Chofer condenado por manejar borracho pide que no lo declaren culpable también de chocar
Si solo tiene unos minutos lea estas líneas
- Un conductor condenado por lesiones culposas tras un accidente en la ruta 27 alega que no puede ser juzgado dos veces por los mismos hechos, tras haber cerrado previamente un proceso por conducción temeraria.
- El Tribunal de Apelación rechazó ese argumento al considerar que se juzgaron aspectos distintos: primero el riesgo de conducir ebrio y luego las lesiones causadas, aunque anuló la indemnización civil por falta de fundamentación.
- La Sala de Casación Penal admitió el recurso y analizará si hubo doble juzgamiento, en un caso que podría sentar precedente sobre el alcance del principio non bis in idem en Costa Rica.
Un accidente de tránsito ocurrido en diciembre de 2021 sobre ruta 27, en San José, se convirtió en un caso judicial complejo que ahora está en manos de la Sala de Casación Penal. Un chofer que fue condenado por conducir borracho pide que no lo declaren culpable de haber chocado y lastimado a una mujer.
El conductor y su defensa alegan que no puede ser juzgado dos veces por los mismos hechos ya que la colisión sucedió en el mismo momento cuando iba manejando bajo los efectos del alcohol.
El proceso ya pasó por juicio y apelación, con una condena por lesiones culposas. Además, el caso presenta otro elemento relevante: se anuló la indemnización civil por falta de fundamentación. Esto quiere decir que la afectada no recibió alguna compensación económica.
Un mismo accidente, dos causas penales
Los hechos se remontan al 28 de diciembre de 2021, cuando el imputado conducía un vehículo por la ruta 27, en el sector de Mata Redonda.
Durante el juicio se comprobó lo siguiente:
- El conductor manejaba bajo los efectos del alcohol, con niveles superiores a los permitidos por ley
- No respetó la distancia entre vehículos
- Impactó por detrás a otro automóvil que estaba detenido en un semáforo
- En ese vehículo viajaba la víctima, junto a familiares
Como consecuencia del choque, la conductora afectada sufrió:
- Lesiones que la incapacitaron por aproximadamente un mes
- Una afectación permanente del 2% en su capacidad general
A partir de esa situación, se abrieron dos procesos penales distintos contra el conductor.
Primer proceso: conducción temeraria
En una primera causa penal, el Ministerio Público acusó al conductor por el delito de conducción temeraria, centrado en el riesgo generado al manejar bajo los efectos del alcohol.
Durante ese proceso:
- Se realizó una audiencia preliminar
- Se aprobó un acuerdo entre las partes
- El conductor cumplió las condiciones impuestas
Como resultado, el tribunal dictó un sobreseimiento definitivo, lo que implica que el caso quedó cerrado y concluido.
Segundo proceso: lesiones culposas
Al mismo tiempo se tramitó una segunda causa, esta vez por el delito de lesiones culposas, enfocada en las consecuencias del accidente.
En este caso, el Tribunal Penal del Tercer Circuito Judicial de San José (sede Pavas) dictó sentencia en octubre de 2024, en la que:
- Declaró al conductor responsable
- Le impuso 4 meses de prisión
- Ordenó que no pudiese conducir por 6 meses
Además, condenó al pago de una indemnización a favor de la víctima:
- ₡5 millones por daño moral y físico
- ₡2,1 millones por daño material
Defensa alega doble juzgamiento
Los abogados del chofer apelaron la sentencia con un argumento central: que el acusado ya había sido juzgado por los mismos hechos en el anterior juicio.
Según el defensor:
- Ambos casos se basan en el mismo accidente
- Existe identidad de personas, hechos y circunstancias
- El primer proceso terminó con una resolución firme
Se trata del principio de "non bis in idem" y según ellos, en el segundo juicio está violando.
"En materia penal, locución que se refiere a la improcedencia de aplicar dos sanciones por un mismo hecho, o acusar y perseguir por segunda vez por una misma infracción", explicar el diccionario del Poder Judicial.
Con lo cual, la defensa pidió la absolución del imputado, la anulación de la condena penal y la eliminación de la responsabilidad civil.
Tribunal de Apelación rechaza el reclamo
El Tribunal de Apelación de Sentencia Penal analizó el caso y rechazó el argumento de la defensa, aunque reconoció que:
- El imputado es el mismo en ambos procesos
- El accidente es el mismo
Sin embargo, concluyó que no se cumplía un requisito fundamental del non bis in idem: la identidad de la pretensión punitiva. En términos simples si se está intentando castigar lo mismo, por la misma razón y con el mismo alcance penal.
La clave del fallo: qué se juzgó en cada proceso
El tribunal explicó que, aunque el hecho histórico es el mismo, cada proceso penal abordó aspectos distintos:
- En el primer caso (conducción temeraria), se juzgó el riesgo creado al conducir bajo alcohol
- En el segundo caso (lesiones culposas), se analizó el resultado dañoso: las lesiones a la víctima
Según el criterio del tribunal, el primer proceso no valoró ni resolvió el daño físico causado, por lo que ese aspecto podía ser juzgado posteriormente.
Es por eso que determinaron que no hubo un doble juzgamiento y se confirmó la condena penal.
Indemnización anulada por falta de fundamentación
No obstante, el Tribunal de Apelación sí encontró errores en la sentencia original en cuanto a la indemnización civil. En particular, señaló que:
- No se explicaron adecuadamente las pruebas utilizadas
- No se detalló el razonamiento para fijar los montos
- Existían contradicciones sobre el pago de costas
Por ejemplo, aunque se mencionaron daños emocionales y materiales, la sentencia no desarrolló de forma clara cómo se cuantificaron.
Ante esto, el tribunal resolvió que se debía anular la condena civil, ordenar que el caso regrese al tribunal de origen y disponer que otros jueces vuelvan a analizar esa parte.
El caso llega a casación
La defensa, al no estar satisfecha con la decisión del tribunal, llevó el caso a la Sala de Casación Penal, insistiendo en que sí hubo doble juzgamiento. El argumento central es que el Tribunal de Apelación interpretó de forma incorrecta el requisito de la "pretensión punitiva".
El defensor sostiene que:
- Lo relevante es la identidad del hecho, no su calificación jurídica
- El accidente es uno solo y no se puede dividir
- No se puede dividir artificialmente en varios procesos
A su criterio, permitir un segundo juicio con base en un nuevo delito es una violación del principio de no ser juzgado 2 veces.
Precedente en discusión
La defensa citó un fallo previo de la Sala de Casación Penal, en el que se resolvió un caso similar. En esa resolución se anuló una condena por lesiones culposas porque ya existía un sobreseimiento por conducción temeraria, derivado de un mismo incidente.
En ese precedente, la Sala concluyó que:
- Eran los mismos hechos
- No podía dividirse el incidente para permitir múltiples denuncias o juicios
Sala admite el recurso
La Sala de Casación Penal no resolvió el fondo del caso, pero sí admitió el recurso para su análisis. Esto implica que:
- Considera que el planteamiento tiene fundamento jurídico suficiente
- Reconoce que podría existir una contradicción en la jurisprudencia
- Evaluará si el Tribunal de Apelación aplicó correctamente el principio non bis in idem
Un caso con impacto jurídico
Más allá del caso concreto, la resolución que adopte la Sala podría tener implicaciones importantes en la jurisprudencia penal costarricense.
En particular, sobre cómo se interpreta el alcance del principio del doble juzgamiento en situaciones donde:
- Un mismo hecho genera distintas consecuencias jurídicas
- Se tramitan procesos separados por delitos relacionados
