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CCSS alerta: Prohibición de vuelos nocturnos complica atención de pacientes

Por Ambar Segura | 12 de Ene. 2026 | 1:12 am

La prohibición de vuelos nocturnos en los aeródromos del país, vigente desde octubre del año anterior, está afectando la atención oportuna de pacientes que requieren traslados aéreos de emergencia por parte de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).

La medida fue establecida por la Dirección General de Aviación Civil (DGAC) y aplica para todos los aeródromos del país, incluyendo los vuelos ambulancia que realiza la institución.

Según explicó el Centro de Atención de Emergencias y Desastres (CAED) de la CCSS, esta restricción impacta directamente la oportunidad de atención de los pacientes que necesitan ser trasladados desde centros médicos con menor complejidad hacia hospitales de mayor capacidad resolutiva.

Además, la prohibición compromete la capacidad de respuesta ante emergencias médicas que requieran evacuación aérea durante la noche.

Sobre las posibles consecuencias clínicas para pacientes críticos que requieran evacuación aérea fuera del horario permitido, el CAED indicó que el principal riesgo es el aumento en los tiempos de traslado. Esto puede derivar en complicaciones médicas, tanto por la prolongación del tiempo que tarda el paciente en llegar al centro especializado como por los riesgos asociados a traslados de mayor duración.

Respecto a las alternativas que ha definido la CCSS mientras se mantiene la prohibición de vuelos nocturnos, la Dirección de Servicios Institucionales (DSI) señaló que se garantiza la disponibilidad de vehículos para el traslado terrestre de los pacientes que requieren ser movilizados desde centros de menor a mayor complejidad durante la noche.

La institución reconoce que esta situación representa un reto adicional para la atención de emergencias, especialmente en casos donde el traslado aéreo es determinante para reducir tiempos y mejorar el pronóstico de los pacientes.

Alternativa

Ante las limitaciones generadas por la prohibición de vuelos nocturnos, la CCSS mencionó como alternativa que cada solicitud de traslado aéreo sea validada con el Servicio de Vigilancia Aérea.

A dicho Servicio no le aplica la restricción impuesta por la Dirección General de Aviación Civil, debido a las competencias que tiene asignadas. Esto lo convierte en una opción potencial para atender este tipo de emergencias cuando se requiere un traslado aéreo fuera del horario permitido.

Sin embargo, esta alternativa presenta una limitación importante, ya que actualmente el Servicio de Vigilancia Aérea no cuenta con aeronaves en operación que le permitan responder a esta necesidad. Esta situación impide que, en la práctica, se pueda garantizar la cobertura de traslados aeromédicos nocturnos mediante esta vía.

Afectación a los pacientes

La CCSS informó que, desde el mes de setiembre de 2025 a la fecha, se han gestionado seis incidentes relacionados con la coordinación de vuelos nocturnos para el traslado de pacientes, los cuales no pudieron concretarse.

Los incidentes fueron solicitados por el Hospital Enrique Baltodano Briceño en cuatro ocasiones, los días 7, 10 y 28 de setiembre, así como el 18 de octubre de 2025. Además, se registraron dos solicitudes el 26 de noviembre de 2025, una por parte del Hospital de San Vito y otra del Hospital Ciudad Neilly. Los ingresos de estos incidentes se realizaron en horarios vespertinos y nocturnos.

Según detalló la institución, ante la imposibilidad de la Subárea de concretar la coordinación del traslado aéreo mediante el contrato en ejecución, se procede a comunicar la situación al médico tratante para que se valoren alternativas de traslado para el paciente.

La CCSS enfatizó que la imposibilidad de operar vuelos ambulancia en horario nocturno responde a una disposición del ente regulador a nivel nacional, es decir, la Dirección General de Aviación Civil (DGAC), y no a una decisión interna de la institución.

La prohibición

La Dirección General de Aviación Civil (DGAC) prohibió la operación de vuelos nocturnos en todos los aeródromos del país, con excepción de los aeropuertos internacionales Daniel Oduber, en Liberia, y Juan Santamaría. La decisión rige desde inicios de octubre, cuando se emitió una circular que establece esta restricción a nivel nacional.

De acuerdo con el documento, únicamente los vuelos del Servicio de Vigilancia Aérea quedan exentos de la prohibición. El resto de las operaciones aéreas deben realizarse únicamente entre la salida y la puesta del sol, según las horas oficiales publicadas, lo que impide cualquier despegue en horario nocturno.

La medida ha generado críticas y oposición desde el sector aeronáutico, principalmente por los riesgos asociados a la atención de pacientes. Uno de los cuestionamientos proviene de Ricardo Hernández, paramédico y director de Operaciones de la empresa SAAT, dedicada a los traslados en aeronaves ambulancia.

Hernández calificó la suspensión como contradictoria, ya que se restringe la operación nocturna en pistas donde la propia DGAC ha instalado sistemas de iluminación, como en Coto 47 y Palmar Sur.

Además, señaló que el aeropuerto Tobías Bolaños, en Pavas, donde se concentra la mayoría de las empresas de ambulancias aéreas, también está sujeto a la suspensión.

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