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MEIC: 88 % de luces y adornos navideños incumplen etiquetado

Por Alexánder Ramírez | 19 de Nov. 2025 | 1:00 pm

Imagen con fines ilustrativos. (Tomada de Internet).

Un 88 % de las luces y adornos navideños que se venden en comercios incumple los requisitos de etiquetado, según una inspección realizada por el Ministerio de Economía, Industria y Comercio (MEIC).

La revisión se efectuó los días 5, 10 y 11 de noviembre en 14 comercios ubicados en seis cantones de Alajuela, Cartago, Heredia y San José, donde se analizaron 16 productos para verificar el cumplimiento de las especificaciones técnicas y la información mínima requerida en el etiquetado, según lo establecido en el reglamento "RTCR 510:2023 Productos eléctricos. Series de luces, adornos navideños y figuras decorativas de uso doméstico. Especificaciones y etiquetado".

La inspección se centró en requisitos obligatorios que permiten garantizar la seguridad eléctrica y la trazabilidad del producto, tales como:

  • Nombre y dirección del importador.
  • País de origen.
  • Tensión de entrada.
  • Potencia.
  • Instrucciones de precaución.
  • Indicaciones de uso (interior/exterior).
  • Longitud.
  • Cantidad y tipo de luces.
  • Número de lote.
  • Fecha de fabricación.
  • Instructivo y documento técnico.

Análisis de los resultados

Los hallazgos evidencian que, de los 16 productos revisados, el 88 % (14 productos) incumple los requisitos.

Asimismo, del total de productos inspeccionados, el 32 % presenta un solo incumplimiento, mientras que el 56 % registra más de uno, lo que evidencia fallas en la información obligatoria del etiquetado.

Acciones administrativas

El MEIC emitió 14 prevenciones a comercios y distribuidores para subsanar los incumplimientos detectados. Los establecimientos cuentan con 10 días hábiles para realizar los ajustes y presentar una declaración jurada con la evidencia de corrección.

Una vez vencido el plazo (25 de noviembre), quienes no presenten la documentación requerida serán denunciados ante la Comisión Nacional del Consumidor (CNC), lo que podría derivar en sanciones que van desde ¢4.600.000 hasta ¢18.400.000, de acuerdo con el artículo 57 de la Ley 7472, Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor.

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