CCSS debe pagar a pensionado incapacidad tras sufrir accidente de tránsito
(CRHoy.com).- La Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) deberá pagar a un pensionado, que sigue siendo un trabajador activo, una incapacidad por un accidente de tránsito, según lo ordenó la Sala Constitucional.
Un hombre de apellido Arias Cruz interpuso un recurso ya que dicha institución le había negado el pago, por considerar que no procedía, de una incapacidad luego de haber tenido un accidente de tránsito contra un camión, el cual invadió su carril y se dio a la fuga.
Ese accidente le provocó que se les desmontara su rodilla izquierda, sufrió una ruptura de ligamentos y meniscos por lo que estuvo incapacitado del 27 de enero hasta el 15 de marzo del 2020.
"Indica que cuando se apersonó a la Caja el funcionario le dijo que no puede cobrar las incapacidades porque es pensionado por el régimen de vejez, aunque esté en planilla y cotizando, ya que en su actual trabajo le rebajan el seguro. Manifiesta que al preguntar al funcionario sobre la situación se le indicó que pagar esas incapacidades era como si le estuviera robando a la Caja Costarricense de Seguro Social. Reclama que el no pago de estas incapacidades le está afectando su vida económica ya que tiene gastos que cubrir. Estima que esta actuación resulta violatoria de sus derechos fundamentales", indicó Arias Cruz en su recurso.
La Sala declaró con lugar el reclamo y le ordenó a la CCSS el pago de la incapacidad, citando diferentes sentencias donde se ha reconocido este beneficio a los ciudadanos que, en las mismas situaciones, lo han solicitado.
"Esta Sala ha sostenido que la obligación de cotizar a un régimen lleva correlacionado el derecho a recibir los beneficios de dicho régimen. De tal manera, el hecho de que no se le hubiere pagado el subsidio de una incapacidad por enfermedad, como se ha probado en este caso, a pesar de que cotiza para el seguro de salud, constituye una violación a sus derechos fundamentales y por ello, se declara con lugar el recurso, debiéndose cancelar al recurrente los montos adeudados por concepto de subsidio por incapacidad", señalaron.
La orden de cancelación de los montos fue dirigida a la Sucursal de Guadalupe de la CCSS.