Atención: Así rige la restricción a partir de este lunes
(CRHoy.com) Desde hoy lunes 10 de agosto y hasta el próximo 21 de agosto entra a regir una nueva restricción, con el fin de evitar que las personas se desplacen y que el número de contagios por COVID-19 siga creciendo, en medio de las celebraciones por el Día de la Madre.
Las autoridades anunciaron que ahora se unifica el horario de la restricción vehicular en todo el país (cantones en alerta amarilla y alerta naranja) de lunes a viernes de 5:00 am a las 9:00 p.m, sábado y domingo de las 5:00 a.m a las 7:00 p.m. Se mantiene el último dígito de placa como factor para circular:
Cantones bajo alerta naranja, SÍ circulan:
- Lunes: solo placas terminadas en 1 y 2.
- Martes: solo placas terminadas en 3 y 4.
- Miércoles: solo placas terminadas en 5 y 6.
- Jueves: solo placas terminadas en 7 y 8.
- Viernes: solo placas terminadas en 9 y 0.
Cantones bajo alerta amarilla, así circulan:
- Lunes: no circulan placas terminadas en 1 y 2.
- Martes: no circulan 3 y 4.
- Miércoles: no circulan 5 y 6.
- Jueves: no circulan 7 y 8.
- Viernes no circulan 9 y 0.
Los fines de semana funcionarán de esta forma:
Los sábados SOLO circulan placas terminadas en número impar, los domingos SOLO circulan placas concluidas en número pares. En horario de 5:00 a.m. a 7:00 p.m.
Quienes necesiten trasladarse por ingreso, salida o necesidad de desplazamiento durante el horario laboral deben presentar una carta de respaldo de la empresa, que así lo indique. Recuerde que la misma debe tener la fecha actualizada, desde el 1 de agosto.
- Los vehículos de transporte de mercancía o carga, o de transporte público como taxis.
- Vehículos que presten el servicio y abastecimiento de combustibles o de recolección de basura.
- Los vehículos de las empresas constructoras, para el ejercicio de sus labores respectivas, siempre y cuando estén entregando materiales o vayan de regreso después de una entrega.
- Vehículos oficiales, vehículos de atención de emergencia y vehículos de los diferentes cuerpos policiales.
- Los vehículos conducidos o que transporten personas con discapacidad, cuando estén autorizados para ello.
Cada uno de los conductores multados deberá cumplir con una sanción económica de 110 mil colones, enfrentar el retiro de las placas del automotor y acumular 6 puntos en la licencia de conducir, con lo cual tendrán que cumplir un curso de sensibilidad para conductores.