¿Es posible reducir las pensiones altas sin reñir con convenios internacionales?

(CRH).
Un proyecto de ley presentado por la fracción del partido Unidad Social Cristiana (Pusc) pretende poner un impuesto a todos los montos de las pensiones que sobrepasen ¢1,5 millones, con el fin de que aporten solidariamente con el régimen que las origina.
¿Este recorte podría reñir con convenios internacionales, como el 102 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), que protege el derecho de los trabajadores a la pensión y a que no se vulnere sus ingresos?
Para Randall González, abogado experto en materia laboral, las regulaciones internacionales, como el convenio 102 (ratificado por Costa Rica en marzo del año 1972), no diverge de lo que se plantea el proyecto.
Explicó que el convenio lo que establece son criterios mínimos sobre normas de seguridad social. En ese sentido, Costa Rica no estaría incumplimiento esos criterios mínimos al establecer mecanismos de regulación de su régimen de pensiones interno, pues siempre estaría dentro de los parámetros recomendados por esa normativa internacional.
González explicó que las pensiones, como derecho, no pueden ser reducidas en sentido técnico. Esto quiere decir que, si una persona –por ejemplo- recibe ¢11 millones de pensión mensual, no se le podría decir que de ahora en adelante no recibirá ese monto, y que empezará a recibir por ejemplo la mitad.
Pero el monto bruto que recibe el pensionado sí se puede ver afectado o reducido, si se aprueba una ley que establezca una especie de aporte solidario, que al impactar el monto bruto, hace que el monto neto recibido por el pensionado pueda ser mucho menor.
En resumen, la pensión bruta se mantendría en ¢11 millones, pero en adelante la pensión neta sería reducida.
"Son privilegios"
Para el diputado Pedro Muñoz, proponente del proyecto, la iniciativa no tiene roces con los convenios internacionales en materia laboral, porque se resguarda montos que aseguran la protección de las personas más necesitadas.
"El derecho laboral existe para proteger a los trabajadores desprotegidos y necesitados; los que necesitan protección de los patronos, de los abusos y desigualdades. Pero el derecho laboral no es para proteger privilegios", manifestó el socialcristiano.
En opinión del legislador, el proyecto no busca afectar los recursos que ya recibieron estas personas, pero sí limitar lo que recibirán en el futuro.
"No se cobrará nada por lo que ya recibieron, pero el abuso no causa derecho. Un millón y medio de colones estará exento y a partir de ahí habrá una escala progresiva. Quien reciba ¢10 millones, pagará casi la mitad del impuesto", defendió.
Para Muñoz, las personas que reciben estas pensiones no tienen derechos adquiridos, pues el monto que cotizaron no sería suficiente para sostener los beneficios que reciben. "Esto vendría, más bien, a dar solidez a un sistema que no está balanceado", dijo.
González añadió que las pensiones sí se pueden modificar en cuanto a su monto y otros aspectos con leyes que no sean retroactivas por temas de derechos adquiridos o situaciones consolidadas.
Esto implica que sí se pueden estructurar de manera diferente para los futuros pensionados.
"Ahora bien, considero que las pensiones actuales si pueden ser reguladas mediante leyes que manteniendo las condiciones adquiridas, generen la obligación de contribuir con aportes que impacten el monto neto a recibir por parte del pensionado", comentó.
La fracción del Pusc señaló que en un país con serias limitaciones fiscales y con un nivel alto en los índices de pobreza, le corresponde al Estado garantizar que todos los ciudadanos tengan derecho a jubilarse.