Hacienda crea herramienta de consulta sobre morosos
La lanzó el Ministerio de Hacienda esta semana
Con el fin de que los contribuyentes verifiquen su propia condición tributaria, conocer quienes están en situación de incumpliento con el fisco e impedir que quienes estén en esa condición puedan realizar negocios con el Estado u obtener autorización de otros trámites en instituciones públicas, se creó la plataforma Morosidad Tributaria.
Es el servicio de consulta pública puesto a disposición en la página web del Ministerio de Hacienda desde esta semana.
La nueva plataforma incluye la información de quienes no han presentado las declaraciones de autoliquidación (omisos), por ejemplo las que corresponden a los impuestos sobre la renta, general sobre las ventas y el régimen simplificado.
También muestra personas que estén obligados según la actividad económica y régimen en que estén inscritos; la información de la inscripción y obligaciones tributarias y las deudas que se encuentran asignadas para gestión de cobro administrativo en la Dirección General de Tributación.
Esta herramienta de consulta se complementa con las ya existentes de morosidad del impuesto solidario para el fortalecimiento de los programas de vivienda y del impuesto a las personas jurídicas, las cuales se integrarán próximamente en una sola para facilidad del usuario.
De momento, las deudas que se encuentren en cobro judicial o sobre las que aún no se ha iniciado la gestión de cobro no se visualizarán en esta herramienta de consulta. Sin embargo se irán incorporando una vez ejecutados algunos procesos pendientes de imputación de pagos y aplicación de retenciones a cuenta.
"A diferencia de lista de morosos que se viene publicando en la página web del Ministerio desde hace varios años, conformada con la información de las deudas certificadas por los gerentes tributarios, esta nueva lista incluirá todas las deudas que han sido asignadas para gestión de cobro, aunque se encuentren en etapas iniciales del proceso", explicó Carlos Vargas, director General de Tributación.
El funcionario aclaró que la lista se actualizará cada 24 horas. Por otra parte cuando el contribuyente cumpla con su obligación tributaria o demuestre estar al día y así lo comunique a la Administración, esta deberá verificarlo y excluirle de la lista en un plazo no mayor de tres días hábiles.
En caso de que no se pueda hacer en ese plazo, se le retirará temporalmente de la lista de morosos y omisos, sin perjuicio de volverlo a incluir si al finalizar el estudio se concluye que tiene algún incumplimiento.
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