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Trabajadores independientes podrán deducir 25 % de ingresos sin comprobantes

Por Alexánder Ramírez | 18 de Dic. 2025 | 9:29 am

Imagen con fines ilustrativos. (CRH).

Los trabajadores independientes podrán deducir el 25 % de sus ingresos sin comprobantes para el pago del impuesto sobre la renta a partir del 1.º de enero de 2026.

El Colegio de Contadores Públicos de Costa Rica informó este jueves que el cambio es producto de una reforma aprobada por la Asamblea Legislativa al inciso s) del artículo 8 de la Ley del Impuesto sobre la Renta. Esta modificación formó parte de las iniciativas impulsadas en 2025 por esa organización, como parte de un paquete de proyectos de ley cuyo propósito es brindar seguridad jurídica y beneficios a los contribuyentes.

La reforma se publicó en el Alcance n.º 158 de La Gaceta n.º 233, el jueves 11 de diciembre de 2025.

Esta reforma permitirá a los sujetos pasivos que presten servicios personales (carpinteros, estilistas, fontaneros, entre otros), sin que medie relación de dependencia con sus clientes, así como a agentes vendedores, agentes comisionistas y agentes de seguros, deducir los gastos necesarios para producir sus ingresos gravables. Alternativamente, podrán acogerse a una deducción única del 25 % de los ingresos brutos gravables por el impuesto sobre la renta, sin necesidad de presentar prueba alguna.

Dunia Zamora, presidenta del Colegio de Contadores Públicos, explicó que esta reforma genera dos opciones para tributar en el impuesto sobre la renta de utilidades:

  • La primera consiste en deducir los gastos útiles, necesarios y pertinentes para producir los ingresos gravables, siempre que estén debidamente respaldados con comprobantes y cumplan con las normas generales de deducibilidad.
  • La segunda opción permite acogerse a una deducción única del 25 % de los ingresos brutos de la actividad, según corresponda, sin necesidad de presentar comprobantes. Esta alternativa busca simplificar el cumplimiento tributario, especialmente para contribuyentes con estructuras de gastos difíciles de documentar.

Zamora aclaró que no es posible combinar ambas opciones. "El contribuyente debe elegir una sola modalidad de deducción al momento de presentar su declaración del impuesto sobre la renta".

El Colegio de Contadores Públicos enfatizó que esta reforma no crea nuevos impuestos ni modifica las tarifas existentes, sino que ratifica el derecho de los contribuyentes a escoger el mecanismo de deducción que mejor se ajuste a su realidad económica.

Además, esta medida facilita el acceso a fuentes de financiamiento y a la bancarización lícita, con tasas de interés de mercado, lo que reduce el riesgo de recurrir a otro tipo de fuentes. Asimismo, al formalizarse, los contribuyentes podrán acceder a otros mecanismos de apoyo a los emprendedores.

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