País abre fronteras aéreas a turistas provenientes de México y Jamaica
Ampliaron lista de estados de EE.UU. con aval: Ohio se suma a california a partir de esa fecha
(CRHoy.com). Gustavo Segura, ministro de Turismo, actualizó la lista de aperturas de fronteras aéreas para turistas extranjeros.
El funcionario confirmó que los turistas provenientes de México (que envió más de 97 mil visitantes en 2019) podrán ingresar a partir del 1º de octubre como turistas, cumpliendo con los requisitos ya conocidos.
De igual manera, a partir de esa misma fecha, se ampliará esta posibilidad para los visitantes provenientes de los estados de Ohio y California, Estados Unidos. De igual manera, también para los visitantes provenientes de Jamaica.
De acuerdo con Segura, a este 24 de setiembre no ha habido turistas extranjeros que hayan ingresado al país con el COVID-19 o que, durante su estancia aquí, se hayan contagiado en el territorio nacional.
Previamente, Costa Rica había autorizado la entrada de extranjeros provenientes por la vía aérea de los siguientes países: Japón, Tailandia, China, Australia, Nueva Zelanda, Uruguay, Unión Europea, Reino Unido, Canadá, Estados Unidos (serán 21 estados al 1° de octubre), México y Jamaica (estos dos a partir del 1º de octubre).
Los estados de EE.UU. de los cuales los turistas pueden ingresar al país son: Maryland, Virginia, Distrito de Columbia (D.C.), Nueva York, Nueva Jersey, Vermont, Maine, Nueva Hampshire y Connecticut, Pensilvania, Massachusetts, Colorado, Washington, Oregon, Wyoming, Arizona, Nuevo México, Michigan y Rhode Island, California y Ohio (estos dos últimos a partir del 1º de octubre).
Estos son los requisitos para los extranjeros que ingresarán:
- Deberán provenir de alguno de los países o estados autorizados por medio de vuelos comerciales o vuelos privados.
- Turistas procedentes de EE.UU. deberán aportar licencia de conducir o la Cédula de Estado (State ID) que los acredite como residentes del estado autorizado.
- Deberán completar el formulario digital denominado Pase de Salud.
- Deberán demostrar que cuenta con un seguro de viaje, nacional o internacional, que cubra los gastos de alojamiento y gastos médicos generados por la enfermedad COVID-19.
- En caso de que se presente seguro colectivo (grupo familiar), la cobertura deberá ser suficiente para cubrir los gastos de alojamiento y médicos generados por la enfermedad COVID-19 a cada una de las personas que abarque.
- Deberán presentar un documento que demuestre haberse realizado dentro de las 72 horas (antes era de 48 horas) anteriores a la salida el vuelo hacia Costa Rica, una prueba de PCR-RT de COVID-19, con resultado negativo.
- Este documento deberá presentarse en idioma español o inglés. Deberán presentar el visado correspondiente según su nacionalidad o, en su defecto, la autorización de ingreso excepcional por parte de las autoridades correspondientes.