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Congreso aprueba severas penas por robo de combustibles

Iniciativa también incluye sanciones por daños al poliducto

Por Alexánder Ramírez | 21 de May. 2020 | 2:52 pm

Los daños al poliducto se castigarán hasta con 4 años de prisión. (CRH/Archivo).

(CRHoy.com) -Quienes roben combustibles o dañen el poliducto serán castigados con nuevas sanciones y  penas de cárcel.

Con 45 votos a favor, el Congreso aprobó en primer debate este jueves un proyecto de ley impulsado por el diputado Víctor Morales Mora, del Partido Acción Ciudadana (PAC).

Según el texto aprobado, las sanciones y penas establecidas serán las siguientes:

  • Daños al Sistema Nacional de Combustibles: 6 meses a 4 años de prisión. Si como consecuencia del daño ocurre un derrame de combustibles, la pena será de 4 a 6 años de prisión.
  • Robo de combustibles: 5 a 15 años de cárcel a quien, mediante el uso de la fuerza o violencia sobre las personas, se apodere ilegalmente de combustibles.
  • Transporte y distribución ilegal de combustibles: 1 a 4 años de prisión.
  • Introducción ilegal de combustibles: 3 a 5 años de cárcel a quien introduzca al país, por cualquier vía, combustibles de países extranjeros de forma ilegal.
  • Apoderamiento, alteración o manipulación ilegítima de marcadores de combustibles: 1 a 3 años de prisión.
  • Apoderamiento, alteración o manipulación ilegítima de sistemas e instrumentos de control: 3 a 8 años de prisión.
  • Almacenamiento de combustibles: 1 a 5 años de prisión a quien, conociendo el origen y sin haber tomado parte en la ejecución de las conductas punibles sancionadas en esta ley, reciba, almacene, oculte o tenga en su poder combustibles o sistemas de identificación legalmente autorizados, cuando tales bienes provengan de la ejecución de alguno de esos delitos.
  • Favorecimiento ilegal de combustibles: 2 a 5 años de cárcel a quien, conociendo el origen ilícito de procedencia, destine, autorice, tolere o facilite bienes muebles o inmuebles para la sustracción, apoderamiento, adquisición, almacenamiento, transporte, conservación, tenencia, venta, ofrecimiento, suministro o comercialización a cualquier título de combustibles o sistemas e instrumentos de control.
  • Disposición ilegal de combustibles destinados a la pesca: 3 a 5 años de prisión a quien, con conocimiento de su procedencia ilícita, compre, venda, distribuya o comercialice mediante cualquier título combustibles exonerados para el uso del sector pesquero no deportivo a cualquier persona física o jurídica que no esté beneficiado legalmente por esa exoneración. La pena se aumentará en un tercio cuando la venta, suministro o comercialización sea para narcotráfico o piratería.

Todas las penas se elevarán en un tercio cuando ocurra alguna de las siguientes circunstancias a causa de esos delitos:

  • Peligre la salud o vida de las personas.
  • Daño ambiental.
  • Cuando una persona intervenga en calidad de funcionario público y con abuso de su cargo. Los servidores públicos involucrados en los delitos serán, además, inhabilitados de 1 a 5 años.
  • Cuando el autor participe en un grupo calificado como delincuencia organizada.

El diputado Gustavo Viales, del Partido Liberación Nacional (PLN), explicó que el texto fue trabajado conjuntamente por las comisiones de Ambiente y Seguridad y Narcotráfico del Congreso.

"Tiene como propósito ampliar algunas medidas y sanciones que tengan que ver con la introducción de combustibles y sus derivados, el robo de combustibles, el transporte y la distribución ilegal", dijo.

El proyecto de ley será discutido y votado en segundo debate el próximo martes.

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