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Atraer rentistas y pensionados: ¿en qué consiste el plan?

Iniciativa pretende crear incentivos y contribuir con la recuperación económica

Por Alexánder Ramírez | 17 de Feb. 2021 | 12:03 am

La Comisión de Asuntos Hacendarios del Congreso concluyó el análisis de las últimas mociones. (Archivo/CRH).

(CRHoy.com) -Un proyecto de ley que busca fomentar la atracción de rentistas, inversionistas y pensionados a Costa Rica entró en su etapa final en el Congreso.

Los diputados de la Comisión de Asuntos Hacendarios concluyeron este martes el análisis de las últimas mociones de fondo planteadas a la iniciativa que se tramita bajo el expediente 22.156.

Cumplida esta etapa, el proyecto regresará al orden del día del Plenario Legislativo para su discusión y votación final.

El proyecto -al cual se le afinan los últimos detalles- fue propuesto por las diputadas Silvia Hernández, del Partido Liberación Nacional (PLN), María Inés Solís, del Partido Unidad Social Cristiana (PUSC), y Mileidy Alvarado, del Partido Restauración Nacional (PRN).

Su objetivo es crear un esquema de incentivos para atraer rentistas, inversionistas y pensionados por un plazo de hasta 5 años, y con ello contribuir a la reactivación económica del país a causa de la pandemia del COVID-19.

¿A quiénes aplicará?

La Dirección General de Migración y Extranjería deberá tener una ventanilla de atención especializada. (Archivo/CRH).

Según la última versión del texto, la iniciativa aplicará a todas las personas a las que se les autorice el ingreso a Costa Rica bajo las categorías migratorias de inversionistas, residentes pensionados o residentes rentistas.

Para la categoría de inversionistas, por un plazo de hasta 5 años, se establece un nuevo rango de inversión, con un capital no inferior a $150.000.00, según el tipo de cambio oficial de venta que determine el Banco Central de Costa Rica (BCCR), ya sea en bienes inmuebles, bienes inscribibles, acciones, valores y proyectos productivos o proyectos de interés nacional.

También se considerarán inversionistas beneficiarios a quienes inviertan en fondos de capital de riesgo o en proyectos de infraestructura turística sostenible.

De acuerdo con el proyecto de ley, la Dirección General de Migración y Extranjería tendrá una ventanilla de atención especializada para los interesados.

"Para mantener los beneficios que una persona adquiera en apego a lo dispuesto en esta ley, no resulta obligatoria la demostración de permanencia de un mínimo de días en el país", indica el texto.

¿Cuáles son los incentivos?

Los beneficiarios gozarán de exención de impuestos. (Archivo/CRH).

Los incentivos que se proponen para atraer a los inversionistas, rentistas y pensionados son los siguientes:

  • Franquicia arancelaria y de todos los impuestos de importación presentes, por una sola vez, para la importación del menaje de su casa. En las solicitudes podrán amparar a sus dependientes para los efectos migratorios. Si el beneficiario traspasa sus bienes en el plazo de vigencia de la ley, deberá cancelar los impuestos de los cuáles fue eximido.
  • Los beneficiarios podrán importar un vehículo automotor para uso personal o familiar libre de todos los impuestos de importación, arancelarios, de ventas y estabilización económica, el cual podrá ser vendido o traspasado a terceras personas exonerado de dichos impuestos después de transcurrido el plazo de vigencia de la ley.  En caso de pérdida del vehículo, por robo o destrucción total por fuego, colisión o accidente, ocurrida en el período de vigencia de la ley, los beneficiarios podrán adquirir otro vehículo libre de los impuestos señalados.
  • Las sumas declaradas como ingreso para hacerse acreedor a los beneficios de la ley estarán exentas del Impuesto sobre la Renta. No obstante, las rentas obtenidas en el territorio nacional, resultantes de las inversiones realizadas en el país, estarán gravadas por el Impuesto sobre la Renta.
  • Exoneración de un 20% del total del impuesto de traspaso sobre aquellos bienes inmuebles que adquieran en el plazo de vigencia de la ley, siempre y cuando el beneficiario sea el titular registral del bien. Si el beneficiario traspasa los bienes en el plazo de vigencia de la ley, deberá cancelar los impuestos de los cuáles fue eximido.
  • Exoneración de impuestos de internamiento para instrumentos o materiales para el ejercicio profesional o científico.
  • Si el beneficiario renuncia a su condición de inversionista, residente pensionado o residente rentista o si se le cancela su estatus migratorio, en el plazo de vigencia de la ley, deberá cancelar los impuestos de los cuales fue eximido.

¿Qué sigue?

La iniciativa de ley tiene buen ambiente en el Plenario Legislativo. (Archivo/CRH).

La diputada Hernández explicó que, después de haber sido votadas las últimas mociones al texto, el proyecto, que ya fue dictaminado afirmativamente por la Comisión de Asuntos Hacendarios, regresará pronto al Plenario.

"Este proyecto se podría estar votando en primer debate mañana (miércoles) o el jueves", dijo.

"Costa Rica presenta todas las condiciones para atraer rentistas, inversionistas y pensionados con capital sano. Ese es el objetivo del expediente que presentamos y que pronto será votado en primer debate, brindando un marco legal para potenciar este objetivo tan necesario como mecanismo post pandemia", sostuvo la liberacionista.

La iniciativa de ley cuenta con buen ambiente en la Asamblea Legislativa para ser aprobada.

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