Organización estadounidense impugna nuevos aranceles impuestos por Trump
El Liberty Justice Center, una organización sin fines de lucro de Estados Unidos que funciona como un bufete legal de interés público, presentó este viernes una demanda ante el Tribunal de Comercio Internacional de Estados Unidos para impugnar los aranceles de reemplazo impuestos por el Gobierno de ese país.
Los nuevos aranceles entraron en vigor a las 12:01 a. m. del 24 de julio, inmediatamente después de que finalizara el recargo temporal de 150 días. Estas tarifas imponen tasas del 10 % o del 12,5 % a productos de 80 países, que representan el 99,4 % de las importaciones de Estados Unidos. Según el Gobierno estadounidense, esos países no penalizan la producción de mercancías elaboradas con trabajo forzoso que posteriormente se importan a ese mercado.
La demanda argumenta que el Gobierno no puede mantener una política arancelaria global predeterminada simplemente cambiando de una ley a otra.
Indica que la Sección 301 de la Ley de Comercio de Estados Unidos de 1974, una herramienta legal que otorga al Poder Ejecutivo la autoridad para investigar y sancionar prácticas comerciales desleales, discriminatorias o que afecten el comercio estadounidense, permite adoptar medidas contra actos, políticas o prácticas extranjeras específicas solo después de que el Representante Comercial de Estados Unidos (USTR, por sus siglas en inglés) emita las conclusiones requeridas por el Congreso y seleccione una medida destinada a eliminar la práctica identificada.
La demanda fue presentada en nombre de dos pequeñas empresas estadounidenses: Burlap & Barrel, una tienda en línea con sede en Nueva York que vende especias de origen único directamente de pequeños agricultores y cooperativas de productores, y Collective Horology, una tienda y distribuidora de California que apoya a relojeros independientes al presentar sus relojes —incluidos los fabricados por artesanos estadounidenses, suizos y de otros países europeos— a consumidores de todo Estados Unidos.
"El trabajo forzoso es moralmente indefendible, pero un objetivo importante no le da al Gobierno permiso para ignorar la ley", declaró Sara Albrecht, presidenta y directora ejecutiva del Liberty Justice Center.
"La administración permitió que expirara un arancel global e inmediatamente lo reemplazó por otro al amparo de una ley diferente. Cambiar de ley no cambia la ley misma. Toda autoridad arancelaria tiene límites y toda administración debe respetarlos".
Investigación
El 12 de marzo de 2026, menos de tres semanas después de que la Corte Suprema de Estados Unidos dictaminara que la Ley de Poderes de Emergencia Internacional (IEEPA, por sus siglas en inglés) no autoriza aranceles presidenciales, la Oficina del Representante Comercial de Estados Unidos (USTR) inició 60 investigaciones para determinar si las economías identificadas prohibían efectivamente las importaciones de productos elaborados con trabajo forzoso.
El 23 de julio, apenas unas horas antes de que los nuevos aranceles entraran en vigor, la USTR impuso aranceles a productos provenientes de esas 60 economías.
La medida final mantuvo, esencialmente, la misma estructura de dos niveles: aranceles del 10 % para ciertas economías y del 12,5 % para otras, con exenciones específicas y un tratamiento diferenciado para algunos socios comerciales.
La USTR actuó tras recibir más de 1.600 comentarios y celebrar una audiencia de tres días. Su notificación reitera que las tasas, el alcance y las exenciones fueron seleccionados "de conformidad con las instrucciones específicas del presidente".
La demanda alega que la USTR convirtió las investigaciones individuales en un programa arancelario global estandarizado, sin establecer adecuadamente, economía por economía:
- El acto, la política o la práctica gubernamental específica que se impugnaba.
- Cómo esa práctica perjudica o restringe el comercio estadounidense.
- Por qué la tasa arancelaria seleccionada es apropiada y factible.
- Cómo los aranceles sobre los productos afectados eliminarán la práctica identificada.
Medida arbitraria
La demanda también sostiene que la USTR actuó de manera arbitraria y caprichosa al imponer aranceles casi uniformes a 60 economías sustancialmente diferentes, sin una explicación razonada y sustentada en datos sobre cómo esas tarifas abordarían las prácticas identificadas.
El caso no cuestiona que los gobiernos deban combatir el trabajo forzoso. Lo que cuestiona es la autoridad de la USTR para imponer aranceles generalizados sin cumplir los requisitos de determinación y de medidas correctivas específicas para cada país.
Los aranceles abarcan importaciones legales sin ninguna conexión demostrada con el trabajo forzoso, incluidos productos importados por pequeñas empresas estadounidenses con cadenas de suministro transparentes y responsables. La demanda alega que la USTR no explicó cómo la imposición de estos gravámenes provocará que los gobiernos extranjeros modifiquen sus políticas de importación.
"Esta es la tercera vez que la administración intenta imponer su política arancelaria global sin respetar los límites legales", declaró Jeffrey Schwab, asesor jurídico principal y director de litigios del Liberty Justice Center.
Tras el rechazo del Tribunal Supremo al uso de la IEEPA por parte del Gobierno, este impuso el recargo temporal previsto en la Sección 122, que faculta al presidente de Estados Unidos para imponer recargos temporales a las importaciones de hasta un 15 %.
Si bien el Tribunal de Comercio Internacional declaró ilegal dicho recargo, este se mantuvo vigente durante la apelación presentada por el Gobierno.
El Gobierno concluyó el procedimiento de la Sección 301 durante los 150 días de vigencia de la Sección 122 y los nuevos aranceles entraron en vigor al expirar ese recargo.
La demanda solicita al Tribunal de Comercio Internacional que declare ilegales los aranceles, impida su aplicación y preserve la capacidad de los demandantes y de los miembros propuestos del grupo para obtener una compensación total por todas las importaciones afectadas, incluido el reembolso de los aranceles ya pagados, con sus respectivos intereses.
