonial de las entidades supervisadas y, con ello, promover la solidez, estabilidad y sostenibilidad del sistema financiero costarricense a largo plazo.

Estas modificaciones explican, en gran medida, las ligeras variaciones observadas en los indicadores de suficiencia patrimonial de los intermediarios financieros al corte de marzo de 2025, como reflejo de la adaptación al nuevo marco normativo.

El primer ajuste consiste en la redefinición del capital regulatorio y los criterios de admisibilidad de sus componentes.

Anteriormente, el capital se clasificaba en las categorías de "Capital Primario" y "Capital Secundario". A partir de la reforma al Reglamento sobre la Suficiencia Patrimonial de Entidades Financieras, se establece la siguiente estructura:

  • Capital de Nivel 1: Es aquel que sirve como respaldo de la entidad en condiciones normales de operación. Se subdivide en Capital Común de Nivel 1 (CCN1) y Capital Adicional de Nivel 1 (CAN1).
  • Capital de Nivel 2: Es el que se utiliza como reserva para cubrir pérdidas en casos excepcionales, como una eventual liquidación.

La Sugef explicó que este cambio implica criterios más rigurosos sobre los instrumentos financieros que pueden incluirse dentro del capital regulatorio, con base en factores como la flexibilidad en los pagos, los requisitos de transparencia y la capacidad de absorción de pérdidas, con el fin de fortalecer la calidad del capital.

El segundo ajuste consiste en la incorporación de dos requerimientos patrimoniales adicionales, cuyo objetivo es que las entidades mejoren su capacidad de respuesta ante situaciones complejas: el colchón de conservación de capital y el colchón de importancia sistémica.

La aplicación de estos requerimientos se implementará de forma gradual entre enero de 2026 y enero de 2029, con el propósito de asegurar una adaptación progresiva de los intermediarios a los nuevos niveles exigidos.

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Suficiencia patrimonial

A marzo de 2025, la suficiencia patrimonial por banco era la siguiente:

Bancos públicos:

  • Banco de Costa Rica (BCR): 15,25 %
  • Banco Nacional (BN): 14,32 %
  • Banco Hipotecario de la Vivienda (Banhvi): 56,06 %
  • Banco Popular (BP): 20,99 %

Bancos privados:

  • BAC San José: 13,44 %
  • Banco CMB: 29,28 %
  • Banco General: 31,70 %
  • Banco BCT: 15,94 %
  • Banco Cathay: 13,55 %
  • Banco Davivienda: 14,90 %
  • Banco Improsa: 16,91 %
  • Banco Lafise: 14,44 %
  • Prival Bank: 72,32 %
  • Banco Promerica: 14,48 %
  • Scotiabank: 18,63 %

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