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Atención patronos: Estas son las nuevas obligaciones que impone la Ley de Lactancia Materna

Por Rebeca Ballestero | 25 de Mar. 2026 | 3:02 am

Atención patronos: Estas son las nuevas obligaciones laborales que impone la Ley de Lactancia Materna

La reciente aprobación de la Ley para Proteger, Promover y Apoyar la Lactancia Materna trae consigo una serie de reformas al Código de Trabajo que impactarán directamente la dinámica de las empresas. La iniciativa impone a los empleadores nuevos mandatos en cuanto a tiempos remunerados, infraestructura y manejo de licencias.

Si usted es empleador, estos son los cambios normativos que deberá acatar en su centro de trabajo:

Tiempos de alimentación ampliados y flexibles

Toda mamá seguirá teniendo derecho a una hora pagada dentro de su horario normal para alimentar a su bebé, pero la nueva ley aclara que esta hora se cuenta por cada hijo. Por ejemplo, si son gemelos, el tiempo aumenta al doble.

La trabajadora deberá comunicar a la parte patronal la modalidad que elegirá para disfrutar de este tiempo, teniendo tres opciones:

  • 15 minutos cada dos horas.
  • Media hora dos veces al día.
  • Entrar una hora más tarde o salir una hora más temprano de su sitio de trabajo.

Adicionalmente, si la empresa requiere que la trabajadora labore en jornadas extraordinarias, el patrono está obligado a otorgarle un periodo adicional de 15 minutos cada tres horas.

Tiempo extra y pagado para sacarse la leche

Este es uno de los cambios más grandes. Aparte del tiempo para alimentar al bebé, los jefes tendrán que darle a la mamá al menos 25 minutos cada 3 horas de trabajo exclusivamente para que se saque la leche. De acuerdo con la ley, este tiempo no se puede rebajar del salario; se paga como si estuviera trabajando normalmente.

Un detalle muy humano que incluye la ley es que, si lamentablemente una mamá pierde a su bebé, el trabajo igual deberá darle tiempo para sacarse la leche de forma temporal, para que su cuerpo deje de producirla poco a poco sin que le cause problemas de salud.

Un cuarto especial, limpio y privado

Cualquier empresa o patrono que tenga trabajadoras en periodo de lactancia está obligado a crear una sala o espacio especial en el lugar de trabajo.

Este espacio sirve para que la madre pueda darle de mamar a su bebé de forma segura, o bien, para que pueda sacarse la leche y guardarla ahí mismo.

Para cumplir con la ley, este lugar debe tener las siguientes características clave:

  • Debe ser privado y limpio: Se debe garantizar la privacidad e higiene de la trabajadora.
  • Debe servir para guardar la leche: Tiene que contar con un espacio adecuado donde la madre pueda almacenar la leche que se extrajo.
  • Debe tener aprobación técnica: No se puede improvisar usando cualquier lugar. El espacio acondicionado tiene que recibir el "visto bueno" de la oficina de seguridad e higiene del trabajo

Protección en el trabajo por mucho más tiempo

Anteriormente, la ley protegía a las mamás durante el primer año de vida del bebé. Con esta ley, esa protección no tendrá una fecha de vencimiento fija.

Si el bebé cumple un año y la mamá quiere seguir amamantando, solo tendrá que llevar una nota del doctor cada tres meses para que el beneficio se mantenga todo el tiempo que sea necesario.

Además, si una mujer adopta a un bebé, también tendrá derecho a un tiempo especial para intentar producir leche y amamantarlo.

Según la última encuesta contínua de empleo elaborada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), existe una población ocupada de de 846.115 mujeres.

 

 

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