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Comisión legislativa avala plan para prohibir juegos de pólvora

Proyecto fue dictaminado afirmativamente

Por Carlos Mora | 10 de Sep. 2024 | 9:47 am

Los diputados de la Comisión de Ambiente de la Asamblea Legislativa dictaminaron de manera afirmativa un proyecto de ley  que pretende que sea prohibido en el país, la importación venta y uso de juegos de pólvora sonoros.

Se trata del expediente 23.572, "Ley para regular el uso de artículos de pirotecnia", propuesto por la bancada oficialista. Tras este dictamen ahora el plan pasará a discusión en el plenario.

El diputado oficialista y proponte del proyecto,  Alexander Barrantes, dijo que el proyecto busca resguardar la integridad, bienestar y seguridad de las personas, especialmente de quienes tienen diagnóstico de trastorno del espectro autista (TEA) y también de los animales que sufren con los juegos de pólvora.

El artículo 4 del proyecto señala que: "únicamente se permitirá en el país el uso de pólvora no ruidosa por parte de las empresas dedicadas a los espectáculos pirotécnicos".

En el siguiente artículo se indica: Queda prohibido en el territorio nacional la adquisición, posesión, portación, venta, importación, exportación, fabricación, almacenaje y el uso de pólvora, pólvora menuda lucería, pólvora menuda explosiva aérea, pólvora no ruidosa, productos pirotécnicos, explosivos, explosivos bajos y altos por parte de la ciudadanía.

Es decir, solo se permitirá la utilización de "pólvora no ruidosa", que son productos pirotécnicos de luz y color, que deja a un lado el sonido

La iniciativa además establece una serie de sanciones para quienes no acaten la normativa. Por ejemplo, se impondrá una multa de dos salarios base y hasta 10 salarios base (es decir, ¢924.400 y hasta ¢4,6 millones) a quien detone artículos pirotécnicos sonoros mayores a 86 decibeles.

Ese nivel de ruido (86 decibeles) ya se considera muy elevado y peligroso. A partir de los 75 decibelios el ruido comienza a causar daños.

El paso de un tren, maquinaria de fábrica, las sirenas de los bomberos, una manifestación ruidosa, son ejemplos de ese nivel de ruido.

Se impondrá una multa de entre ¢150 mil y ¢ 400 mil a quien detone artículos pirotécnicos sonoros menores a 86 decibeles.

Se impondrá una multa de ¢50 mil a ¢100 mil a quien utilice artículos pirotécnicos no ruidosos.

Por último, el proyecto establece un plazo máximo de 6 meses, contados a partir de la entrada en vigencia de la ley, para  que todas las personas que posean pólvora y artículos pirotécnicos no permitidos en esta ley, para entregarlas al Estado sin importar el origen o la procedencia.

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