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¡Evite multas!.. Siga 10 pasos para declarar renta

Más de 570.000 declaraciones deberán realizarla este año

Por Tatiana Gutiérrez | 29 de Sep. 2016 | 5:59 am
Los contribuyentes deberán declarar antes del 30 de setiembre. CRH.

Los contribuyentes deberán declarar antes del 30 de setiembre. CRH.

Si tiene una empresa o es un trabajador independiente, recuerde que este 30 de septiembre es el cierre fiscal y hasta el 15 de diciembre tiene tiempo para entregar su declaración y pagar el impuesto de renta sobre el periodo fiscal correspondiente.   El 30 de noviembre vence el plazo para la declaración informativa.  

Para cumplir con este requisito debe tomar en cuenta los siguientes aspectos.

1) Presentar una lista de ingresos, gastos y utilidades obtenidos en el último año comprendidos entre el 1 de octubre del 2015 y el 30 de setiembre del 2016.  Lo más  recomendable es que la información sea revisada por un contador.

Para el vocero del Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica, Sergio Blanco, en caso de que no pueda pagar por estos servicios puede solicitar asistencia a esta agrupación.

Las autoridades de Hacienda confirmaron que la Administración Tributaria no brinda información u orientación de carácter contable, pero con el fin de que se incentive el cumplimiento voluntario se brindará asistencia a los contribuyentes en las áreas de servicio, mediante la orientación correspondiente, para que el contribuyente llene los formularios de declaración en ATV, los presente correctamente por el mismo sitio y realice el pago por conectividad o en las ventanillas de las entidades colaboradoras autorizadas que disponen de este servicio.

Además, todas las administraciones tributarias cuentan con quioscos de ayuda para el contribuyente.

2) Determine qué puede deducir como un gasto y que no. Esto porque según Blanco, algunas personas quieren incluir los desembolsos personales de gastos de combustible, vestimenta, alimentación y educación dentro de los gastos y los mismos no son propios de la empresa por lo que no pueden reducirse.

Tampoco se pueden incluir gastos médicos.

En este punto, el experto aclaró que los vouchers de tarjetas de crédito no funcionan como facturas a la hora de hacer la contabilidad.

De acuerdo con Carla Coghi, socia de Impuestos de Deloitte, los gastos que se deducen son aquellos  útiles y necesarios para la generación de renta. Además, en el caso de los servicios se debe contar con la evidencia del servicio pagado.

3) La persona debe estar inscrita en el Registro Único Tributario de la Administración Tributaria y estar registrada en el portal web ATV para que confeccione y presente su declaración de impuestos.

De acuerdo con la subdirectora de Información y asistencia al Contribuyente de la Dirección de Servicio al Contribuyente de la Dirección General de Tributación, Vilma Mora, en caso que la persona no esté inscrita, debe llenar el formulario D-140 y presentarlo ante la administración tributaria que le corresponde de acuerdo con su domicilio o, en línea a través del sitio web denominado Tribunet, ingresando a www.hacienda.go.cr. , apartado Servicio más utilizados, ícono de Tribunet. Un vez inscrita, debe registrarse en el portal web ATV para que confeccione y presente su declaración de impuestos.

4) Se debe verificar que la contabilidad se haya procesado según las Normas Internacionales que la Información Financiera establece.

5) Es importante tomar en cuenta que el pago y presentación de la declaración del Impuesto sobre la Renta vence en un plazo máximo de 2 meses y 15 días después del cierre fiscal del contribuyente, así las cosas, para aquellos que tienen periodo ordinario, o sea, cierran ahora el 30 de setiembre, tienen tiempo hasta el 15 de diciembre.

6) Ojo la sanción. Si un contribuyente presenta de forma extemporánea la declaración del Impuesto sobre la Renta sufrirá una multa del 50% del salario base, o sea, 212.100. Sin embargo, si el contribuyente paga la sanción en forma voluntaria hay una reducción del 80% quedando el monto de la sanción en 42.420.

7) ¿Cuál plataforma informática debe utilizar? El año pasado se utilizaba el Eddi7 que era una herramienta para la preparación de declaraciones que fue sustituida por ATV. En este momento, Eddi7 ya no está vigente, las únicas dos plataformas para la preparación de declaraciones autoliquidativas son: Tributación Digital que solo está disponible para grandes contribuyentes y grandes empresas territoriales y ATV (Administración Tributaria Virtual) que es el sistema que utiliza la mayoría de contribuyentes.

8) Verifique si está moroso y cuánto le adeuda a Hacienda. La lista de morosos certificados por las administraciones tributarias se actualiza y publica cada mes en www.hacienda.go.cr, apartado "Registros y listados de interés".

9) En caso de que el obligado tributario (contribuyente) sea una entidad jurídica, su representante legal será el único que puede presentar las declaraciones.  El obligado tributario puede autorizar a uno o más usuarios para que presenten la declaración de impuestos a su nombre; asimismo, tiene la opción de confeccionar y presentar las declaraciones en línea o fuera de línea. ATV valida los montos ingresados de la declaración para su presentación y cumplimiento de la obligación.

10) El pago respectivo debe realizarse por conectividad bancaria, mediante el pago en línea con la entidad bancaria de su preferencia, o bien en las cajas de las entidades recaudadoras que brindan este servicio.

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