Vecinos de Pavas tienen 30 años esperando por sistema de aguas residuales

4 de Jul. 2026 | 12:38 am
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Han pasado más de 30 años y los residentes del asentamiento Finca San Juan, ubicado en el sureste de Rincón Grande de Pavas, siguen sin una solución al problema de recolección y tratamiento de aguas negras. La situación refleja décadas de inacción y demora institucional, según concluyó la Sala Constitucional, que ordenó resolver de una vez por todas esta problemática.

Aunque existen dos fondos que, en conjunto, superan los ₡2.000 millones, las obras continúan sin ejecutarse. Ante este panorama, los magistrados condenaron al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU), al Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA) y a la Municipalidad de San José en una sentencia dictada el 27 de marzo de 2026.

La Sala ordenó a las tres instituciones elaborar un plan definitivo para solucionar la crisis, además de pagar las costas procesales, así como los daños y perjuicios ocasionados a la comunidad por la demora y la negligencia.

Origen del problema

El proyecto habitacional Finca San Juan, dividido en las etapas I, II y III, nació como una iniciativa estatal para erradicar los precarios de la Gran Área Metropolitana (GAM) mediante la reubicación de familias en condición de vulnerabilidad. En 1993, el Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS) diseñó los planos originales del entonces denominado "Asentamiento Consolidado San Juan".

Sin embargo, en noviembre de 1995 el IMAS traspasó la finca matriz al INVU, entidad encargada de formalizar el traspaso de los lotes a las familias y entregar las áreas públicas a la Municipalidad de San José. Ese proceso no concluyó sino hasta abril de 2008.

Debido a la sobrepoblación en las etapas I y II, decenas de familias fueron trasladadas a la etapa III, que hasta hoy presenta hacinamiento crítico y ausencia de un diseño urbano adecuado.

Aguas negras a cielo abierto

La Comisión de Gestión Social (Conages), que interpuso el recurso de amparo en representación de los vecinos, explicó ante la Sala que en las alamedas y vías de acceso existen fugas constantes de aguas residuales, acompañadas por la expulsión visible de desechos fecales.

La exposición permanente a estas aguas genera malos olores, representa un elevado riesgo sanitario y afecta directamente la calidad de vida de niños y adultos mayores.

Tras una denuncia vecinal, el Área Rectora de Salud realizó una inspección sanitaria el 18 de junio de 2024 y constató que varias alcantarillas estaban completamente rebalsadas. Además, una regidora de la Municipalidad de San José alertó al AyA de que la acumulación de aguas negras había superado la capacidad de las alcantarillas.

Informes técnicos del AyA revelaron que, durante la construcción de la urbanización, se instalaron ramales de tuberías "ciegas" que nunca fueron conectados entre sí ni a una planta de tratamiento. Los vecinos enlazaron las tuberías de sus viviendas a esos ramales inconclusos, lo que provoca que las aguas negras se descarguen directamente sobre el terreno y terminen desembocando en el río Tiribí.

Millones estancados

La falta de recursos no es la razón por la que las obras no avanzan.  Al contrario, las instituciones públicas mantienen congelados fondos millonarios aprobados desde hace años para resolver el problema.

Uno de ellos corresponde a ₡1.234 millones aportados por el Banco Hipotecario de la Vivienda (Banhvi) desde 2009. El cual tiene como destino mejorar la infraestructura de la tercera etapa, incluidas las redes de agua potable, evacuación de aguas pluviales y alcantarillado sanitario.

A estos recursos se suman otros ₡800 millones que el Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos (MIVAH) transfirió a la Municipalidad de San José. Ese dinero permanece depositado en las cuentas municipales desde el 28 de diciembre de 2021.

Un debate interminable

Los magistrados concluyeron que las instituciones construyeron un laberinto burocrático, amparándose en vacíos legales, oficios sin respuesta y una supuesta "indefinición de competencias".

La Municipalidad de San José sostuvo que chocó contra la falta de respuesta de otras instituciones. El gobierno local intentó ejecutar los ₡800 millones mediante licitaciones públicas en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP). No obstante, un primer concurso, realizado en 2021, fue declarado infructuoso porque ninguna empresa presentó ofertas, mientras que un segundo intento, en 2022, fracasó debido a "defectos insubsanables" detectados por la Proveeduría Municipal.

Por su parte, el INVU alegó que no diseñó ni construyó la infraestructura original, pues esa tarea estuvo a cargo del IMAS en 1993. La institución también afirmó que la magnitud del problema supera los recursos aportados por el BANHVI y el MIVAH de forma individual.

Sin embargo, insistió en que las obras solo pueden ejecutarse una vez que la Municipalidad construya el sistema principal de tratamiento de aguas residuales.

El AyA, por su parte, sostuvo que la red de alcantarillado sanitario colapsada de Finca San Juan no forma parte de sus activos. Por esa razón, aseguró que no cobra tarifas por ese servicio en la zona y que, en consecuencia, no está obligado a brindar mantenimiento a esa infraestructura.

La institución añadió que la red actual es inoperante e imposible de recuperar. Durante las mesas de trabajo explicó que el terreno inicialmente previsto para construir una nueva planta de tratamiento presenta importantes limitaciones: carece del área necesaria, no tiene frente a calle pública y, además, se ubica dentro de la zona de protección del río.

El AyA planteó una alternativa: construir dos estaciones de bombeo en Finca San Juan para impulsar las aguas residuales hacia la Planta de Tratamiento Los Tajos, en La Uruca. No obstante, condicionó la ejecución del proyecto a la realización de desalojos.

El fallo

Los magistrados concluyeron que existe una flagrante "lesión a los derechos fundamentales" debido a la falta de una actuación diligente y oportuna por parte de las tres instituciones para resolver el colapso sanitario.

La Sala fue contundente al señalar que, aunque las instituciones demostraron la firma de convenios, la creación de mesas de trabajo y la gestión de recursos financieros, ninguna de esas acciones se tradujo en la ejecución de las obras necesarias para solucionar el problema.

En el caso del AyA, la Sala Constitucional rechazó por completo el argumento de que la red no forma parte de sus activos. Los magistrados recordaron que el artículo 2 de la Ley Constitutiva del AyA los obliga a "dirigir y vigilar todo lo concerniente para proveer a los habitantes de la República de un servicio de agua potable, recolección y evacuación de aguas negras" en las áreas urbanas.

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