Logo

Fiscalía ya abrió causa penal contra Rodrigo Chaves y 2 jerarcas por tráfico de influencias

Causa persigue posibles presiones indebidas en casos administrativos de Leonel Baruch

Por Paulo Villalobos | 31 de Jul. 2023 | 4:07 pm

(CRHoy.com) La Fiscalía General de la República abrió este lunes una investigación contra el presidente Rodrigo Chaves, a su jefe de despacho y a dos de sus jerarcas, por presunto tráfico de influencias.

A la pesquisa se le asignó el expediente 23-000056-0033-PE, detalló la oficina de prensa del Ministerio Público ante consulta de CRHoy.com.

En la causa figuran, aparte del mandatario, el asesor Gabriel Vargas; el ministro de Comunicación, Jorge Rodríguez; y la presidenta ejecutiva del Instituto Nacional de las Mujeres (Inamu), Adilia Caravaca.

La sumaria se inició a partir de una denuncia que formuló el pasado 25 de julio el empresario Leonel Baruch en contra de los funcionarios antes citados, su esposa en proceso de divorcio, Yafit Ohana; así como el abogado de esta última, Ricardo González.

Esta queja apunta un tráfico de influencias que en apariencia inició con la contribución de Ohana en la elaboración del video de TikTok que usó el ministro de Hacienda, Nogui Acosta, para denunciar un falso "megacaso" de evasión fiscal atribuido a Baruch. A cambio de esto, Chaves -presuntamente- se involucró indebidamente en el proceso de separación de Baruch y Ohana, así como en los trámites de custodia de sus hijos.

"Con el único propósito de proteger a sus hijos menores de edad, Leonel Baruch ha mantenido total reserva frente a las sospechas de abusos del presidente, junto con la señora Ohana, de haber ejecutado actos en claro perjuicio de sus hijos. Dado que ya hoy los desafortunados hechos han resultado públicos, y han dejado de ser una presunción para quedar demostrados como ciertos, no queda otra alternativa que las acciones legales emprendidas hoy contra el presidente de la República y demás participantes en semejantes acciones, guardando la confianza y respeto en la institucionalidad judicial del país", señaló Cristian Arguedas, abogado del empresario en un comunicado de prensa.

La denuncia establece dos hechos en los que los funcionarios habrían incurrido en el delito.

El primero de ellos es una presión indebida ejercida sobre la exministra de Niñez y Adolescencia, Gloriana López Fuscaldo, para que actuara a favor de la esposa del empresario en un caso que se tramita en el Patronato Nacional de la Infancia (PANI) por la custodia de uno de los menores.

Valga recordar que la exjerarca reveló en la Comisión Permanente Especial de Derechos Humanos de la Asamblea Legislativa, que cuatro meses atrás recibió una llamada de Aguilar, quien en ese momento era asesor del presidente y hoy es su jefe de despacho, para solicitarle especial atención al caso de los hijos de Baruch. Además, dijo que le habían dicho que "el jefe" -en referencia a Chaves- le pidió "mucho cuidado" en ese expediente.

No obstante lo anterior, el consejero indicó este lunes bajo la fe del juramento que hizo aquella llamada por "instancia propia", no por solicitud de Chaves. Pero el asesor se acogió a su derecho a no declarar.

El segundo punto tiene que ver con una presión indebida hacia la presidenta del Instituto de las Mujeres, Adilia Caravaca, para que la entidad coadyuvara en favor de Ohana en la demanda de divorcio planteada por Baruch, hace más de cinco años.

Las acciones emprendidas por el Instituto de las Mujeres en el caso de Baruch constan en actas, sin que se consignen las razones que justifican las mismas.

En una de las actas, Caravaca dice sobre la intromisión del Instituto de las Mujeres en el caso de Baruch lo siguiente: "(…) yo sí concuerdo que decir mucho ahorita es como atraer la atención a algo que no nos correspondía (…)".

Dicho acompañamiento coincide con las seis visitas que hizo Ohana a la Casa Presidencial, entre el 7 de julio y el 6 de octubre de 2022, en las que se reunió con diferentes funcionarios, incluido el propio gobernante.

El tráfico de influencias está previsto en el artículo 52 de la Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, que establece:

Será sancionado con pena de prisión de dos a cinco años, quien directamente o por interpósita persona, influya en un servidor público, prevaliéndose de su cargo o de cualquiera otra situación derivada de su situación personal o jerárquica con este o con otro servidor público, ya sea real o simulada, para que haga, retarde u omita un nombramiento, adjudicación, concesión, contrato, acto o resolución propios de sus funciones, de modo que genere, directa o indirectamente, un beneficio económico o ventaja indebidos, para sí o para otro.

Con igual pena se sancionará a quien utilice u ofrezca la influencia descrita en el párrafo anterior.

Los extremos de la pena señalada en el párrafo primero se elevarán en un tercio, cuando la influencia provenga del presidente o del vicepresidente de la República, de los miembros de los Supremos Poderes, o del Tribunal Supremo de Elecciones, del contralor o el subcontralor generales de la República; del procurador general o del procurador general adjunto de la República, del fiscal general de la República, del defensor o el defensor adjunto de los habitantes, del superior jerárquico de quien debe resolver o de miembros de los partidos políticos que ocupen cargos de dirección a nivel nacional.

Comentarios
4 comentarios
OPINIÓNPRO