14 diputados bloquean ley contra sicariato y envían consulta a Sala IV

14 diputados de varias fracciones legislativas enviaron a una consulta facultativa a la Sala Constitucional el proyecto de ley que castiga con hasta 40 años de cárcel por sicariato, con lo que bloquearon el texto y frenaron su votación en segundo y último debate en la Asamblea Legislativa.
Se trata del expediente 24.047 "Ley contra el sicariato en Costa Rica", presentado por el diputado de Nueva República, David Segura y que se aprobó en primer debate esta semana tras nuevos cambios al fondo del texto.
Este recurso lo presentaron cuatro diputadas independientes, 5 del PLN, 3 del Frente Amplio, una legisladora del PUSC y una del PPSD.
Diputados que consultan ley contra sicariato
La consulta facultativa de constitucionalidad a la ley de sicariato la firmaron:
- Gloria Navas Montero, independiente
- Danny Vargas Serrano, PLN
- Luis Fernando Mendoza, PLN
- Pedro Rojas Guzmán, PLN
- Vanessa Castro Mora, PUSC
- Priscilla Vindas Salazar, Frente Amplio
- Jonathan Acuña Soto, Frente Amplio
- Rocío Alfaro Molina, Frente Amplio
- Luz Mary Alpízar, PPSD
- Cynthia Córdoba Serrano, independiente
- Francisco Nicolás, PLN
- Paulina Ramírez Portugués, PLN
- Kattia Cambronero, independiente
- Johana Obando, independiente
El principal argumento de los suscritos es que el "sicariato no es un delito como tal", "es una acción que se sustenta en un delito del artículo 112 del inciso 9 del Código Penal".
¿Qué propone la iniciativa?
Con el texto, se adiciona un artículo 112 bis y un artículo 280 bis al Código Penal, Ley N ° 4573, de 04 de mayo de 1970, y sus reformas, para que se lea de la siguiente manera:
Artículo 112 bis – Homicidio por sicariato
"Se impondrá pena de prisión de veinte a cuarenta años a quien, en razón de la pertenencia o participación en una organización criminal, cause la muerte de otra persona, por promesa remuneratoria o encargo", expone el texto.
Artículo 280 bis- Oferta, solicitud o promoción públicas de homicidio por sicariato
"Quien públicamente solicite, ofrezca o promueva servicios de homicidio por encargo, acuerdo o promesa remuneratoria, será castigado con pena de prisión de tres a cinco años".
El texto es claro en que se impondrá la misma pena a quien públicamente ofrezca servicios de preparación o entrenamiento para llevar a cabo el homicidio por sicariato.
Ahora el segundo debate del texto se paraliza en tanto los magistrados constitucionales no resuelvan la consulta presentando por los legisladores.