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Sala IV ordena al BN entregar información a Fiscalía de Colegio de Ciencias Económicas

Por Alexánder Ramírez | 1 de Mar. 2024 | 1:54 pm

Banco Nacional de Costa Rica. (Archivo/CRH).

La Sala Constitucional ordenó al Banco Nacional de Costa Rica (BNCR) entregar copia de los atestados académicos de funcionarios de esa entidad requeridos por la Fiscalía del Colegio de Ciencias Económicas de Costa Rica (CCECR).

La decisión la tomó después de declarar con lugar un recurso de amparo presentado por un fiscal del CCECR, quien indicó que dentro del proceso de revisiones de oficio que realiza la Fiscalía, en el ejercicio de sus competencias, se solicitan los atestados académicos requeridos para cada uno de los funcionarios de los cargos de cada puesto.

Esto, con el fin de determinar cuáles puestos corresponden a las Ciencias Económicas y, en consecuencia, deben estar incorporados a ese Colegio profesional.

Sin embargo, aseguró que por oficio N° DDH-412-2023 de 15 de agosto de 2023 la encargada de Planificación y Gestión de Desarrollo Humano del BNCR indicó lo siguiente: "en cuanto a la solicitud de la copia de atestados académicos asociado a cada caso, se hace de su conocimiento que esta información es confidencial, pues forma parte del expediente personal".

Mencionó que al no recibir la información solicitada la Fiscalía remitió en forma física a la Dirección Corporativa de Desarrollo Humano del Banco Nacional varios oficios mediante los cuales solicitó la información nuevamente.

Sin embargo, adujo que a la fecha en la que interpuso el recurso de amparo no había recibido la información solicitada.

"Se ordena a Jaime Murillo Víquez, en su condición de Subgerente General de Operaciones, y a Maritza Fuentes Salas, en su condición de Directora de Desarrollo Humano; ambos funcionarios del Banco Nacional de Costa Rica, o a quienes ejerzan esos cargos, que dentro del plazo de diez días, contado a partir de la notificación de esta sentencia, se entregue al recurrente la información solicitada (atestados académicos requeridos para cada uno de los funcionarios de los cargos de cada puesto requerido), que se encuentra en sus expedientes laborales, salvaguardando eventuales datos sensibles y de acceso restringido protegidos por el artículo 24, de la Constitución Política y la Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales, Ley Nº 8968", sentenció la Sala.

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