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Fernando Cruz descarta reelegirse como presidente de la Corte

Magistrado constitucional fue electo el 1° de agosto de 2018 como presidente del Poder Judicial

Por Paulo Villalobos | 4 de Jul. 2022 | 8:55 am

(CRHoy.com) El magistrado Fernando Cruz Castro anunció la mañana de este lunes que no buscará la reelección como presidente de la Corte Suprema de Justicia.

La decisión la anunció durante un informe que rindió ante la Corte Plena, después de que se conocieran las propuestas contenidas en la agenda de este 4 de julio.

"Me parece que la Presidencia que he ejercido es Presidencia de transición ante una crisis que por lo menos yo creo que no he olvidado, como la de 2017. Ahí surgieron una cantidad muy importante de propósitos de enmienda y de pretensiones. Algunos se han logrado, otros no se han podido definir. Debo ser muy transparente y directo en el sentido de que no me voy a presentar (a la reelección) y creo que quedaría para la decisión de la Corte quién sería el siguiente presidente", manifestó el alto juez de la Sala Constitucional.

Cruz Castro, de 73 años, fue electo presidente del Poder Judicial el 1° de agosto de 2018, por un periodo de cuatro años. En aquel momento, la institución vivía uno de sus momentos más convulsos en medio de las críticas derivadas por el caso de presunta corrupción conocido como el cemento chino.

Parte de esos señalamientos provocaron la jubilación de Carlos Chinchilla Sandí -entonces presidente- así como de otros magistrados, además de la destitución del otrora alto juez Celso Gamboa Sánchez. Esas salidas colmaron a la Corte de suplentes quienes finalmente eligieron a Cruz Castro; por lo que este último ve oportuno que los propietarios designados por la Asamblea Legislativa tras su nombramiento como presidente elijan a su sucesor para dar legitimidad a esa figura.

"Debo señalar que en general tengo un gran agradecimiento a los compañeros de Corte. Creo que en algunos momentos nos podríamos tratar mejor, pero son parte de los chispazos de un órgano colegiado como este. Estoy muy agradecido por el trato en general. Creo que más allá de esos chispazos a los que me he referido, para mí ha sido un gran aprendizaje esto. Siempre he creído que la cortesía, la compasión, la comprensión son las mejores vías para que algo sea duradero. Aquí puede ejercerse la autoridad", señaló el magistrado constitucional.

El nombramiento de Cruz Castro como alto juez está vigente hasta el 14 de octubre de 2028. Sobre este particular, el presidente no se refirió en su exposición.

¿Qué sigue?

La circular 88-2017 de la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia establece las reglas actuales para las sucesiones en la Presidencia o Vicepresidencia del Poder Judicial, tras una modificación dispuesta por los magistrados el 15 de mayo de 2017.

Esta señala que en caso de vencimiento de la vacante o renuncia del titular, procede una convocatoria a elección en la Corte Plena.

Para ese fin, se abrirá un periodo de inscripción de candidaturas por 15 días y se fijará una fecha para celebrar un debate público en los 15 días siguientes, salvo que haya acuerdo sustentado para adelantar la elección. En ese espacio, los postulantes deben exponer sus ideas y propuestas sobre una eventual gestión institucional.

La sesión de debate y elección será presidida por quien ocupe la Vicepresidencia (en este caso, Patricia Solano Castro), salvo que quien esté en el cargo también aspire al puesto, en cuyo caso la presidirá el magistrado que no sea candidato con mayor tiempo de servicio titular en el Poder Judicial. De darse una igualdad de tiempo, presidirá quien tenga el título más antiguo en el catálogo del Colegio de Abogados, de conformidad con el artículo 32 inciso 1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

El artículo 6 de la circular en cuestión señala que tras el debate, se procederá inmediatamente a una elección secreta. En ella participarán los magistrados titulares o suplentes que estén nombrados ese día. En la misma sesión se realizarán cinco rondas de votación de la siguiente manera: primero tres rondas y de no haber elección (para la que se necesitan 12 de 22 votos) se decretará un receso de al menos veinte minutos. Las rondas restantes iniciarán luego de agotado el tiempo de receso.

De resultar infructuosas las primeras cinco rondas de elección, se convocará una segunda ronda de votación, una semana después, bajo el mismo procedimiento. Durante esa semana, o bien el mismo día designado para la segunda ronda, se podrán proponer nuevas candidaturas. Los candidatos que hubieran participado en el debate de la primera ronda, no están obligados a hacerlo en la segunda.

Si al finalizar esta segunda ronda de votaciones no se logra el consenso necesario para elegir, se convocará a una tercera ronda de votaciones dentro de la siguiente semana, bajo el mismo procedimiento de debate y votación; y así sucesivamente hasta lograr la elección.

Nota del redactor: Esta publicación fue ampliada a las 11:45 a.m. del 4 de julio de 2022.

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