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EE. UU. aclaró los delitos por los que se les acusa a Celso Gamboa, “Diosito” y “Profe”

Fiscalía de EE. UU. redefine cargos y explica cómo funciona la asociación delictuosa, un delito que permite imputar a Celso Gamboa, Pecho de Rata y alias Profe

Por José Adelio Murillo | 25 de Ago. 2025 | 5:51 am

La Fiscalía de Estados Unidos aclaró las acusaciones contra los extraditables Celso Gamboa, Edwin Danney López Vega, alias Pecho de Rata, y Jonathan Álvarez Pérez alias Profe, con el fin de evitar que se libraran de uno de los delitos que se les imputan como presuntos cabecillas del narcotráfico internacional.

Tal como reveló CR Hoy pocas horas después de la captura de los tres sospechosos, hace dos meses se les atribuían dos delitos de acuerdo con la orden de detención girada, con la cual se avaló el arresto en suelo costarricense hecho por del Organismo de Investigación Judicial (OIJ):

  1. Primer cargo: Conspiración para fabricar y distribuir cinco kilogramos o más de cocaína, con la intención, el conocimiento y la causa razonable para creer que la droga sería importada ilegalmente a Estados Unidos.
  2. Segundo cargo: Fabricación y distribución de cinco kilogramos o más de cocaína, con la intención, el conocimiento y la causa razonable para creer que la droga sería importada ilegalmente a Estados Unidos, además de complicidad en ese delito.

La declaración jurada firmada por el fiscal auxiliar del Distrito Este de Texas, M. Wesley Wynne, en manos de este medio y presentada en la solicitud formal de extradición interpuesta por las autoridades estadounidenses, revela una aclaración en los cargos contra los tres costarricenses.

Ahora, Gamboa, López y Álvarez no son acusados de "conspiración" para traficar, sino del delito de asociación delictuosa para traficar droga. En la declaración jurada, el fiscal aclara que la documentación inicial era tan solo una orden de captura provisional.

Ese primer documento, según explicó Wynne, no determina de forma definitiva los delitos imputados, sino que los tipos penales aplicables se establecen en una acusación formal. Esta fue presentada ante el Tribunal Penal de San José el pasado 14 de agosto. El fiscal enfatizó:

"Bajo la ley de los EE. UU., la orden de detención es simplemente un documento que autoriza a un oficial del orden público a tomar custodia física de un acusado y a llevarlo ante el tribunal para responder a las imputaciones contenidas en la acusación formal. El tipo de detalles en la carátula de una orden de detención con respecto a las imputaciones contra un acusado puede variar según el distrito.

El hecho de que una orden de detención resuma las imputaciones pendientes en palabras, proporcione solo algunas de las citas normativas pertinentes, o simplemente haga referencia a la acusación formal, no altera la validez de la orden de detención para la autorización del arresto de un acusado por todas las imputaciones contenidas en la acusación formal correspondiente.

Bajo la ley de los EE. UU., es la acusación formal, no la orden de detención, lo que controla el número y el tipo de delitos específicos que se le imputan a un acusado."

Es decir, aunque la orden de detención inicial mencionaba distribución de cocaína y conspiración, la acusación formal precisa que el delito es asociación delictuosa.

Portillo cerrado

De acuerdo con el Tratado de Extradición entre Costa Rica y Estados Unidos, una persona no puede ser extraditada por cualquier delito, sino únicamente por aquellos que también estén sancionados en ambos países.

No es necesario que ambas naciones clasifiquen el delito en la misma categoría ni utilicen idéntica terminología; basta con que exista homologación legal.

Este era precisamente el portillo que intentaban utilizar Gamboa y sus defensas para bloquear la extradición, al alegar que en Costa Rica no existe el delito de conspiración. En una entrevista reciente, Gamboa lo expresó de la siguiente manera:

"La conspiración en Costa Rica no constituye delito. (…) Yo estoy seguro que (la extradición) se va a dar, pero que se va a dar torciendo y malinterpretando la ley, porque en Costa Rica no es delito. 

La acusación versa sobre dos temas, conspiración para enviar cinco o más kilos de cocaína a EE. UU. En Costa Rica no existe la conspiración y para que proceda la extradición se requiere identidad normativa, que el hecho sea delictivo en el país que te requiere y en el país en donde estás", dijo Celso en una entrevista con Repretel.

Sin embargo, con la aclaración de la Fiscalía del Distrito Este de Texas, el argumento pierde validez, pues ya no se acusa a Gamboa de conspiración, sino de asociación delictuosa, figura que puede homologarse a la asociación ilícita contemplada en la legislación costarricense.

De esta manera, el delito sí cumple con el requisito de equivalencia normativa y no habría obstáculo legal para la extradición de Gamboa, López y Álvarez.

En Estados Unidos, la asociación delictuosa se entiende como un acuerdo entre dos o más personas para cometer un delito. No importa si ese acuerdo es formal o si simplemente se da de manera verbal o implícita: basta con que exista la intención de violar la ley.

Este tipo de asociación se considera un crimen en sí mismo, aunque no se llegue a ejecutar el delito planeado. Cada persona que se une a ese pacto pasa a ser vista como socia o agente de los demás integrantes.

Además, un acusado no necesita conocer todos los detalles del plan ni las identidades de quienes participan. Con que entienda que se trata de una acción ilegal y decida sumarse, incluso una sola vez y aunque su papel sea menor, puede ser condenado por asociación delictuosa.

En Costa Rica, la ley define la asociación ilícita como la integración de dos o más personas para cometer delitos, sancionando al miembro por el solo hecho de pertenecer a dicha agrupación. Esta figura delictiva, tipificada en el artículo 274 del Código Penal.

Procedimiento distinto

En su declaración, el fiscal Wynne explicó cómo funciona el procedimiento penal en Estados Unidos, distinto al que se aplica en Costa Rica.

Según la legislación estadounidense, una denuncia penal se presenta ante un Tribunal de Distrito con el fin de autorizar el arresto de una persona sospechosa de haber cometido un delito. Antes de emitir la orden de detención, un juez debe verificar si existen pruebas suficientes que establezcan causa probable.

Posteriormente, un fiscal puede presentar esas pruebas ante un gran jurado, un órgano independiente compuesto por entre 16 y 23 ciudadanos seleccionados por el tribunal. Su función es evaluar, de manera autónoma, las evidencias aportadas por las autoridades. Si al menos 12 de sus integrantes consideran que existe causa probable, emiten una acusación formal (indictment).

Este documento detalla los delitos atribuidos, las leyes presuntamente violadas y las acciones que constituyen esas violaciones. Una vez emitida la acusación formal, el juez libra una orden de arresto contra el acusado.

Wynne subrayó que bajo la ley estadounidense es la acusación formal, y no la orden de detención, la que determina los delitos específicos imputados.

En el caso de Celso Gamboa, la acusación se presentó el 1.º de octubre de 2024, el mismo día en que se giró la orden de arresto. Posteriormente, el 9 de julio de 2025, un gran jurado federal del Distrito Este de Texas emitió una segunda acusación formal.

En el caso de Jonathan Álvarez Alfaro, el 12 de mayo de 2021 se emitió una acusación bajo reserva y desde esa fecha se mantiene vigente una orden de captura.

Para Pecho de Rata, el 11 de junio de 2025 un gran jurado federal emitió una acusación de reemplazo. Ese mismo día se giró una nueva orden de detención, aunque ya existía una primera acusación en su contra.

Fiscal reunido con extraditables

Tal como adelantó CR Hoy el viernes, el fiscal texano M. Wesley Wynne, se reunió con Celso Manuel, Edwin Danney y Jonathan Guillermo en los Tribunales de San José, en compañía de agentes de la Administración para el Control de Drogas (DEA).

Durante los encuentros, el fiscal explicó a los tres las posibilidades de colaboración con la justicia estadounidense y la eventual opción de obtener beneficios carcelarios o reducción de pena si aportan información útil sobre otras organizaciones criminales.

Aunque no hubo una negociación formal, fuentes confirmaron que se trató de una especie de tanteo. Las autoridades norteamericanas plantearon la posibilidad de cooperación futura una vez que se concrete la extradición.

La primera reunión fue con Álvarez Alfaro, trasladado desde La Reforma hasta el Primer Circuito Judicial de San José en horas de la mañana, saliendo cerca de las 3:00 p. m. El jueves, en un operativo aparte, fueron llevados Gamboa y López Vega.

Este último fue trasladado en una unidad regular de detenidos conocida como perrera, mientras que el exmagistrado llegó en un vehículo blindado, conocido como La Bestia, y escoltado con chaleco antibalas.

Según las fuentes consultadas, ninguno de los tres rechazó abiertamente la posibilidad de cooperación, pero esperarán a conocer si se concreta la extradición y a evaluar el escenario con sus defensas en Estados Unidos.

De acuerdo con la DEA, Gamboa habría actuado como coordinador del Cártel del Golfo, de origen mexicano, y mantenía vínculos con el Clan del Golfo de Colombia y con el Cártel de Sinaloa.

En 2019 incluso presentó una denuncia en defensa del dictador venezolano Nicolás Maduro y fue designado como su representante legal en Costa Rica. Para las autoridades de EE. UU., Maduro es líder del Cártel de los Soles y está señalado como uno de los mayores narcotraficantes del mundo, con una recompensa de 50 millones de dólares por su captura.

A nivel local, Gamboa es considerado socio de Pecho de Rata, quien según la justicia estadounidense proveía cocaína a Alejandro Arias Monge, alias Diablo, el criminal más buscado en Costa Rica y por quien se ofrecen 500.000 dólares de recompensa.

El exmagistrado también ha representado legalmente a figuras del narcotráfico como Alejandro James Wilson, alias Turesky; Darwin González Hernández, alias Pancho Villa; los colombianos Mario y Jair Estupiñán Montano, alias Pecueca; y Jeison Olivery Alfaro Bustamante, alias Press.

Asimismo, se le vincula con los nicaragüenses Alexander Zacarías Herrera Hernández y Guillermo Gilberto Herrera Hernández, quienes integraban la violenta banda La H bajo identidades hondureñas falsas.

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