Juicios contra Celso Gamboa estaban agendados antes de solicitud de extradición, pese a lo que dice Chaves
Mandatario dio una serie de datos inexactos: envío a EE. UU. está sujeto a varios pasos previos
El mandatario Rodrigo Chaves Robles faltó a la verdad al insinuar que la Corte Suprema de Justicia simplemente puede desechar los juicios que tiene Celso Gamboa Sánchez por varias causas penales en Costa Rica, para ser extraditado de inmediato a Estados Unidos, país que lo requiere y lo acusa de delitos de conspiración y distribución internacional de cocaína.
Durante su gira en Guanacaste, el gobernante fue consultado y echó la culpa a los magistrados de no haber aprobado aún el envío del extraditable a suelo norteamericano, omitiendo información y tergiversando datos sobre cómo funciona realmente esa solicitud.
"Quisiera hacerle una recomendación a los magistrados de la Corte Plena: tengan cuidado, no jueguen con eso. Entre más pronto salga este señor hacia los Estados Unidos, mejor para el país.
Ustedes tienen una responsabilidad y pueden aplicar sin la menor restricción, el criterio de oportunidad. Yo lo estoy viendo, los ve le pueblo de Costa Rica. No estoy amenazando, es un consejo", indicó en atención a los medios de comunicación.
Sin embargo, estas afirmaciones no son del todo ciertas respecto a lo que realmente ocurre o dicta la ley.
Dato #1: Juicios ya estaban programados
A pesar de las declaraciones del mandatario, lo cierto es que Celso Gamboa tiene desde hace meses agendados tres juicios en su contra por aparentes actos de corrupción cometidos durante su paso por la función pública.
Estos procesos fueron programados incluso desde el año pasado, muchos meses antes de que Estados Unidos presentara formalmente la solicitud de extradición ante la justicia costarricense.
Gamboa fue capturado el 23 de junio del año en curso por el Organismo de Investigación Judicial (OIJ), luego de que el Tribunal Penal de San José recibiera la documentación de la Embajada estadounidense con la solicitud y avalara la detención provisional, ordenándose su reclusión en máxima seguridad en La Reforma.
No obstante, el juicio que enfrenta actualmente por tráfico de influencias corresponde a un segundo debate que se ordenó realizar de nuevo, luego de que se apelara el primer veredicto absolutorio.
Desde 2023 se dispuso la ejecución del nuevo juicio y fue el 11 de setiembre de 2024 cuando se fijó como fecha de inicio el 22 de julio de 2025.
Esto ocurrió meses e incluso años antes de que se conociera la solicitud de extradición, cuando aún ni siquiera se sabía que Estados Unidos lo requería. Gamboa debe enfrentar además otros dos procesos.
Uno de ellos es por el presunto delito de cohecho propio (expediente 17-000015-033-PE), programado del 5 al 30 de enero de 2026 en el Tribunal Penal de Goicoechea. Fue convocado a ese juicio desde el 25 de septiembre de 2024, también mucho antes de que se solicitara su extradición.
El tercer juicio está fijado para marzo de 2026 por el presunto delito de falsedad ideológica. Será tramitado por el Tribunal Penal de Cartago (expediente 19-000218-0622-TP), y, al igual que los anteriores, fue agendado con antelación, según confirmaron los Tribunales a CR Hoy.

Dato #2: No se puede prescindir de los juicios
Por desconocimiento, tergiversación u omisión, Rodrigo Chaves afirmó que el Poder Judicial puede aplicar el criterio de oportunidad para no someter a Celso Gamboa a los juicios pendientes y enviarlo directamente a Estados Unidos. Sin embargo, la ley dice otra cosa.
El Código Procesal Penal regula los trámites judiciales de este tipo y autoriza aplicar el criterio de oportunidad, es decir, la posibilidad de que la Fiscalía se abstenga de ejercer la acción penal contra una persona.
No obstante, el artículo 24 de dicha norma establece que este criterio solo puede aplicarse antes de que el Ministerio Público presente la acusación formal. En el caso de Gamboa, la acusación fue presentada hace años, incluso antes de 2021, cuando se celebró el primer juicio por uno de los casos.
Además, el artículo 22 del CPP establece una limitación importante: el criterio de oportunidad no puede aplicarse cuando se afecte el interés público o si el hecho delictivo fue cometido por un funcionario público en el ejercicio del cargo.
Por tratarse de juicios ya iniciados, la Fiscalía tampoco puede abandonar sus esfuerzos por acreditar la responsabilidad penal del acusado. La Ley de Extradición señala en su artículo 3 que no puede concederse la extradición mientras la persona requerida esté siendo juzgada o haya sido juzgada por un delito culposo.
Dato #3: Magistrados no toman la decisión
Contrario a lo dicho por Chaves, la decisión sobre la extradición no recae en los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, sino en otras instancias del Poder Judicial.
En primer lugar, el Tribunal Penal de San José es el encargado de tramitar la solicitud, por lo que corresponde a un juez de la República resolverla de manera independiente.
Incluso si pudiera aplicarse el criterio de oportunidad en alguna causa —lo cual no es el caso del juicio en curso—, la decisión sobre no seguir adelante con la persecución penal correspondería al Ministerio Público, cuyo jerarca es el fiscal general de la República, Carlo Díaz.
No obstante, según explicaron a CR Hoy fuentes judiciales cercanas a la Fiscalía Adjunta de Probidad, Transparencia y Anticorrupción (FAPTA), esa fiscalía cuenta con independencia funcional respecto del fiscal general, por lo que podría tomar una decisión distinta.
Dato #4: extradición no es inmediata
En la misma línea, Rodrigo Chaves dio a entender que la extradición puede ejecutarse apenas los magistrados lo dispongan, pero no es así.
Tanto el Tratado de Extradición entre Costa Rica y Estados Unidos como la Ley de Extradición costarricense establecen los requisitos y procedimientos que deben cumplirse para extraditar a una persona.
Entre ellos se incluye no solo la solicitud del país requirente, sino también la presentación de pruebas sobre los hechos que se imputan, además de una revisión exhaustiva por parte del tribunal competente.
Según Natalia Gamboa, hermana y abogada del extraditable, el proceso no ha tenido mayor avance hasta ahora.
El exministro y exmagistrado enfrenta un proceso de extradición tras ser requerido por un tribunal en Dallas, Texas, donde se le acusa de conspirar para trasegar y distribuir cocaína a nivel internacional.
La Administración para el Control de Drogas (DEA) lo señala como líder de una organización transnacional de narcotráfico vinculada con el Cártel de Sinaloa, el Cártel del Golfo de México y el Clan del Golfo en Colombia.
Se le atribuye haber facilitado el ingreso de cargamentos de cocaína a Costa Rica —presuntamente con colaboración desde el propio Gobierno— para luego enviarlos hacia Centroamérica y Norteamérica.
Como reveló CR Hoy en setiembre de 2023, Gamboa aseguró a dos de sus supuestos socios —en realidad informantes confidenciales de la DEA— que el Gobierno de Rodrigo Chaves Robles le permitía el ingreso de droga al país.
Actualmente, Gamboa cumple dos meses de detención provisional mientras se define, en otro proceso judicial, si será o no extraditado a Estados Unidos.
El juicio que enfrenta esta semana está relacionado con un presunto caso de tráfico de influencias, en el que habría intervenido para eliminar el nombre del exalcalde Johnny Araya Monge de una causa penal en 2016, durante la campaña municipal de ese año, cuando Gamboa era subjefe del Ministerio Público.