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CCSS reitera: patronos y trabajadores morosos pueden hacer acuerdos de pago

Estas condiciones aplican hasta junio de este año

Por Jéssica Quesada | 27 de Mar. 2020 | 3:00 pm

(Imagen con fines ilustrativos.)

(CRHoy.com) Los patronos y trabajadores independientes que estén morosos con la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) pueden hacer acuerdos de pago.

Quienes ya tengan procesos administrativos abiertos, también pueden suscribir convenios, readecuaciones y arreglos de pago con diferentes tipos de garantías.

José Eduardo Rojas López, director de Cobros, explicó que una vez que el patrono o trabajador independiente suscribe alguno de estos acuerdos adquiere la condición de “al día”, por lo que puede ser sujeto de esta medida que adoptó el Gobierno de la República ante el impacto del COVID-19 en Costa Rica.

Estas medidas tienen como fin que aquellos patronos o trabajadores que se atrasen en el pago de sus contribuciones durante los meses de febrero a junio de 2020, puedan normalizar su situación ante la CCSS.

Rojas explicó que si un deudor tiene un convenio de pago vigente y se atrasa o no puede seguir pagando el convenio de pago a partir del mes de febrero del 2020, la institución le ofrece la oportunidad de readecuar el 100% de la deuda, por un plazo de 48 meses. En caso de que existan atrasos en nuevas planilla o cuotas ordinarias de trabajador independiente, el pago inicial se reduce; en patronos, sólo a cancelar los aportes de la Ley de Protección al Trabajador y en trabajadores independientes, se pagaría sólo el 5 % de las cuotas atrasadas.

Los morosos antes de febrero de 2020, pueden acceder a estos acuerdos:

  • Convenios de pago con cuota nivelada a un plazo máximo de 60 meses.
  • Convenios con pago único de intereses durante los primeros dos años y luego cuota nivelada por un plazo de dos años.
  • Readecuación de convenios de pago a un plazo máximo de cuatro años.
  • Arreglos de pago con garantía fiduciaria y otras garantías a un plazo máximo de ochos años.
  • Arreglos de pago con garantía hipotecaria en primer grado o con garantías de cumplimiento a un plazo máximo de 15 años.

Los interesados en llegar a estos acuerdos pueden escribir al correo cobros@ccss.sa.cr o llamar al número 2539-0000, extensiones 7430, 7341 y 7344.

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