Logo

Iniciativa que permitiría perdonar deudas municipales choca con pared en la Contraloría

Por Jimena Soto | 13 de May. 2021 | 6:49 am

(Foto: Archivo CRH/ Con fines ilustrativos)

(CRHoy.com)- La Contraloría General de la República (CGR) calificó de impreciso el proyecto de ley presentado por varios diputados que pretende hacer que las municipalidades y los concejos municipales de distrito perdonen las deudas a los usuarios por concepto de morosidad, recargos, intereses y multas, siempre y cuando estos hayan cancelado el principal o llegado a un arreglo de pago.

La iniciativa aplicaría para todo impuesto cobrado por los gobiernos locales desde el año 2019 hasta el primer trimestre de este 2021.

Asimismo, el proyecto de ley pretende habilitar a las municipalidades para que actualicen los montos de las patentes de licores, a los negocios, que se han visto afectados y que no han podido explotar sus licencias a cabalidad.

La propuesta se contextualiza, indicando que desde antes de la declaratoria de emergencia por COVID-19, la economía nacional se encontraba ya en crisis, y que la pandemia lo que ha hecho es agudizarla; situación que ha llevado a que las familias costarricenses, deban tomar decisiones en relación con la distribución de sus recursos, priorizando sus gastos para alimentación y servicios básicos, lo cual incide en las obligaciones como contribuyentes de las administraciones municipales.

Sin embargo, la Contraloría consideró que el proyecto carece de un planteamiento claro y de una delimitación que lo convierta en una medida de contingencia a corto -mediano plazo (cuando se requiera para solventar la crisis por el COVID-19), por lo que esta indefinición podría provocar una seria afectación a largo plazo a las finanzas de los gobiernos locales.

"El proyecto de ley necesita, no solo corregir y aclarar los aspectos señalados en el presente documento; sino que también se considere, la posible afectación que una condonación como la propuesta, puede generar a los ingresos municipales, ya que es necesario basarse en elementos mínimos de discusión como datos, estimaciones e impactos financieros, que coadyuve en la toma de decisiones; información básica que puede ser útil incluso, para proponer medidas alternas a la condonación de deudas, lo cual, en última instancia, no soluciona el problema de fondo que se pretende tratar, que es la incapacidad de pago de algunos contribuyentes", indicó la Contraloría.

Sobre el asunto específico del perdón de las moras,  la Contraloría calificó el articulado como "impreciso y muy general", ya que no existe dentro de la redacción ni se deduce del texto, disposiciones mínimas respecto a cuáles servicios, tasas o impuestos, se aplicará la condonación planteada, o si es una medida de aplicación general sobre cualquier tipo de impuesto, tasa o servicio municipal existente en las municipalidades y los Concejos Municipales de Distrito.

"Un enunciado tan general, que utiliza frases imprecisas como ‘demás obligaciones de carácter municipal', puede alejar la norma de su verdadero fin, que es el beneficio de los contribuyentes y una recaudación real más tangible por parte de los Gobiernos Locales. La utilización de conceptos jurídicos indeterminados, por lo abstracto y general del término, permite muchas interpretaciones, y cuando son al menos 82 municipalidades y 8 CMD, los involucrados; es importante definir cada uno de los aspectos regulados, pues se está legislando para realidades muy distintas, y este tipo de divagaciones crean inseguridad jurídica", indicó la Contraloría.

Además, señalaron que no existe una ubicación temporal en la redacción del artículo, pues a pesar de indicarse que se aplicará sobre deudas del periodo comprendido entre el primer trimestre del año 2019 hasta el primer trimestre del año 2021, no se indica cuál será el periodo de aplicación de la condonación, o si será una disposición sin vencimiento alguno.

La Contraloría advirtió a los diputados que cuando se trate de iniciativas de ley que involucren al sector municipal se debe contar con todos los detalles pertinentes para no minar el régimen y que, en este caso, todos los contribuyentes pueden acogerse a ella en el tanto las municipalidades la apliquen.

Comentarios
0 comentarios