Fallo de la Sala IV exige al MEP resolver falta de profesores en escuela de la zona norte
El caso es tramitado bajo el expediente 25-012254-0007-CO

Escuela Luis Gamboa Araya San Carlos
La Sala Constitucional —también llamada Sala IV— dio la razón a una docente de la Escuela Luis Gamboa Araya, ubicada en la zona norte del país, quien interpuso un recurso de amparo contra el Ministerio de Educación Pública (MEP) debido a la ausencia de personal docente en áreas clave del currículo escolar, situación que —según la sentencia— vulnera el derecho fundamental a la educación de los estudiantes.
El caso, tramitado bajo el expediente 25-012254-0007-CO, expone que la recurrente ha debido asumir una sobrecarga de lecciones ante la falta de al menos tres docentes: uno de enseñanza general básica para I y II ciclos, otro de inglés y uno más de formación tecnológica.
Según la educadora, esta situación es consecuencia directa de la implementación de la Ley Marco de Empleo Público, que modificó el sistema de remuneración para el personal de nuevo ingreso, imponiendo el salario global.
Esto ha provocado que muchos docentes hayan optado por no aceptar ampliaciones de jornada ni recargos durante el curso lectivo 2025, lo que ha dificultado la cobertura completa de las necesidades académicas en centros educativos como el mencionado.
La docente también indicó que, a pesar de haber solicitado la creación de los códigos necesarios ante la Dirección de Planificación del MEP para cubrir esas plazas, no obtuvo respuesta institucional, lo que la motivó a presentar el recurso de amparo ante la Sala IV.
Fallo ordena acciones en un mes y plan remedial para estudiantes
La Sala Constitucional declaró con lugar el recurso y ordenó al MEP tomar medidas inmediatas para subsanar las deficiencias señaladas. Concretamente, instruyó a María Fernanda Durán López, directora de Planificación Institucional, y a Anayancy Bonilla Mora, directora regional de Educación de San Carlos —o a quienes ocupen esos cargos— a realizar todas las gestiones necesarias para designar a los tres docentes requeridos.
El plazo otorgado por la Sala es de un mes a partir de la notificación de la sentencia, y, en caso de que las contrataciones no se hayan realizado al momento de la notificación, se deberá proceder de inmediato.
Además, la resolución ordena la elaboración de un plan remedial para que los estudiantes recuperen las lecciones perdidas desde el inicio del curso lectivo 2025 hasta que se cumpla la orden de contratación.