42 personas se ganaron esta multa por andar con patineta en la calle
Sanción económica es de ₡26 mil y amerita decomiso de dispositivo
(CRHoy.com). Entre enero y agosto de este año, la Policía de Tránsito sancionó con ₡26 mil a 42 personas por circular en carreteras con una patineta o patines.
Este tipo de dispositivos, autopropulsado o no, no son permitidos en las carreteras según el Artículo 124 de la Ley de Tránsito.
"La Ley de Tránsito, que justamente cumplirá 11 años de vigencia el próximo 26 de octubre, establece claramente que este tipo de vehículo no debe utilizarse en las carreteras ni en las aceras", puntualizó el cuerpo policial, a través de un comunicado de prensa divulgado este jueves.
Según la Policía de Tránsito, es un riesgo para los otros conductores el tener que esquivar a estas personas que, a veces, ni siquiera circulan en el sentido correcto del tránsito. Incluso, existen riesgos de atropellos en perjuicio de peatones.
"Usar estos aparatos en las aceras representa también un peligro para los peatones, dentro de los que se cuentan adultos mayores, niños o mujeres embarazadas", añadió la institución.
Las autoridades advirtieron en diferentes sitios del país hay espacios para practicar el uso de patines y patinetas. También, se puede recurrir a esos parques y lugares públicos y siempre con la protección debida, que incluya al menos casco, y si pueden agregar rodilleras y coderas.
Decomiso y devolución
Cuando estos artículos son decomisados por la Policía de Tránsito, se debe pagar la multa para poder retirarlos. Si el propietario tiene menos de 15 años, debe acompañarse por su responsable legal, como su mamá o su papá, para el trámite de reclamo del bien.
También, se les recuerda que toda persona mayor de 13 años debe tener una identificación, sea su Tarjeta de Identificación de Menores (TIM) o la cédula de identidad, a partir de los 18 años.