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Congreso le da vía rápida a proyecto para rebajar salario a huelguistas

Se aprobó moción 208 bis que permite agilización en el Congreso.

Por Paula Ruiz | 17 de Dic. 2018 | 6:12 pm

El proyecto surgió tras lo sucedido con la huelga iniciada el 10 de setiembre anterior en el marco de la oposición a la reforma fiscal. (CRH)

Los diputados acordaron tramitar más rápidamente el proyecto que busca hacerle cambios a la reforma procesal laboral en materia de huelgas, tras aprobar una moción en Plenario que lo avala así.

La moción fue puesta a votación la tarde de este lunes, donde se especifica que se creará una comisión especial para estudiar el derecho a huelga, pero a la vez, dar garantía de atención a la ciudadanía en servicios esenciales.

La vía rápida contó con el respaldo de 47 legisladores y 5 se opusieron, en específico: José María Villalta del Frente Amplio, los integrantes del PIN Wálter Muñoz y Patricia Villegas, la socialcristiana Shirley Díaz y Dragos Dolanescu del Partido Republicano Social Cristiano (PRSC).

Este foro parlamentario tendrá un plazo de 4 meses calendario para realizar el informe final, el cual comienza a regir a partir de mañana. Terminado ese plazo, de haber mociones de fondo, orden o revisión pendientes, la Presidencia destinará las sesiones subsiguientes necesarias para el conocimiento de las mociones pendientes.

"Durante estas sesiones, las mociones se someterán a votación sin discusión alguna. Las mociones de revisión y cualquier otra moción de orden que deba conocerse durante esta prórroga, se deberán someter a votación sin discusión alguna. Durante esta prórroga no se podrán presentar más mociones de fondo", indica la moción 208 bis aprobada.

La Comisión sesionará 2 veces por semana, pero a la vez, los legisladores deben estar anuentes a las sesiones extraordinarias que puedan ser convocadas por el presidente del foro legislativo.

Lo que dice el proyecto 

Carlos Ricardo Benavides, jefe de fracción del PLN., impulsa la iniciativa.

La iniciativa impulsada por Carlos Ricardo Benavides, jefe de fracción del Partido Liberación Nacional (PLN) busca que, cuando una huelga se declare ilegal, la rebaja salarial de los funcionarios participantes sea de forma retroactiva, o bien, reponer el tiempo no laborado.

Aunque la Constitución Política y el Código de Trabajo hablan sobre los servicios esenciales sin derecho a huelga, esto sucede en la realidad.

Benavides considera que eso se ha permitido, porque la declaratoria de legalidad o no, dura semanas e incluso meses, "mientras tanto, las personas se van a la huelga igual, aunque estén en servicios esenciales".

Con el proyecto se deja estipulado que "la huelga en servicios esenciales es manifiestamente ilegal, por lo que no requiere el trámite de calificación previsto en este Código", dicta la iniciativa.

"En este caso, el patrono solicitará al Juzgado de Trabajo del Primer Circuito Judicial de San José emitir una orden dirigida a los trabajadores para que se reincorporen inmediatamente a sus labores. Con la solicitud se aportará la prueba correspondiente para acreditar la condición de servicio esencial", agrega.

El proyecto también abre las puertas a despidos, cuando después de declarada ilegal, el trabajador no se incorpore 24 horas después de esa resolución.

La iniciativa también pretende otorgar a los Tribunales de trabajo, a petición del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), la potestad de ordenar la disolución de los sindicatos¿En qué casos?

Cuando los jueces comprueben que "organizan o incitan a sus afiliados a impedir la libertad de tránsito de los ciudadanos; a realizar sabotaje sobre bienes públicos o a llevar a cabo cualquier conducta que comporte un ilícito penal".

Otros cambios

A continuación se presentan expresamente varios artículos que se buscan incorporar o modificar en la ley:

– Los estatutos de un sindicato expresarán su domicilio y un medio electrónico para atender notificaciones. Dicha dirección electrónica debe estar debidamente registrada y actualizada ante el Poder Judicial y el Ministerio de Trabajo, para recibir notificaciones de cualquier naturaleza. En caso de incumplimiento de este requisito, las resoluciones que se dicten se tendrán por notificadas de forma automática.

– La calificación de la huelga corresponderá al juzgado del lugar donde se desarrollan los hechos.  Si tuvieran lugar en distintas circunscripciones, el conocimiento corresponderá a cualquiera de los juzgados de esos territorios, a elección del solicitante.  Si se pidiera la calificación en juzgados distintos, las solicitudes se acumularán de oficio o a solicitud de parte, a la que se tramite en el despacho que primero tuvo conocimiento.

-Los jerarcas de las entidades públicas están obligados a solicitar la calificación de la huelga desde el primer día en que se suspendan las labores, caso contrario, incurrirán de forma personal en las distintas responsabilidades que la ley señala.

-Durante la tramitación del proceso no será admisible ninguna apelación. Únicamente la sentencia será recurrible ante el tribunal de apelaciones de trabajo de la respectiva circunscripción territorial, que deberá resolver en el plazo de 5 días.

La Comisión va a estar integrada por 2 legisladores del Partido Liberación Nacional y uno de las siguientes fracciones: Acción Ciudadana, Unidad Social Cristiana, Restauración Nacional, otro de las bancadas con menos de 4 congresistas, así como otro independiente.

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